ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE ASOCIADOS DE LA COOPERATIVA DE TRANSPORTE COMUNITARIO DE YONDO- COOTRANSCOY
eliana1923Síntesis31 de Marzo de 2015
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ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE ASOCIADOS DE LA COOPERATIVA DE TRANSPORTE COMUNITARIO DE YONDO- COOTRANSCOY
ACTA No 005 de 2015
YONDO, ANTIOQUIA, MARZO 7 2015
En el Municipio de Yondó, departamento de Antioquia, siendo las 9:00 a.m. del día 7 marzo de 2015, asistieron 34 socios de los 52 asociados invitados, y se entregaron 2 excusas, en razón a la convocatoria efectuada por el Consejo de Administración, según oficio de fecha … de marzo de 2015, para reunirse a las 8:00 am en la sala de reuniones de Cootranscoy en el mismo municipio.
Habiéndose verificado la lista de asociados hábiles por parte de la Junta de Vigilancia y publicada ésta última en la cartelera de Cootranscoy e informado a los responsables las deudas. La Junta de Vigilancia constató que no existía quorum para dar inicio a la Asamblea por lo cual se procedió a dar espera de 1 hora levantando el acta correspondiente para poder instalar la Asamblea dando cumplimiento a los estatutos. Se retoma la reunión a las 10:00 am dando así instalación a la Asamblea constatando que existe quorum con 34 socios asistentes. Realizado lo anterior se dio lectura al orden del día.
ORDEN DEL DIA
1- Apertura de Asamblea Extraordinaria de asociados.
2- Himno Nacional, Himno de Antioquia, Himno de Yondó, Himno del Cooperativismo.
3- Llamado a lista y verificación de quórum.
4- Instalación de la Asamblea por parte del tesorero del Consejo de Administración.
5- Reforma de estatutos
6- Varios
DESARROLLO DE LA ASAMBLEA
1. APERTURA DE LA ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE ASOCIADOS:
FERNANDO BELEÑO ESCOBAR tesorero del consejo hace la apertura de asamblea de socios, deseando que la asamblea se lleve a cabo en cordialidad y se puedan llegar a tomar las mejores decisiones por los Asambleístas en pro de mejorar el desarrollo de nuestra Cooperativa Cootranscoy.
2. HIMNO NACIONAL, HIMNO DE ANTIOQUIA, HIMNO DEL MUNICIPIO DE YONDO, HIMNO DEL COOPERATIVISMO.
3. LLAMADO A LISTA Y VERIFICACION DEL QUORUM: La Junta de Vigilancia en representación de la Señora ROSAURA GARAVITO LEAL, en cumplimiento de sus funciones verificaron la lista de Asociados hábiles constatando que a las 9:00 de la mañana se contaba en el recinto con 34 socios de los 52 socios, los cuales no constituían el quórum deliberatorio y decisorio para tomar decisiones, lo cual dando cumplimiento a los estatutos, la Junta de Vigilancia levantó un acta y se procedió a dar un receso de una hora para retomar y verificar si después de ésta hora la Asamblea podría deliberar y adoptar decisiones válidas con un número de asociados hábiles que no sea inferior al diez por ciento (10%) del total, ni del cincuenta por ciento (50%) del número requerido para la constitución de una cooperativa, dando cumplimiento al Artículo 88 de los Estatutos.
A las 10:00 am se procede a realizar nuevamente llamado a lista y verificación del quórum por parte de la Junta de Vigilancia y se encuentra que a esta hora se cuentan con 36 socios de los 52 invitados, por lo cual se constata que después del receso, se cumple con más del 50% del número requerido para la constitución de una cooperativa, cumpliéndose lo estipulado en el Artículo 88 de los Estatutos, constituyéndose quórum, por lo tanto se puede dar inicio a la Asamblea, constatando que se cuenta con 34 socios hábiles y cuatro (4) socios inhábiles para participar, para dar inicio a la Asamblea, aclarando que los socios inhábiles aparecen en el listado con deuda pero cuentan a la fecha con acuerdos de pago firmados por la deuda, siendo aprobada su participación por los asambleístas.
Asimismo se recibieron tres (3) poderes Samuel Cifuentes, y Carmelina Monterrosa Torres. Se recibieron tres (2) excusas Luis Alfonso Correa, Mauricio Suarez. ocho (8) socios no asistieron oportunamente ni enviaron excusa por escrito, datos certificados en el listado de asistencia a la asamblea.
4. INSTALACION DE LA ASAMBLEA POR PARTE DEL TESORERO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACION Y NOMBRAMIENTO DEL PRESIDENTE Y SECRETARIA DE LA ASAMBLEA.
El tesorero Fernando Beleño, leyó el orden del día y lo coloca a consideración de los socios para su posterior aprobación, siendo aprobado por votación de los 36 socios asistentes.
De acuerdo con las exposiciones de los socios intervinientes, los 36 asambleístas aprueban por votación el orden del día acordado en la invitación.
Elección de Presidente y secretaria de la Asamblea:
Para Presidente de la asamblea se propone al socio Fernando Beleño, siendo aprobado por votación de 34 socios asistentes.
Como Secretario designaron igualmente por votación de 34 asociados a la señora Eliana Fonseca Cifuentes
5. REFORMA DE ESTATUTOS
Se anexa textualmente los estatutos reformados quedando asi:
ARTICULO 8
PARAGRAFO 2: Actos Cooperativos. Las actividades previstas en el artículo anterior que la Cooperativa realice con sus asociados o con otras Cooperativas en desarrollo de sus objetivos sociales, constituyen actos Cooperativos y en su ejecución se dará aplicación a los principios básicos del Cooperativismo, a los principios y fines de la economía solidaria previstos en la ley así como a sus métodos y procedimientos cooperativos universalmente aceptados. La asamblea, por medio de sus órganos competentes, podrá organizar los establecimientos y dependencias administrativas que sean necesarias de conformidad en las normas legales vigentes y realizar toda clase de actos, contratos, operaciones y negocios jurídicos lícitos que se realicen directamente con el desarrollo de sus actividades y el cumplimiento de sus objetivos.
Los diversos servicios de la cooperativa podrán ser organizados en secciones de acuerdo con las características de cada tipo.
La Cooperativa está integrada por personas con vínculo asociativo establecido en los siguientes principios de la economía solidaria:
1. El ser humano, su trabajo y mecanismo de cooperación tienen primacía sobre
Los medios de producción.
2. Espíritu de solidaridad, cooperación, participación y ayuda mutua.
3. Administración democrática, participativa, autogestionaria y emprendedora.
4. Adhesión voluntaria, responsable y abierta.
5. Propiedad asociativa y solidaria sobre los medios de producción.
6. participación económica de los asociados en justicia y equidad.
7. Formación e información para sus miembros de manera permanente, oportuna
y progresiva.
8. Autonomía, autodeterminación y autogobierno.
9. Servicio a la comunidad.
10. Integración con otras organizaciones del mismo sector y
11. Promoción de la cultura ecológica.
ARTICULO 10. CONVENIOS PARA PRESTACIÓN DE SERVICIOS. PARAGRAFO: Convenios para prestación de servicios: Para la prestación de servicios, la Cooperativa podrá formalizar convenios o contratos específicos con personas naturales y/o jurídicas; tanto públicas como privadas, especialmente con entidades del sector de la Economía Solidaria.
Las actividades que requieran autorización gubernamental se sujetarán a las disposiciones legales previstas.
ARTICULO 16. SON DEBERES DE LOS ASOCIADOS:
r. Informar por escrito ante el Consejo de Administración de la Cooperativa cualquier acto tendiente a llevar a cabo con el vehículo (traspaso, venta, pignoraciones, sociedades, etc) con cualquiera de los vehículos de su propiedad ingresados a Cootranscoy.
ARTICULO 20: MUERTE DEL ASOCIADO se anexa
Los aportes sociales y demás derechos económicos pasarán a sus herederos, quienes se subrogarán en los derechos patrimoniales de aquel, de conformidad con las disposiciones de derecho civil en materia de sucesiones.
Los herederos deberán designar dentro de un término de treinta (30) días calendario, a partir de la fecha de fallecimiento del asociado, la persona que debiera representarlos en la Cooperativa para recibir los dineros mencionados. En caso de existir desacuerdo entre los herederos, la cooperativa se someterá a la decisión judicial en el proceso sucesorio.
Parágrafo Primero. Entrega de los Aportes Sociales. los herederos del asociado fallecido, tendrán derecho a que la Cooperativa les devuelva el valor de sus aportes sociales y demás sumas establecidas, previo descuento de su obligaciones pendientes, en un período no superior a noventa (90) días, contados a partir de la fecha de desvinculación. En caso de iliquidez, la Cooperativa devolverá los aportes sociales en Un periodo no superior a un (1) año contado a partir de la fecha de retiro o pérdida de calidades para ser asociado.
Si la Cooperativa presenta pérdidas en el ejercicio económico inmediatamente anterior, se le descontará, de sus aportes sociales a los herederos, proporcionalmente a la pérdida.
Parágrafo Segundo. En caso de que los herederos deseen continuar con los mismos derechos lo establecerán mediante escrito dentro de un plazo de treinta (30) días hábiles.
ARTICULO 22. Retiro por pérdida de calidades o condiciones para ser asociado.
Faltas desleales:
a. Incurrir en infracciones graves a la disciplina social que puedan desviar los fines de la cooperativa y en general a
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