ASPECTOS BASICOS DE LA EMPRESA EN EL DERECHO PERUANO
Carlos.NavarroResumen2 de Julio de 2016
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ASPECTOS BASICOS DE LA EMPRESA EN EL DERECHO PERUANO
Se puede indicar que la constitución de una sociedad sea su forma cualquiera debe cumplir con las normas establecidas que conforman su constitución, pluralidad de socios, denominación o razón social, etc. Obteniendo su personería jurídica para no infringir en una sociedad irregular. La empresa es un organismo productor de riqueza para el país, beneficio para los trabajadores, empresarios e inversores que benefician a los consumidores.
LA EMPRESA:
1.- CONCEPTO.- Unidad económico-social, integrada por elementos humanos, materiales y técnicos, que tiene el objetivo de obtener utilidades a través de su participación en el mercado de bienes y servicios. Haciendo uso de los factores productivos: trabajo, tierra y capital.
2.- DESDE EL PUNTO DE VISTA ECONÓMICO.-
Persigue la obtención de beneficios mediante la organización de determinados elementos, puede ser de diversa índole: agrícola, minera, industrial, comercial. No obstante esta circunstancia y el hecho de que el derecho mercantil no penetra en la organización interna de la empresa, ámbito que corresponde al derecho laboral, es la doctrina comercialista la que se ha preocupado de elaborar los fundamentos doctrinarios de la empresa.
En el estado actual la ciencia jurídica, da un concepto unitario del “acto de comercio”, es decir, es realizado en masa por empresa, teniendo por objeto la organización, transformación o disolución de empresas comerciales o industriales, los que recaigan sobre cosas mercantiles.
3.- LA EMPRESA COMO PERSONA JURÍDICA.-
Los elementos que la conforman estarían dotados de independencia jurídica, es decir, la separación conceptual entre empresario y empresa. El empresario vendría a ser, el primer servidor de la empresa. Donde el sujeto no sería el empresario, sino la empresa misma, considerada como ente autónomo. Desde un punto de vista conduciría a admitir que las cosas, que jurídicamente son objeto del derecho, se convertirían en
sujetos del mismo y se opera la transmisión de los bienes serían, a la vez, sujeto y objeto del derecho.
4.- LA EMPRESA COMO UNIVERSALIDAD.-
Conjunto de derechos o de cosas que no pierden su individualidad, pero que representan una unidad ideal y pueden ser objeto de un tratamiento jurídico unitario.
Sostiene que es un conjunto de bienes muebles, comprende universalidad de bienes muebles inmuebles, corporales e incorporales, cosas y relaciones jurídicas unidas por la capacidad de creación del titular de bienes y derechos. Resulta de una situación de factor provocada por la Voluntad del hombre y que la universalidad de derecho es creada por la ley.
ASPECTOS BASICOS DEL DERECHO MERCANTIL
- EL COMERCIANTE.- Puede ser persona natural o jurídica, que conforman una empresa mercantil.
- ACTO DE COMERCIO ES.- Son aquellos realizados en masa y por empresa, acto mercantil que se realiza con cosas mercantiles.
- ACTO EN MASA: La característica de la masificación, acto realizado en forma constante, se hace referencia a la continuidad y no al volumen.
- POR EMPRESA: Figura y es la única que permite masificar los actos.
- EL GIRO: Ordinario de la empresa, cuyo titular puede ser un comerciante
- individual o una sociedad
- DERECHO EMPRESARIAL.- Rama del derecho que regula la actividad empresarial de las empresas, siendo su principal rama el derecho comercial.
- DERECHO EMPRESARIAL.- Rama del derecho que regula y estudia la actividad comercial de la empresa. Estas dos ramas de derecho se asemejan bastante en su definición no se puede encontrar la diferencia si no en el momento de estudiar las ramas que comprende el derecho empresarial, apareciendo en primer lugar el derecho comercial y luego el empresarial.
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