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Acta Constitutiva


Enviado por   •  28 de Mayo de 2012  •  1.564 Palabras (7 Páginas)  •  432 Visitas

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ACTA CONSTITUTIVA Y ESTATUTOS SOCIALES DE

SERVICIOS DE ORDEN A DOMICILIO WEB S.R.L.

En el día de hoy,24 de mayo de 2012, se reunieron en la ciudad de Nuevo Casas Grandes Chihuahua los ciudadanos Daena Gisela Pérez Ríos y Rubí Esmeralda Soto Anchondo quienes son de nacionalidad mexicana, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. ……………. y .………………con el objeto de constituir una sociedad de responsabilidad limitada, como en efecto la constituyen en virtud de este documento y, la cual se regirá por las disposiciones contenidas en los Artículos que en se¬guida se determinan, redactados con suficiente amplitud para que sir¬van a la vez de Acta Constitutiva y Estatutos Sociales.

CAPITULO I

DENOMINACION, DOMICILIO, OBJETO Y DURACION

Articulo primero: La sociedad se denominará servicios de orden a domicilio web, su domicilio es calle de la Llanura, No 2005, ciudad de Nuevo Casas Grandes pudiendo establecer sucursales, agencias, represen¬taciones u oficinas en cualquier otro lugar del país o en el extranjero, cuando así lo decida la Junta Directiva.

Articulo segundo: La Compañía tendrá como principal objeto el siguiente: brindar un servicio de orden a domicilio vía internet a la población de mencionada ciudad y en general podrá dedicarse a toda actividad o negocio lícito, ya que la enumeración descrita o no limitativa de su objeto social.

Articulo tercero: La sociedad comenzará su giro o ejercicio al cumplirse con las formalidades legales de su inscripción en el Registro de Co¬mercio y tendrá una duración de 5 años, contados a partir de esa fecha, pudiendo a su vencimiento prorrogarse por un lapso igual, supe¬rior o inferior, si así resolviere la Asamblea General de Socios.

CAPITULO II

CUOTAS SOCIALES Y CAPITAL

Articulo cuarto: Cada cuota de participación con¬cede a su propietario iguales derechos y obligaciones y da derecho a un voto en las deliberaciones de las Asambleas.

CAPITULO III

DE LAS ASAMBLEAS

Articulo quinto: La máxima autoridad y dirección de la sociedad está en manos de la Asamblea General de Socios, legalmente constitui¬da, en forma ordinaria o extraordinaria. Sus decisiones acordadas res¬petando los límites y facultades legales y estatutarias, son obligatorias para todos los socios, inclusive para los que no hubieren asistido a ella, quedando a éstos los derechos y recursos legales pertinentes.

Articulo sexto: La Asamblea Ordinaria de Socios se reunirá cada año dentro de los dos meses siguientes al cierre del ejercicio económico y la Asamblea Extraordinaria se reunirá cuando los intereses de la Compa¬ñía así lo requieran, teniendo que ser convocada por la Junta Directi¬va o de un número de socios que represente no menos del cincuenta por ciento (50 0/o) del capital so¬cial. Ambas Asambleas, se reunirán, previa convocatoria por la prensa con cinco (5) días de anticipación por lo menos, a la fecha fijada para la reunión, no obstante será válida la Asamblea que se haya reunido sin convocatoria previa, siempre que en ella se encontrare representada la totalidad del capital social. Los socios podrán hacerse representar en la Asamblea por Apoderados constituidos por documento autenti¬cado, por telegrama o cablegrama.

Articulo séptimo: La Asamblea de Socios, Ordinaria o Extraordinaria, se considerarán válidamente constituidas para deliberar, cuando estén representadas en ella, el cien por ciento (100 0/o) de las cuotas que componen el capital social y sus decisiones se considerarán válidamente adoptadas, cuando fueren aprobadas por un número de votos que represente el 100 por ciento (100 %) del capital social. Cuando a pesar de la convocatoria no concurra a la Asamblea un número de so¬cios que represente por lo menos la proporción antes señalada, se proce¬derá conforme a las Normas del Código de Comercio que rigen esta ma¬teria. No obstante, ni aún en segunda Convocatoria, podrá instalarse váli¬damente la Asamblea, si en ella no está representada el 100 por ciento (1000/o) del capital social, requiriéndose para la validez de sus decisiones la aprobación de un número de votos que re-presente el 100 por ciento (100%) del capital social. La represen¬tación y la mayoría convenida en esta cláusula se requerirán para cualquier objeto sometido a la Asamblea de Socios, inclusive los previstos por el Artículo 280 del Código de Comercio. La Asamblea de Socios será presidida por el ing. Daena Gisela Pérez Ríos y en su ausencia por el suplente, Ing. Rubí Esmeralda Soto Anchondo, quien se designe al efecto.

CAPITULO IV

DE LA ADMINISTRACION DE LA COMPAÑIA

Articulo octavo: La Dirección de administración de la compañía corresponde a la Junta Directiva integrada por Daena Gisela Pérez Ríos y Rubí Esmeralda Soto Anchondo, quienes pueden ser o no socios de la sociedad y serán elegidos por la Asamblea de Socios, la cual designará sus respectivos suplentes, quienes llenarán las faltas temporales o absolutas de sus principales.

Articulo noveno: la asamblea de socios, tie¬nen conjuntamente

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