CAMARA DE COMERCIO
edwinrh14 de Febrero de 2014
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CONTENIDO
1. INTRODUCCION ………………………………………………………... 2
2. OBJETIVOS …………………………………………………………….... 3
3. FUNCIONES DE LA CAMARA DE COMERCIO ……………………… 4
4. REGISTRO MERCANTIL……………………………………………….. 14
5. OBJETIVOS DE LA CAMARA DE COMERCIO ……………………... 17
6. OBJETIVOS PRINCIPALES…………………………………………….. 20
7. REQUISITOS PARA LA DISOLUCION DE LA SOCIEDAD ……....... 22
8. HISTORIA DE LA CAMARA DE COMERCIO………………………… 24
9. REQUISITOS PARA CONSTITUIR UNA EMPRESA ……………....... 26
10. CONCLUSIONES ……………………………………………………… 28
11. GLOSARIO ……………………………………………………………... 29
12. BIBLIOGRAFIA ……………………………………………………….. 31
INTRODUCCION
Las Cámaras de Comercio en Colombia, como delegatarias legales de funciones públicas se constituyen en un modelo de colaboración público – privado a través de las cuales se realizan los fines constitucionales de promoción de la prosperidad general del empresario, de la libertad de empresa como base del desarrollo nacional, de solidaridad y de participación en la vida económica nacional.
Las Cámaras de Comercio, son personas jurídicas sin ánimo de lucro, de carácter corporativo y gremial, sujetas en la ejecución de todos sus actos de administración, gestión y contratación al derecho privado, las cuales tienen como fines defender y estimular los intereses generales del empresariado en Colombia, y llevar los registros mercantil, de las entidades sin ánimo del lucro y el registro único de proponentes delegados legalmente, sin que formen parte integrante de la administración pública ni al régimen legal aplicable a las entidades que forman parte de la misma.
Las Cámaras de Comercio estarán sujetas en sus actos de administración, gestión y contratación, a las normas de carácter público que les sean aplicables a los particulares que ejercen funciones administrativas por delegación legal, cuando así se disponga expresamente en las mismas, la cual tiene diferencias con la aplicable a los delegatarios de funciones públicas en virtud de contratos o un acto administrativo, las cuales deberán ser tenidas en cuenta por tratarse de normas de aplicación restrictiva.
Las normas pueden crearse por diferentes mecanismos, algunos de ellos correspondientes a una creación deliberada del derecho como sucede con la legislación y otros correspondientes a una creación espontánea, que es precisamente lo que sucede con la costumbre mercantil, definida como un conjunto de usos o prácticas que realizan los comerciantes y que cumplen con los requisitos exigidos por el Código de Comercio para adquirir tal denominación.
Las Cámaras de Comercio, de acuerdo con el artículo 86 del Estatuto Mercantil, tienen la función de recopilar las costumbres mercantiles de los lugares correspondientes a su jurisdicción y certificar únicamente sobre la existencia de las recopiladas.
Tratándose de esta función legalmente asignada a las Cámaras de Comercio, recopilar la costumbre mercantil es llevar a cabo una tarea de investigación en la cual, recurriendo a diferentes mecanismos de prueba, se indaga sobre los hechos constitutivos de una práctica comercial concreta, tanto respecto de su elemento objetivo como subjetivo, para concluir si dicha práctica constituye o no, una costumbre mercantil en el área donde la Cámara de Comercio tenga jurisdicción.
La Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia certifica que en la ciudad de Medellín es costumbre mercantil que en los contratos de agencia comercial las partes se obliguen a mantener la confidencialidad sobre toda la información que se intercambia entre ellas, diferente a la publicada en el contrato.
OBJETIVOS
• Conocer las funciones y la importancia de la cámara de comercio.
• Obtener información de cómo crear empresa y tener conocimiento en legislación comercial.
• Saber la historia y la creación de la cámara de comercio.
• Afianzarnos en el tema de la cámara de comercio.
• Dar a conocer el significado de cámara de comercio.
• Indicar las obligaciones de las empresas con la cámara de comercio.
• Ver la importancia de esta institución en la economía nacional.
FUNCIONES DE LA CAMARA DE COMERCIO
Como personas jurídicas de derecho privado cumplen por delegación legal algunas funciones públicas como es el caso de los registros públicos: mercantil, proponentes y entidades sin ánimo de lucro, carácter privado que no pierden por el hecho de que hayan recibido el encargo de cumplirlas. Estas funciones son expresamente señaladas en la Ley y han de cumplirse en la forma taxativa señalada en los ordenamientos que las consagran y las regulan, en consecuencia sus funciones regladas y las Cámaras solo actúan conforme a dichas reglas.
Pero desarrollan también funciones privadas, cuyo cumplimiento y desarrollo no está sometido a pautas o reglas determinadas en el mismo ordenamiento legal que las establece.
En este capítulo encontrará una relación de todas las funciones de las Cámaras de Comercio con su respectiva legislación.
Código de Comercio
Artículo 86o. Las Cámaras de Comercio ejercerán las siguientes funciones:
1. Servir de órgano de los intereses generales del comercio ante el gobierno y los comerciantes mismos;
2. Adelantar investigaciones económicas sobre aspectos o ramos específicos del comercio interior y exterior y formular recomendaciones a los organismos estatales y semioficiales encargados de la ejecución de los planes respectivos;
3. Llevar el registro mercantil y certificar sobre los actos y documentos en él inscritos, como se prevé en este código;
4. Dar noticia en sus boletines u órganos de publicidad de las inscripciones hechas en el registro mercantil y de toda modificación, cancelación o alteración que se haga de dichas inscripciones;
5. Recopilar las costumbres mercantiles de los lugares correspondientes a su jurisdicción y certificar sobre la existencia de las recopiladas;
6. Designar el árbitro o los árbitros o los amigables componedores cuando los particulares se lo soliciten;
7. Servir de tribunales de arbitramento para resolver las diferencias que les defieran los contratantes, en cuyo caso el tribunal se integrará por todos los miembros de la junta;
8. Prestar sus buenos oficios a los comerciantes para hacer arreglos entre acreedores y deudores, como amigables componedores;
9. Organizar exposiciones y conferencias, editar o imprimir estudios o informes relacionados con sus objetivos;
10. Dictar su reglamento interno que deberá ser aprobado por el Superintendente de Industria y Comercio
11. Rendir en el mes de enero de cada año un informe o memoria al Superintendente de Industria y Comercio acerca de las labores realizadas en el año anterior y su concepto sobre la situación económica de sus respectivas zonas, así como el detalle de sus ingresos y egresos, y
12. Las demás que les atribuyan las leyes y el Gobierno Nacional.
FUNCIÓN DE EMITIR DICTAMEN PERICIAL ANTES DE CELEBRARSE UN CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE UN INMUEBLE DESTINADO A DESPACHOS JUDICIALES Y OTRAS OFICINAS PÚBLICAS
Artículo 1o. Adicionase el artículo 6o. del Decreto 1376 con el siguiente numeral:
6. En los contratos que celebren los ordenadores de gasto en la rama jurisdiccional del Poder Público, cuando se trate de inmuebles destinados a los despachos judiciales, el Cuerpo Técnico de la Policía Judicial y las dependencias de la Dirección Nacional de la Carrera Judicial y la Direcciones Seccionales de las mismas.
Artículo 2o. Antes de la celebración del contrato de arrendamiento a que se refiere el núm. 6 anterior, el respectivo ordenador del gasto deberá obtener un dictamen pericial, rendido a costa de la Rama Jurisdiccional, en el cual conste el estimativo del canon de arrendamiento por el inmueble de que se trate.
Dicho Dictamen será solicitado a las lonjas de propiedad raíz domiciliadas en el lugar de ubicación del inmueble. A falta de éstas, a la Cámara de Comercio de la misma ciudad y, a falta de ésta, al personero municipal.
FUNCIÓN DE LLEVAR EL REGISTRO DE PROPONENTES
Ley 80 de 1993
Artículo 22o. Todas las personas naturales o jurídicas que aspiren a celebrar con las entidades estatales, contrato de obra, consultoría, suministro y compraventa de bienes muebles, se inscribirán en la Cámara de Comercio de su jurisdicción
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