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Cantabilidad

yehimmy20 de Septiembre de 2012

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RETENCIÓN EN LA FUENTE

En primer lugar importante puntualizar que el Uvt, variable imprescindible para determinar la base de retención tiene un valor de $26.049 para el año 2012.

Concepto Base Uvt Base pesos Tarifa

Venta de Bienes Raíces 0 100% 1%

Contratos de construcción y urbanización 0 100% 1%

Compra de combustible 0 100% 0.10%

Consultoría en obras públicas 0 100% 2%

Intereses o rendimientos financieros 0 100% 7%

Honorarios y comisiones *

0 100% 10%/11%

Arrendamiento de bienes muebles 0 100% 4%

Contratos de consultoría y administración delegada

0 100% 6%

Compras 27 703,000 3,5%

Servicios en general ** 4 104,000 4%/6%

Por emolumentos eclesiásticos *** 27 703,000 3,5%/4%

Servicios de transporte de carga 4 104,000 1%

Servicios de transporte nacional de pasajeros 27 703,000 3.50%

Servicios temporales 4 104,000 1%

Servicios de aseo y vigilancia 4 104,000 2%

Arrendamiento de bienes raíces 27 703,000 3.50%

Loterías, Rifas, Apuestas y similares 48 1,250,000 20%

Servicios de hoteles y restaurantes 4 104,000 3.50%

Otros ingresos tributarios 27 703,000 3.50%

Compra de productos agrícolas sin procesamiento industrial 92 2,397,000 1.50%

Compra de productos agrícolas con procesamiento industrial retenedores 27 703,000 3.50%

Compra de café pergamino o cereza 160 4,168,000 0.50%

Retención en colocación independiente de juegos de suerte y azar 5 130,000 3%

(*) 11% para pagos o abonos en cuenta a Personas Jurídicas y asimiladas

(**) 6% para no obligados a declarar renta.

4% para personas jurídicas y personas naturales obligadas a declarar renta.

(***) 4% por emolumentos eclesiásticos efectuados a personas naturales declarantes de renta.

3.5% por emolumentos eclesiásticos efectuados a personas naturales no declarantes de renta.

Tabla de Retención en la Fuente 2012

Por contribuyente.org • 5 dic, 2011 • Sección: Retención en la Fuente

Encuentre a continuación los principales conceptos, bases y tarifas de retención en la fuente aplicables durante el año 2012:

Tabla de Retención en la Fuente año 2012

Rubro Concepto A partir de (cifra en UVT) A partir de (cifra en pesos) Tarifa

Salariales Ingresos originados en una relación laboral o legal y reglamentaria. 95 $ 2.475.000 Tabla Art 383 del E.T

Indemnizaciones salariales a empleados con sueldo superior a 10 SMMLV (Art. 401-3 ET) No Aplica $1 20%

Compras y otros ingresos tributarios

Compras en general 27 $ 703.000 3,5%

Compras de bienes y productos agrícolas o pecuarios sin procesamiento industrial 92 $ 2.396.000 1,5%

Compra de café pergamino o cereza 160 $ 4.168.000 0,5%

Compra de combustible o derivados del petróleo. No Aplica $ 1 0,1%

Servicios

Servicios en general (personas jurídicas y a las naturales declarantes de renta) 4 $ 104.000 4%

Servicios en general (personas naturales NO declarantes de renta) 4 $ 104.000 6%

Servicios prestados por empresas temporales. 4 $ 104.000 1%

Servicios de vigilancia y aseo prestados por empresas de vigilancia y aseo. 4 $ 104.000 2%

Los servicios integrales de salud que involucran servicios calificados y no calificados, prestados a un usuario por instituciones prestadoras de salud IPS, que comprenden hospitalización, radiología, medicamentos, exámenes y análisis de laboratorios clínicos (Art. 392 Inc. 5 ET) 4 $ 104.000 2%

Servicios de hoteles, restaurantes, hospedaje. 4 $ 104.000 3,5%

Servicios de transporte nacional de carga (terrestre, marítimo o aéreo) 4 $ 104.000 1%

Servicios de transporte nacional de pasajeros. (terrestre) 27 $ 703.000 3,5%

Servicios de transporte nacional de pasajeros. (aéreo, marítimo) 4 $ 104.000 1%

Servicio de transporte internacional de carga (terrestre) 4 $ 104.000 1%

Servicios de transporte internacional de pasajeros (terrestre) 27 $ 703.000 3,5%

Arrendamientos Arrendamiento de bienes muebles No Aplica $ 1 4%

Arrendamiento de bienes raíces 27 $ 703.000 3,5%

Contratos

Contratos de consultoría y administración delegada (cuando el beneficiario del pago sea una persona jurídica o asimilada) No Aplica $ 1 11%

Contratos de consultoría y administración delegada (cuando el beneficiario del pago sea una persona natural No Declarante) No Aplica $ 1 10%

Contratos de consultoría en ingeniería de proyectos de infraestructura y edificaciones (Declarantes de Renta) No Aplica $ 1 6%

Contratos de consultoría en ingeniería de proyectos de infraestructura y edificaciones, a favor de PN No obligadas a presentar declaración de Renta.(Dcto. 1141 de 2010) No Aplica $ 1 10%

Contratos de construcción, urbanización o confección de obra material de bien inmueble. 27 $ 703.000 1%

Otros conceptos tributarios

Honorarios y Comisiones (cuando el beneficiario del pago sea persona jurídica o asimilada) No Aplica $ 1 11%

Honorarios y Comisiones (cuando el beneficiario del pago sea una persona natural no declarante) No Aplica $ 1 10%

Servicios de licenciamiento o derecho de uso de software (Residentes o domiciliados obligados a declarar) No Aplica $ 1 3,5%

Rendimientos Financieros (Intereses) No Aplica $ 1 7%

Loterías, Rifas, Apuestas y Similares 48 $ 1.250.000 20%

Enajenación de Activos Fijos Persona Natural (Art 398, ET) No Aplica $ 1 1%

Pagos a establecimientos comerciales realizados con tarjeta débito o crédito. No Aplica $ 1 1.5%

Emolumentos eclesiásticos efectuados a personas naturales que sean declarantes de renta. 27 $ 703.000 4%

Emolumentos eclesiásticos efectuados a personas naturales que NO sean declarantes de renta. 27 $ 703.000 3,5%

Dividendos gravados No Aplica $ 1 33% ó 20%

Retención en la fuente de IVA

Retención en la fuente del IVA por compras de bienes gravados. 27 $ 703.000 50% del IVA

Retención en la fuente del IVA por Servicios gravados. 4 $ 104.000 50% del IVA

Retención en la fuente del IVA aplicable a operaciones con tarjetas débito o crédito. No Aplica $ 1 10% del IVA

Pagos al exterior Dividendos y participaciones gravadas en Colombia. No Aplica $ 1 33%

Intereses, comisiones, honorarios, regalías, arrendamientos, compensaciones por servicios personales, o explotación de toda especie de propiedad industrial. No Aplica $ 1 33%

Consultorías, servicios técnicos y de asistencia técnica, bien sea que se presten en Colombia o desde el exterior. No Aplica $ 1 10%

Los pagos o abonos en cuenta por concepto de rendimientos financieros, realizados a personas no residentes o no domiciliadas en el país, originados en créditos obtenidos en el exterior por término igual o superior a un (1) año o por concepto de intereses o costos financieros del canon de arrendamiento originados en contratos de leasing que se celebre directamente o a través de compañías de leasing con empresas extranjeras sin domicilio en Colombia. (Art 47 Ley 1430 de 2010) No Aplica $ 1 14%

El impuesto de renta, como cualquier otro hecho económico realizado por la empresa debe ser reconocido y contabilizado.

Lo primero que se debe hacer es la provisión del impuesto de renta, provisión que se hace una vez finalice el año gravable. Esta provisión consiste en una estimación del impuesto que se deberá pagar. Es posible que a la hora de pagar el impuesto, el valor provisionado resulte mayor o menor al impuesto definitivo, razón por la cual se deben realizar los ajustes del caso.

La contabilización de la provisión se realiza de la siguiente forma:

540505 (DB)

261505 (CR)

Cuando el impuesto calculado resulta mayor al impuesto provisionado, la diferencia se lleva al gasto. Si el impuesto calculado resulta inferior a la provisión, el exceso de lo provisionado se contabiliza como un ingreso [cuenta 425035 - recuperación de provisiones] contra la cuenta del pasivo estimado [261505].

Una vez calculado el impuesto y realizados los ajustes del impuesto provisionado, se procede a cancelar la cuenta de la provisión por impuesto de renta, y para ellos debitamos la cuenta 261505 y acreditamos la cuenta 240405.

Luego de lo anterior, se procede realizar los cruces correspondientes con las retenciones en la fuente, los anticipos y saldos a favor.

No olvidemos que en el activo tenemos una cuenta de retenciones, otra de anticipos y otra de saldos a favor, cuentas que se deben cruzar con la cuenta 24 del pasivo.

Pues bien, las cuentas del activo correspondientes las cancelamos con un crédito contra un débito a la cuenta 240405, para así determinar el valor neto a pagar o el nuevo saldo a favor, debido a que si el saldo de la cuenta 2404 nos da negativo o lo que es lo mismo, nos da un saldo debito, significa que tendremos un nuevo saldo a favor, el cual debemos reclasificar como un activo, lo cual hacemos acreditando la cuenta 2404 y debitando la cuenta 135520.

Supongamos los siguientes datos.

Total impuesto a cargo: 1.000.000 (240405) [A]

Anticipo año siguiente: 200.000 (135510) [B]

Anticipo

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