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Comercio Internacional


Enviado por   •  17 de Octubre de 2013  •  1.355 Palabras (6 Páginas)  •  184 Visitas

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DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO

ORBITA GEO ESTACIONARIA

La conquista espacial a dado paso a al creación de una nuevo derecho internacional destinado a regular los derechos sobre la utilización de la GEO, como un recurso estratégico muy valioso, especialmente para las telecomunicaciones, para darle voz y voto a los países subyacentes al acto orbital, frustrada pro las potencias mundiales con el manejo de esta, ya que es un punto muy importante para nuestro desarrollo socioeconómico y tecnológico.

La conquista d el espacio comenzó hace 50 años con el lanzamiento del satélite soviético sputnik, el ámbito sideral ha proyectado toda su importancia estratégica en los campos de la política, social, cultural y socioeconómico.

La llamada conquista espacial ha sido una de las principales causas del desarrollo tecnológico y la creación de organismos especializados y la innovación.

Todo esto a dado paso a la creación de un nuevo derecho que regule el espacio ultraterrestre, incluyendo la exploración y explotación de los cuerpos celestes y de sus recursos, uso militar, desarrollo y crecimiento de las telecomunicaciones, la meteorología, energía solar, control del medio ambiente y la informática, todo esto por que es evidente que se ha producido un cambio tecnológico que ah alterado todas las relaciones de los procedimientos constitutivos del derecho internacional, así como el desenvolvimiento de la tecnología espacial ha modificado sustancialmente el derecho de gentes y constituye un reto de soberanía.

La ONU comenzó a ocuparse de estos asuntos en 1958 aprobando la resolución 1721 que dispuso que la exploración y explotación espacial debería hacerse en beneficio de toda la humanidad y de todos los estados fuese cual fuese su grado de desarrollo económico y científico.

Pero el primer gran acuerdo internacional sobre la reglamentación jurídica del espacio se firmo en las naciones unidas el 27 de enero de 1967 “TRATADO SOBRE PRINCIPIOS JURÍDICOS QUE HAN DE REGIR LA EXPLOTACIÓN Y UTILIZACIÓN DEL ESPACIO ULTRATERRESTRE INCLUSIVE LA LUNA Y OTROS CUERPOS CELESTES” se le conoce como LA GRAN CONSTITUCION DEL ESPACIO.

EL derecho espacial: es un conjunto de normas y principios logrados por el consenso universal que asegura la paz y la armonía internacional y afianza la armonía internacional.

Este nuevo derecho considerado como una nueva rama de especialización del derecho internacional publico, además este nuevo derecho deberá ser el ámbito jurídico y jurisdiccional de la conquista espacial en sintonía con el desarrollo del derecho internacional publico y la cooperación internacional.

CARACTERISTICAS DEL DERECHO ESPACIAL:

UNIVERSALIDAD:

Se rige por medio de resoluciones, convenios y traslados representada por medio de foro y asambleas de la ONU, pero así debe ser para todos los países así no estén incluidos en la en la ONU.

INTERNACIONALIDAD:

Acorde a lo anterior, se ha circunscrito fundamentalmente del plano del derecho Supranacional. No podría ser de otra manera, ya que la universalidad se rige a la capacidad de las naciones que pueda llevar a cabo estos avances.

PREVISIBILIDAD:

Esta característica nos habla de la preparación que deben tener los estados y naciones que se encargan de estos avances para prepararse a cualquier tipo de avance de la sociedad.

INTEGRIDAD:

Esta característica nos da a entender que para este derecho debe aplicarse todo el demás derecho tal como derecho comercial, derecho civil, derecho ambiental etc, para que todos aporten al manejo de este.

PRINCIPIOS DEL DERECHO ESPACIAL:

Estos principios debes ser basados para el beneficio de la sociedad, para nutrir de conocimientos y avances científicos y tecnológicos a la sociedad, de esta manera es que el derecho espacial cumple una labor social; siendo así, se explican estos principios con los que usa JUS CONGENS

1. PROTECCION DE LOS INDIVIDUIS

2. PROTECCION DE LOS INTERESES DEL ESTADO

3. INTERESES DE LA COMUNIDAD MUNDIAL

4. LA DISTRUBUCION Y CONPARTIR ESTOS DERECHOS NATURALES

DECLARACIÓN FORMULADA POR LOS DIEZ PAÍSES SOBERANOS DE LA ÓRBITA GEOESTACIONARIA EN 1976

1. La órbita geoestacionaria, es un recurso natural limitado (saturable).

2. Que el Ecuador tiene derechos que reivindicar, en dos segmentos de órbita geoestacionaria, por ser un país ecuatorial.

3. Que los segmentos de órbita geoestacionaria que reivindica el Ecuador son:

a) Un segmento orbital continental de 5.090,7 kilómetros, correspondientes a 920,9 kilómetros de extensión terrena.

b) Un segmento orbital insular de 6.689,6 kilómetros

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