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Contabilidad Financiera Vi


Enviado por   •  9 de Noviembre de 2014  •  2.145 Palabras (9 Páginas)  •  629 Visitas

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UNIDAD VIII

OPERACIONES FUNDAMENTALES Y ACCESORIAS DE LOS BANCOS CENTRALES.

Operaciones Pasivas. Operaciones Activas. Operaciones accesorias o secundarias.

LOS INSTRUMENTOS DE REGULACIÓN MONETARIA.

Operaciones de crédito. Financiación al Gobierno. Operaciones de Mercado Abierto. Encajes Legales. Tasas de Interés, etc.

LA POLÍTICA DE LOS ENCAJES LEGALES.

Concepto e importancia. Encajes mínimos y encajes flexibles. Objetivo de ésta política. Régimen legal vigente.

POLÍTICA CREDITICIA Y CONTROL SELECTIVO Y CUANTITATIVO DEL CRÉDITO.

Concepto. Control selectivo del crédito. Control cuantitativo del crédito.

Registro contable práctico de las operaciones fundamentales de los Bancos Centrales

OPERACIONES FUNDAMENTALES Y SECUNDARIAS DE LOS BANCOS CENTRALES

Las operaciones de los bancos centrales se clasifican en operaciones fundamentales (Activas- Pasivas) y en operaciones secundarias o accesorias.

Operaciones Pasivas.

Emisión de billetes.

La emisión de billetes en monopolio. El billete tiene curso legal y fuerza cancelatoria ilimitada en todo el territorio de la República, art. 4o inc. b) y art. 39° de la Ley N° 489/95.

Depósitos.

Recibe depósitos de los otros bancos (encajes - cuentas corrientes G y M/E) y de los gobiernos; y en algunos casos hasta del público (Depósitos judiciales). No paga intereses por estos depósitos. No es su función, y además, evita la competencia, art. 4o inc. c. y art. 71°/75o de la Ley N° 489/95.

Otras.

Contrae deudas con corresponsales en el exterior, con organismos financieros internacionales, como el F.M.I., el BID y el BIRF.

Operaciones Activas.

Redescuentos.

Consiste en la operación de descuento de documentos de créditos endosables de la cartera de los bancos, art. 65° de la Ley N° 489/95.

Requisitos: deben ser a corto plazo, garantizados y con liquidación automática.

Importancia: Moviliza la cartera cambiaría de los bancos ordinarios.

• Facilita disponibilidad para hacer frente a las necesidades estacionales.

• Mejora la iliquidez y no encarece el costo.

• Actúa como una reserva para los bancos para casos de retiros extraordinarios.

• Descongestiona la cartera de los bancos. Cuando está muy abultada, le dá al sistema bancario más libertad de acción, firmeza, flexibilidad y así ejerce una acción reguladora del mercado crediticio.

Adelantos.

Puede conceder préstamos al gobierno como al sistema financiero nacional.

A los gobiernos y a los bancos, art. 58°, 65° y 66° de la Ley N° 489/95, mediante letras de Tesorería a no más de 30 días de plazo. Para solucionar operaciones de caja relacionadas única y exclusivamente con las variaciones estacionales en las entradas fiscales. En ningún caso deberá exceder del 10% del promedio de los ingresos de caja del Tesoro Nacional presupuestado para ese ejercicio, art. 58° de la Ley N° 489/95.

Préstamos al estado u otros organismos de derecho público con aprobación previa del poder ejecutivo y garantizado por el Tesoro Nacional.

Préstamos a corto plazo al sistema financiero.

Garantía.

o Letras de cambio o pagarés.

o Valores de gobiernos.

o Oro amonedado o en barra.

Compra de divisa y efectos negociables.

La compra de divisas implica aumento de circulante y con la venta ocurre la inversa. También puede comprar documentos pagaderos en las plazas del país. Art. 47750° de la Ley N° 489/95.

Compra de títulos públicos de otros bancos.

Dentro de los límites establecidos por el artículo 60° y 65° de la Ley N° 489/95.

Compra de Oro.

Compra de oro amonedado o en barra. Art. 50" y 60° de la Ley N° 489/95.

Operaciones accesorias o secundarias

Corresponsal de otros bancos centrales.

Emisión, compra-venta de valores del gobierno.

Administración de cámaras compensadoras.

Emisión y acuñación de moneda subsidiaria.

Canje de billetes y monedas.

Remesas, cambios y transferencias.

Pagos por cuentas del gobierno.

Supervisión y control de las entidades financieras, etc.

LOS INSTRUMENTOS DE REGULACIÓN MONETARIA

Los Bancos Centrales, con el objeto de velar por la estabilidad del valor de la moneda, recurren a la utilización de una serie de instrumentos. Mediante la utilización de los mismos regulan la cantidad de medios de pago existente en una economía. Deben mantener la cantidad adecuada de dinero de tal forma que su exceso no ocasione un proceso inflacionario o que su insuficiencia sea un obstáculo para el normal desenvolvimiento de las transacciones de bienes y

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