Contabilidad
susanachaltell18 de Noviembre de 2011
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Normas de valuación
El Boletín C–4 establecía que, bajo ciertas circunstancias, el costo de adquisición de los
inventarios se modificara sobre la base del “Costo o valor de mercado, el que sea menor,
excepto que: (1) el valor de mercado no debe exceder del valor de realización y que (2) el
valor de mercado no debe ser menor que el valor neto de realización.” La NIF C-4,
establece que esa modificación debe hacerse únicamente sobre la base del valor neto de
realización.
IN4
La NIF C-4 establece normas para la valuación de los inventarios de prestadores de
servicios las cuales no se incluían en el Boletín C-4.
NIF C-4
INVENTARIOS
OBJETIVO
Esta Norma de Información Financiera (NIF) tiene como objetivo establecer las normas de
valuación, presentación y revelación para el reconocimiento inicial y posterior de los
inventarios en el estado de posición financiera de una entidad.
1
Un asunto importante que se trata en esta NIF en el reconocimiento contable de los
inventarios es el importe de costo que debe reconocerse como un activo y diferirse como
tal hasta el momento en que se vendan..
2
Esta NIF también establece las normas relativas para la asignación del costo
Esta NIF también establece las normas relativas para la asignación del costo a los
inventarios y su subsecuente reconocimiento en resultados
DEFINICIÓN DE TÉRMINOS
Los términos que se listan a continuación se utilizan en esta NIF con los significados que
para cada caso se indican:
a) adquisición – incluye la compra, construcción, producción, fabricación, desarrollo,
instalación o maduración de un activo;
b) bienes genéricos (commodities) – son activos no financieros del tipo agrícola, pecuario,
metalúrgico o energético, cuyo precio local se encuentra indexado a precios
observados en mercados establecidos o, en su caso, a ciertos índices o indicadores
que se incluyen en publicaciones internacionales especializadas;
c) costo de adquisición – es el importe pagado de efectivo o equivalentes por un activo o
servicio al momento de su adquisición;
d) costo de disposición – son los costos directos necesarios para llevar a cabo la venta de
los inventarios; es decir, los costos que resultan directamente y son esenciales para la
operación de venta y que serían incurridos por la entidad de realizarse la transacción.
Dichos costos incluyen costos legales, impuestos asociados con la transacción, costos
de desmontar o de desplazamiento del activo, así como los demás costos acumulados
necesarios para dejar el activo en condiciones de venta, tales como almacenaje,
surtido, traslado, fletes, acarreos, seguros, etcétera;
e) costo de ventas – es el costo de adquisición correspondiente a los artículos vendidos
f) inventarios – son activos no monetarios: adquiridos y mantenidos para su venta en el
curso normal de las operaciones de una entidad;
I. en proceso de producción o fabricación1 para su venta como productos terminados;
II. en forma de materiales a ser consumidos en el proceso productivo o en la
prestación de los servicios;
g) valor de realización (valor neto de realización o valor neto realizable) – es el monto
que se recibe, en efectivo, equivalentes de efectivo o en especie, por la venta o
h) valor razonable – representa el monto de efectivo o equivalentes que participantes en
el mercado estarían dispuestos a intercambiar para la compra o venta de un activo, o
para asumir o liquidar un pasivo, en una operación entre partes interesadas
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