Contabilidad
josepalacio31 de Diciembre de 2012
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CONTABILIDAD
Por: María Cecibel Palacio
Fecha: 07-11-2012
Investigar los bienes que graban y no graban IVA, y los agentes de retención de impuestos.
Estan gravado con 12%IVA, los bienes que estén destinados para la comercialización y consumo; los productos bienes que sufren la transformación de su estado natural u original. y también los servicios que generen utilidad.
Ejemplo de bienes con 12% IVA
Esferos, marcadores, pizarras, calculadoras, mesas, sillas, computadoras, celulares, etc.
Ejemplo de Servicios con 12% IVA
Todos los servicios, entendiéndose como tales a los prestados por el Estado, entes públicos, sociedades, o personas naturales sin relación laboral, (servicios ocasionales) a favor de un tercero, sin importar que en la misma predomine el factor material o intelectual, a cambio de una tasa, un precio pagadero en dinero, especie, otros servicios.
Ejemplo: los servicios profesionales.
Bienes y servicios con IVA cero
Retenciones
La retención es la obligación que tiene el comprador de bienes y servicios, de no entregar el valor total de la compra al proveedor, sino de guardar o retener un porcentaje en concepto de impuestos. Este valor debe ser entregado al Estado a nombre del contribuyente, para quien esta retención le significa un prepago o anticipo de impuestos.
Retenciones IVA
Retenciones en la fuente del Impuesto al Valor Agregado.
Los citados agentes declararán y pagarán el impuesto retenido mensualmente y entregarán a los establecimientos afiliados el correspondiente comprobante de retención del impuesto, el que le servirá como crédito tributario en las declaraciones del mes que corresponda.
Los agentes de retención del IVA estarán sujetos a las obligaciones y sanciones establecidas para los agentes de retención del Impuesto a la Renta.
Los agentes de retención presentarán mensualmente las declaraciones de las retenciones, en la forma, condiciones y con el detalle que determine el Servicio de Rentas Internas.
Casos especiales
Retención de IVA Presuntivo.- Petrocomercial y las comercializadoras de combustibles, en su caso, en las ventas de derivados de petróleo a las distribuidoras, deberán retener el IVA calculado sobre el margen de comercialización que corresponde al distribuidor, y lo declararán y pagarán mensualmente como IVA presuntivo retenido por ventas al detal. El distribuidor, en su declaración mensual, deberá considerar el impuesto pagado en sus compras y el impuesto retenido por PETROCOMERCIAL o la comercializadora.
Los agentes de retención están sujetos a las obligaciones y sanciones establecidas en el Art. 49 de la Ley de Régimen Tributario Interno.
Art. 119.- Porcentajes de retención.- Cuando el sector público y los contribuyentes especiales adquieran bienes gravados con tarifa 12%, retendrán el 30% del valor IVA causado en la adquisición.
Para el caso de la prestación de servicios gravados con tarifa 12%, el porcentaje de retención será el 70% del valor del IVA causado en la prestación del servicio.
BIBLIOGRAFÍA:
Auditores, Contadores y Consultores Financieros. (22 de 05 de 2012). Recuperado el 4 de 11 de 2012, de Auditores, Contadores y Consultores Financieros: http://www.auditoresycontadores.com/articulos/contabilidad/impuestos/66-descubra-cuales-estan-gravados-con-12-iva-y-0-iva
Diario Hoy. (12 de 06 de 2012). Recuperado el 04 de 11 de 2012, de Diario Hoy: http://www.hoy.com.ec/especial/ivamenu/manual05.htm
SRI. (s.f.). Servicio de Rentas Internas. Recuperado el 05 de 11 de 2012, de Servicio de Rentas Internas: http://www.sri.gob.ec/web/10138/155
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