ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Contrato De Deposito Mercantil

eduarxx22 de Julio de 2013

437 Palabras (2 Páginas)649 Visitas

Página 1 de 2

CONTRATO DE DEPOSITO

CONCEPTO:

Hay deposito cuando una de las partes se obliga a guardar gratuitamente una cosa mueble o inmueble que la otra le confia, y a restituir la misma e identica cosa cuando le sea reclamada.

CARACTERES:

• GRATUITO

• UNILATERAL

• REAL

• NO FORMAL

ESPECIES:

• VOLUNTARIO:

• FORZOSO:

• REGULAR:

• IRREGULAR: Libertad de elegir si quiero o no depositar a cosa.

Me veo obligado por causas ajenas, como el desastre por incendio, saqueo, naufragio, etc.

Cosas muebles o inmuebles no consumibles. Consumibles o fungibles en cajas cerradas. Titulos de credito sin autorizarlo al cobro. Titulos de dchos. reales.

Fungibles o consumibles con autorizacion para usar o no puesto en cajas cerradas. titulos de creditos con autorizacion de cobro.

CAPACIDAD:

• Ambos deben tener capacidad para contratar.

• Depositante es incapaz, el cto. es valido.

• Depositario es incapaz, sus rep. legales pueden pedir nulidad.

FORMA:

• Ninguna.

PRUEBA:

• Hasta $200 por testigos.

• Mas de $200 por escrito, sino se le cree al depositario en cuanto a la existencia del cto. y la cantidad, calidad o naturaleza de la cosa.

OBLIG. del DEPOSITARIO (Dep. Regular)

• GUARDA de la COSA:

• GUARDAR SECRETO:

• NO USAR la COSA:

• RESTITUIR la COSA: Debe guardarlas como las suyas propias. No responde * el caso fortuito salvo que haya renunciado. Responde * su culpa, o si estuviere en mora y la cosa se daña o pierde. Debe avisar que medidas toma y solicitar anticipos, si son urgentes no.

No debe abrir las cosas cerradas, salvo que tuviere permiso, se presume si tiene la llave o si fuere necesario para cumplirlo.

No puede usarla sin permiso, si lo hace responde como locatario o mutuante oneroso.

Debe restituir con sus frutos, no responde por deterioros sin su culpa, si este murio y sus gerederos la venden de buena fe, solo deben devolver el precio recibido. El depositante puede reclamarla antes del vto. El depositario tiene el dcho. de retencion.

OBLIG. DEL DEPOSITARIO (Dep. Irregular).

• Solo debe devolver la cosa.

OBLIG. del DEPOSITANTE:

• Reembolso de gastos e indemnizacion de daños.

• Pago de remuneracion, solo si se pacto honerosidad.

EXTINCION del DEPOSITO:

• Finalizacion del Plazo:

• Perdida de la cosa.

• Enajenacion de la cosa.

• Por consignacion.

HOTELES:

Responden por todo daño y hurto, menos por los hechos por familiares o visitantes de ellos.

Se resguardan toda clase de cosas normales para un viajero, si son de gran valor o no regulares debe declararlo y mostrarlo si se lo piden.

Solo se eximen de responsabilidad por fuerza mayor. Es fuerza mayor el caso de larones con armas o escalamiento que no pudiese evitarse.

No son validas las clausulas de eximicion.

Se aplica solo a posaderos, hoteleros, no a fondas, cafes, casas de baños, u otros.

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (3 Kb)
Leer 1 página más »
Disponible sólo en Clubensayos.com