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Declaraciones Asalariados


Enviado por   •  7 de Abril de 2015  •  1.068 Palabras (5 Páginas)  •  236 Visitas

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¿ERES ASALARIADO Y NO SABES SI DEBES PRESENTAR DECLARACIÓN ANUAL?

La Declaración Anual es la manifestación que se hace ante el SAT de los ingresos obtenidos, el impuesto retenido por el patrón, los pagos por colegiaturas, los gastos personales efectuados y el impuesto anual o saldo a favor, que en su caso, corresponda en el año de calendario.

ASALARIADOS OBLIGADOS A PRESENTAR DECLARACIÓN ANUAL

Estás obligado a presentar Declaración Anual si percibiste ingresos por salarios y te ubicas en alguno de los siguientes supuestos:

• Obtuviste ingresos mayores a 400,000 pesos.

• Si dejaste de prestar servicios antes del 31 de diciembre del año de que se trate.

• Obtuviste ingresos de dos o más patrones de manera simultánea.

• Obtuviste otros ingresos acumulables (honorarios, arrendamiento, actividades empresariales, etc.), además de salarios.

• Percibiste ingresos de empleadores no obligados a hacer retenciones, como es el caso organismos internacionales.

PARA HACER Y PRESENTAR SU DECLARACIÓN ANUAL, DEBE TENER A LA MANO:

• La(s) constancia(s) de percepciones y retenciones que le debe dar su patrón, a más tardar en febrero de 2014 (forma fiscal 37 o Anexo 1 de la forma fiscal 30 del programa DIM).

• El sistema Declaración Automática.

• Su clave de RFC a 13 dígitos y su CURP a 18 dígitos.

• Firma Electrónica Avanzada (Fiel) vigente o su Contraseña (antes CIEC) si va a presentar su declaración por internet.

• Número de cuenta para hacer el pago del impuesto por transferencia electrónica de fondos en un banco autorizado, si le resulta cantidad a pagar.

• Si percibió ingresos por intereses reales y está obligado a declararlos (cuando los intereses reales son mayores a 100 mil pesos), necesita la constancia de los intereses pagados que le expide el banco o institución en la que tenga sus inversiones.

• Número de cuenta Clabe (Clave bancaria estandarizada. Número de cuenta compuesto por 18 dígitos que proporcionan los bancos en los estados de cuenta y sirve para efectuar transacciones electrónicas) si le resulta saldo a favor y solicita la devolución.

• Si su saldo a favor es igual o mayor a 13,970 pesos debe presentar la declaración con la Firma Electrónica Avanzada (Fiel) para que se le efectúe la devolución.

En el caso que presente su declaración en papel requiere la forma fiscal 13-A por duplicado, o la forma fiscal 13, si además de salarios percibió ingresos por enajenación de bienes, por adquisición de bienes e intereses y la suma de todos los ingresos no rebasa de 400,000 pesos.

GASTOS PERSONALES QUE PUEDO DEDUCIR:

• Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios pagados para ti, tu cónyuge o concubino/a, tus padres, abuelos, hijos y nietos, siempre que dichas personas no hayan percibido durante el año ingresos en cantidad igual o superior a un salario mínimo general de su área geográfica elevado al año. Medicinas incluidas en facturas de hospitales; no proceden los comprobantes de farmacias. El pago de estos gastos se debe realizar mediante cheque nominativo del contribuyente, transferencia electrónica de fondos, tarjeta de crédito, de débito o de servicios.

• Gastos funerarios. Solamente la cantidad que no exceda del salario mínimo general del área geográfica del contribuyente, elevado al año, efectuados por ti para tu cónyuge o concubino/a, así como para tus padres, abuelos, hijos y nietos. Los gastos para cubrir funerales a futuro serán

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