Decreto 1295 Del 1994
orquidiaevan7 de Octubre de 2014
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DECRETO 1295 DE 1994 Y LEY 1562 DEL 2012 Presentation Transcript
• INTRODUCCIÓNEl tema de la seguridad y la salud enel trabajo, se enmarca dentro de losdenominados derechossociales, cuyo nivel de satisfacciónmarca de una u otra forma, el nivelde bienestar de que goza lapoblación de un país. Por talrazón, no es extraño que laOrganización Internacional delTrabajo, en desarrollo de sucompromiso constitutivo depromocionar la justicia socialmediante el mejoramiento de lascondiciones de trabajo de lapoblación mundial, se hayaocupado del ambiente laboral, ensus convenios.
• DECRETO1295 DE 1994
• CAPITULO 1:DISPOSICIONES GENERALESDEFINICIÓN: El Sistema General de RiesgosLaborales es el conjunto de entidadespúblicas y privadas, normas yprocedimientos, destinados a prevenir,proteger y atender a los trabajadoresde los efectos de las enfermedades ylos accidentes que puedan ocurrirlescon ocasión o como consecuenciasdel trabajo que desarrollan. Las disposiciones vigentes de saludocupacional relacionadas con laprevención de los accidentes detrabajo y enfermedades laborales y elmejoramiento de las condiciones detrabajo, hacen parte integrante delSistema General de Riesgos Laborales.
• CAPITULO 2:RIESGOS LABORALESDEFINICIONES: RIESGOS LABORALES. Son Riesgos laborales elaccidente que se produce como consecuenciadirecta del trabajo o labor desempeñada, y laenfermedad que haya sido catalogada comolaboral por el Gobierno Nacional. ACCIDENTE DE TRABAJO. Es accidente de trabajotodo suceso repentino que sobrevenga por causa ocon ocasión del trabajo, y que produzca en eltrabajador una lesión orgánica, una perturbaciónfuncional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte.Es también accidente de trabajo aquel que seproduce durante la ejecución de órdenes delempleador, o contratante durante la ejecución deuna labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar yhoras de trabajo. ENFERMEDAD LABORAL. Es enfermedad laboral lacontraída como resultado de la exposición afactores de riesgo inherentes a la actividad laboralo del medio en el que el trabajador se ha vistoobligado a trabajar.
• AFILIADOSo Son afiliados al SistemaGeneral de RiesgosLaborales: Los trabajadoresdependientes nacionales oextranjeros, vinculadosmediante contrato detrabajo o como servidorespúblicos. Los jubilados opensionados, excepto losde invalidez. Los estudiantesque deban ejecutartrabajos que signifiquenfuente de ingreso para larespectiva institución, cuyoentrenamiento o actividadformativa es requisito parala culminación de susestudios, e involucra unriesgo ocupacional.CAPITULO 3:AFILIACION Y COTIZACIONES AL SISTEMAGENERAL DE RIESGOS LABORALESCOTIZACIONESo Las tarifas fijadas paracada empresa no sondefinitivas, y sedeterminan de acuerdocon:La actividad económica.Un indicador de variacióndel índice de lesionesincapacitantes y de lasiniestralidad de cadaempresa. El cumplimientode las políticas y el plande trabajo anual delprograma de saludocupacional de laempresa.
• CAPITULO 4:CLASIFICACIONCLASIFICACION: La clasificación se determina por elempleador y la entidadadministradora de riesgos laboralesal momento de la afiliación. Lasempresas se clasifican por laactividades que desempeñan, deconformidad lo previsto en estecapítulo.TABLA DE CLASES DE RIESGO:Para la Clasificación deempresa se establecen cincoclases de
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