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Derecho temas empresariales

YEZID HUMBERTO GUERRERO CARDONASíntesis27 de Mayo de 2019

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9. El auxiliar de bodega tiene problemas personales con el supervisor y el gerente decide sugerirle al empleado que renuncie a la empresa, para evitar futuras controversias entre el personal administrativo

El gerente de la empresa no debe sugerir la renuncia de algún empleado ya que estaría violando la constitución política en su artículo 53 “El Congreso expedirá el estatuto del trabajo. La ley correspondiente tendrá en cuenta por lo menos los siguientes principios mínimos fundamentales: Igualdad de oportunidades para los trabajadores; remuneración mínima vital y móvil, proporcional a la cantidad y calidad de trabajo; estabilidad en el empleo; irrenunciabilidad a los beneficios mínimos establecidos en normas laborales; facultades para transigir y conciliar sobre derechos inciertos y discutibles; situación más favorable al trabajador en caso de duda en la aplicación e interpretación de las fuentes formales de derecho; primacía de la realidad sobre formalidades establecidas por los sujetos de las relaciones laborales; garantía a la seguridad social, la capacitación, el adiestramiento y el descanso necesario; protección especial a la mujer, a la maternidad y al trabajador menor de edad. El estado garantiza el derecho al pago oportuno y al reajuste periódico de las pensiones legales. Los convenios internacionales del trabajo debidamente ratificados, hacen parte de la legislación interna. La ley, los contratos, los acuerdos y convenios de trabajo, no pueden menoscabar la libertad, la dignidad humana ni los derechos de los trabajadores. “

Además. La renuncia se produce cuando el empleado manifiesta en forma escrita e inequívoca su voluntad de separarse definitivamente del servicio bajo su propia voluntad y no mediante presiones o sugerencias del gerente de la empresa.

Como consultores sugerimos al gerente de la empresa que reubique alguno de los empleados que se encuentran en disputa y de esta manera garantizar el buen funcionamiento de la parte productiva y administrativa de la empresa, además la oficina de gestión humana debe garantizar un proceso de descargos conciliatorio para darle un manejo profesional a esta situación mediante la creación de un comité de convivencia laboral en la empresa que garantice estrategias para prevenir el acoso laboral y evitar situaciones que afecten la calidad de vida de los empleados y su productividad. La justicia, responsabilidad, libertad, empatía, tolerancia, solidaridad, respeto, paz, interculturalidad, diálogo, igualdad son de obligatorio cumplimiento por parte del empleador ya que de lo contrario se estaría violando el artículo 1 de la ley 1010 de 2006 que debe garantizar el trabajo en condiciones dignas y justas, la intimidad, la honra y la salud mental de los trabajadores, empleados, la armonía entre quienes comparten un mismo ambiente laboral y el buen ambiente en la empresa.

http://www.constitucioncolombia.com/titulo-2/capitulo-2/articulo-53

http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1010_2006.html

10. Cada trabajador operativo toma el tiempo de almuerzo en horarios distintos, de acuerdo con sus necesidades personales lo que congestiona la entrega de productos y atención al público por tener jornada de atención continúa

 Resuelva cada caso a partir de la Constitución Política y los principios del derecho. Recuerde las políticas del curso para la evaluación de proceso de aprendizaje durante las tres primeras semanas.

Todos los empleados o trabajadores de una empresa tienen derecho a un tiempo prudente de descanso para almorzar o realizar alguna actividad que no sea laboral en la que quiera invertir este tiempo, recordemos el artículo 25 de la constitución política de Colombia “El trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de la especial protección del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y Justas” básicamente la empresa debe apegarse al Artículo 167 del Código Sustantivo del Trabajo el cual menciona:  Las horas de trabajo durante cada jornada deben distribuirse al menos en dos secciones, con un intermedio de descanso que se adapte racionalmente a la naturaleza del trabajo y a las necesidades de los trabajadores. El tiempo de este descanso no se computa en la jornada.

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