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EL SISTEMA TRIBUTARIO


Enviado por   •  18 de Mayo de 2014  •  1.028 Palabras (5 Páginas)  •  278 Visitas

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EL SISTEMA TRIBUTARIO EN VENEZUELA

VENEZUELA COMO UNOS DE LOS PRINCIPALES PAÍSES EXPORTADORES DE PETRÓLEO OBTENÍA SUS INGRESOS DE ESTE, POR LO QUE NO LE HABÍA TOMADO REAL IMPORTANCIA A LAS TRIBUTACIONES, CONSIDERÁNDOSE COMO UNO DE LOS PAÍSES CON MÁS BAJA CARGA IMPOSITIVA.

EL SENIAT ES EL SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA. ES EL ORGANISMO DEL ESTADO CENTRAL VENEZOLANO QUE SE ENCARGA DE RECOLECTAR LOS IMPUESTOS, TALES COMO EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA) , IMPUESTOS ADUANEROS Y TODOS LOS DEMÁS QUE TIENEN APLICACIÓN A NIVEL NACIONAL. POR OTRO PARTE, EL NO PAGAR LOS TRIBUTOS TRAE COMO CONSECUENCIA VARIAS SANCIONES TALES COMO LA IMPOSICIÓN DE MULTAS, EL CIERRE DE ESTABLECIMIENTOS, DECOMISOS DE MERCANCÍAS, PRIVACIÓN DE LIBERTAD, ETC.; REGIDAS POR LA LEY BIEN SEA POR LA CONSTITUCIÓN NACIONAL O EL CÓDIGO TRIBUTARIO VENEZOLANO

DEFINICIÓN DE LOS TRIBUTOS

SON LAS PRESTACIONES EN DINERO QUE EL ESTADO EXIGE EN EJERCICIO DE SU PODER DE IMPERIO EN VIRTUD DE UNA LEY Y PARA CUBRIR LOS GASTOS QUE LE DEMANDA EL CUMPLIMIENTO DE SUS FINES.

CLASIFICACIÓN DE LOS TRIBUTOS

AL CONSIDERAR LOS INGRESOS DEL ESTADO, SE TIENE LA OCASIÓN DE SEÑALAR DIVERGENCIAS QUE SE ADVIERTEN EN EL CAMPO DOCTRINAL CON RESPECTO A SU CLASIFICACIÓN, DESTACANDO LA RELATIVIDAD DE LOS DIVERSOS CRITERIOS ELEGIDOS AL EFECTO; REFIRIÉNDOSE A TODO LO RELACIONADO A IMPUESTO, TASA Y CONTRIBUCIONES ESPECIALES.

IMPUESTO: OBLIGACIÓN PECUNIARIA, QUE DEBEN CUMPLIR LOS CONTRIBUYENTES SUJETOS A UNA DISPOSICIÓN LEGAL, POR UN HECHO ECONÓMICO REALIZADO SIN QUE MEDIE UNA CONTRAPRESTACIÓN RECÍPROCA POR PARTE DEL ESTADO PERFECTAMENTE IDENTIFICADO CON LA PARTIDA TRIBUTARIA OBLIGADA. EJEMPLO: (ISRL), IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES, (IVA), ENTRE OTROS.

TASA: PROVIENE IMPERATIVAMENTE EN RELACIÓN CON ALGÚN SERVICIO PÚBLICO RESERVADO AL ESTADO, Y QUE A DIFERENCIA DEL CONCEPTO DE IMPUESTO, SI SE IDENTIFICAN LA PARTIDA Y LA CONTRAPARTIDA DE LA VINCULACIÓN TRIBUTARIA. POR EJEMPLO: TIMBRE FISCAL, REGISTRO PÚBLICO, ARANCEL DE ADUANA, ARANCEL JUDICIAL, TASA AEROPORTUARIA.

CONTRIBUCIONES ESPECIALES

EL HECHO QUE LO GENERA ES EL RECIBIMIENTO DE UN BENEFICIO. SU DESTINO ES PARA EL FINANCIAMIENTO DE LA ACTIVIDAD SOCIAL DEL ENTE RECEPTOR. SE IDENTIFICA LA PARTIDA Y LA CONTRAPARTIDA DE LA VINCULACIÓN TRIBUTARIA. POR EJEMPLO: SEGURO SOCIAL OBLIGATORIO, SEGURO DE PARO FORZOSO, INCES, FAOV, ENTRE OTROS.

LOS IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES ESPECIALES, SON TODOS TRIBUTOS CON DESTINOS Y FINES. PARA EL CASO DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, SU APLICACIÓN ESTÁ ORIENTADA DESDE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA (CRBDV) Y REGULADA POR EL CÓDIGO ORGÁNICO TRIBUTARIO (COT).

POTESTAD TRIBUTARIA

ES EL PODER QUE TIENE EL ESTADO PARA CREAR TRIBUTOS, APEGADOS A UN ORDENAMIENTO JURÍDICO CON LO CUAL LA CREACIÓN DE LOS TRIBUTOS NO QUEDA A DISCRECIÓN DEL ESTADO. ESTÁ CONSAGRADA EN LA CONSTITUCIÓN, NO SE PUEDE VENDER NI TRASPASAR, NO SE AGOTA EN EL TRANSCURSO DEL TIEMPO.

LA POTESTAD TRIBUTARIA DE LOS ESTADOS Y MUNICIPIOS SE EJERCERÁ DENTRO DEL MARCO DE COMPETENCIA Y AUTONOMÍA QUE LE SON OTORGADAS POR LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y DEMÁS LEYES

ARTÍCULO 8 : LAS LEYES TRIBUTARIAS FIJARÁN SU LAPSO DE ENTRADA EN VIGENCIA. SI NO LO ESTABLECIERAN, SE APLICARÁN VENCIDOS LOS SESENTA (60) DÍAS CONTINUOS SIGUIENTES A SU PUBLICACIÓN EN LA GACETA OFICIAL.

PRINCIPIOS DEL SISTEMA TRIBUTARIO

PRINCIPIO DE LEGALIDAD

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