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Fuentes Del Derecho Mercantil

yorleni2622 de Enero de 2014

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|Dentro de las múltiples ramas del derecho, el derecho mercantil (también conocido como derecho comercial) es aquella dedicada a regular las relaciones entre las personas, los contratos y las acciones de comercio.

El derecho mercantil forma parte del derecho privado e incluye a todas las normas vinculadas a los comerciantes en referencia al desarrollo de sus labores. A nivel general, podría decirse que es la rama del derecho que ejerce la regulación sobre el ejercicio de las actividades comerciales.

Es importante dejar patente cuáles son las fuentes del citado Derecho Mercantil. En este caso podremos establecer que estas son la ley, la jurisprudencia que es la interpretación que el juez y el resto del orden jurisdiccional realizan de la ley, y también lo que es la costumbre. Este último aspecto podemos decir que emana directamente de lo que son las prácticas que realizan habitualmente los comerciantes

En el caso de España hay que subrayar que el principal documento en esta materia es el Código de Comercio que se estableció en el año 1885. Él se compone de cuatro libros que versan sobre las siguientes materias: comerciantes y comercio en general, contratos de comercio, comerciante marítimo y suspensión de pagos, quiebras y prescripciones.

No obstante, también hay que exponer que en dicho país este tipo de derecho se sustenta en dos reglas o principios fundamentales. Uno de ellos es el poder del Estado para planificar lo que es la actividad económica. Y el segundo de los citados es que se reconoce no sólo el derecho a la libertad de empresa sino también a la propiedad privada.

Es posible distinguir entre dos criterios dentro del derecho mercantil. El criterio objetivo es aquel que se refiere a los actos de comercio en sí mismos. En cambio, el criterio subjetivo está vinculado al individuo que se desempeña como comerciante.

El derecho comercial no es estático, sino que se adapta a las necesidades cambiantes del mercado, las compañías y la comunidad en general. De todas formas, siempre se respetan cinco principios básicos: se trata de un derecho individualista (ya que se centra en los vínculos entre particulares), profesional (protege los intereses de los empresarios), progresivo (cambia con el correr del tiempo), internacionalizado (se integra al comercio global) y consuetudinario (está basado en costumbres).

El derecho mercantil, en definitiva, se encarga de estructurar la organización comercial actual y de fijar las condiciones propias de la normativa jurídica vinculada a los empresarios, tal es la denominación que reciben todos los sujetos que desarrollan actividades vinculadas al comercio.

Los actos de comercio, por su parte, son aquellos que se concretan con la intención de generar y obtener una ganancia o utilidad.

Además de todo lo expuesto es importante también que reconozcamos lo indispensable del Derecho Mercantil en nuestra sociedad ya que ejerce un papel fundamental no sólo en el desarrollo económico sino también en el político y, por supuesto, en el social. Ello lo logra interviniendo directamente en la producción de bienes y servicios que son los encargados de satisfacer las necesidades del ser humano.

Lee todo en: Definición de derecho mercantil - Qué es, Significado y Concepto http://definicion.de/derecho-mercantil/#ixzz2HFrWzUP2

El derecho mercantil.- como conjunto de normas jurídicas que se encarga del estudio de los actos de comercio legalmente calificados como tales y de los comerciantes en el ejercicio de su actividad habitual, es de suma trascendencia en su formación y desarrollo profesional.

Se perfectamente, que en la medida en que te integres al proceso de enseñanza-aprendizaje, con toda la dedicación y esfuerzo requeridos, la recompensa será tu fortalecimiento en áreas de esta disciplina jurídica y por ende, de enmarcar tu perfil conforme a las circunstancias que se te presenten.

Definición.

El Derecho Mercantil es el conjunto de normas jurídicas que se aplican a los actos de comercio legalmente calificados como tales y a los comerciantes en el ejercicio de su profesión.

Sin embargo, la existencia en nuestro sistema jurídico de dos regulaciones: una civil y otra mercantil, nos obliga someramente a entrar al estudio de las relaciones entre ambos derechos y, comprender el campo de aplicación de cada uno de ellos y por ende, la definición que antecede.

Así, dentro del derecho privado, el derecho mercantil, es, frente al derecho civil, un derecho especial, ya que del conjunto de relaciones privadas del hombre, rige singularmente aquellas que constituyen la materia mercantil, en otras palabras, el derecho civil regula las relaciones jurídicas privadas en general, mientras que el derecho mercantil regula una categoría particular de relaciones, personas y cosas; aquellas a las que la ley otorga la calidad de mercantiles.

Asimismo, la separación entre el derecho mercantil y el derecho civil tiene una explicación de carácter histórico, esto es, se originó por la insuficiencia e inadaptabilidad del derecho civil para regular las relaciones nacidas del tráfico comercial.

La controversia sobre la fusión de ambas legislaciones en una, ha dado lugar a brillantes polémicas doctrinales y algunos países como Suiza e Italia las regulan unitariamente.

En México, la polémica sobre el tema de la justificación de la separación legislativa de estas dos ramas del derecho privado, debe detenerse en una razón de orden constitucional.

He aquí su fundamentación:

Mientras que la facultad para legislar en materia de comercio o mercantil es propia el congreso de la unión (Art. 73 frac X de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos), o sea, tiene carácter federal, la facultad para legislar en materia civil corresponde a las legislaturas de los distintos estados de la federación.

Por lo tanto, es imposible constitucionalmente hablando, la unificación de los ordenamientos civiles y mercantiles, en nuestro país.

Ahora bien, cabe señalar, como antecedente, que en 1854 se promulgó el primer código de Comercio Mexicano, conocido como El código de la res, pues su autor fue Don Teoducio Lares.

Recuerden por favor que la materia mercantil es materia federal. Por consiguiente existe un solo código de comercio en toda la república mexicana.

El código de comercio que nos rige, fue promulgado en el año de 1889 y entró en vigor el 1º de enero de 1890. de dicho código (ya casi es un esqueleto), muchos de sus preceptos han sido derogados y han pasado a formar parte de las leyes siguientes:

Ley de Títulos y Operaciones de Crédito (LTOC)

Ley General de sociedades Mercantiles (LGSM)

Ley Sobre el Contrato de Seguro (LCS)

Ley de Quiebras y Suspensión de pagos (LQSP)

Entre otras.

Nota. El artículo 2º del Código de Comercio establece, que a falta de disposiciones del Código en cuestión, son aplicables a los actos de comercio las del derecho común, o sea, el código civil del distrito federal, esto se conoce como aplicación supletoria.

Como comprenderás, existen también Leyes Mercantiles Especiales como:

La Ley Orgánica del Banco de México

Ley de la Comisión Nacional de Valores

Ley General de Instituciones de Crédito y Organizaciones Auxiliares

Ley Orgánica de la Institución Nacional de Crédito

Ley de las Cámaras de Comercio y de las de Industria, entre otras.

CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO MERCANTIL.

Las características del Derecho Mercantil son: Autonomía

Especial

excepcional

La Autonomía del derecho mercantil se funda:

a) En la existencia de un sistema normativo propio: autonomía científica.

b) En las finalidades propias del derecho mercantil: autonomía jurídica y,

c) En la existencia de un conjunto de leyes distintas a las civiles: autonomía legislativa.

Especialidad:

El derecho mercantil, ya con antelación expresamos que es un derecho especial, porque tiene un desenvolvimiento particular sobre las bases dadas por el derecho común (derecho civil), esto se debe a que el derecho mercantil atiende a las exigencias y necesidades del comercio y de la empresa, mientras que el derecho civil atiende a los ciudadanos en sus relaciones patrimoniales y familiares.

Excepcional:

El derecho mercantil es excepcional, porque tiene normas jurídicas propias y además, porque el derecho mercantil es un derecho flexible, en donde la libertad de contratación y de forma, son impuestas por las necesidades comerciales. Es un derecho dinámico, de empresa y de tráfico, en contraposición al formalismo del derecho civil, que resulta incompatible con la movilidad del derecho mercantil.

FUENTES DEL DERECHO MERCANTIL

Por tu curso de fundamentos del derecho, ya sabes lo que es fuente y que las hay: formales, reales e históricas.

Las fuentes del derecho mercantil son: La legislación mercantil

Los usos mercantiles y

La jurisprudencia

La legislación: es el proceso por el cual uno o varios órganos del estado, formulan y promulgan determinadas reglas jurídicas de observancia general, a las que se da el nombre específico de leyes. (Dr. García Maynez).

Los usos mercantiles: son prácticas generales

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