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Iva Disfrazado De Ieps


Enviado por   •  25 de Abril de 2014  •  506 Palabras (3 Páginas)  •  301 Visitas

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“REFORMA DISFRAZA IVA DE IEPS EN ALIMENTOS, BEBIDAS Y OTROS PRODUCTOS

“IVA SE DISFRAZA DE IEPS EN ALIMENTOS, BEBIDAS Y OTROS PRODUCTOS”

Tantos son los temas y críticas respecto a la Reforma Hacendaria y de Seguridad Social presentada en Septiembre 2013, la cual está conformada por una reforma constitucional, 4 nuevas leyes y 17 reformas legales, así como el paquete económico, la iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación y el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal en curso 2014.

Ahora bien, después de las modificaciones realizadas por el Senado, se aprobó y fue devuelto al poder ejecutivo para ahora su oficial publicación y entre tantas reformas y modificaciones que se presentan para este año, he aquí lo más relevante:

Código Fiscal de la Federación.

Una de las disposiciones más importantes es la

Impuesto Sobre la Renta.

La nueva ley del ISR, reduce en un 40% las disposiciones que se venían manejando en ejercicios pasados, con el objetivo de que la complejidad en el pago de este impuesto disminuya considerablemente. En esta nueva ley incrementa de un 30% hasta un 35% como tasa máxima, para las personas con ingresos mayores a $500,000.00 gradualmente. Limita la deducción de prestaciones que sean exentos para el trabajador al 47%, anteriormente estas prestaciones estaban en su totalidad exentas, pero con la “desaparición” del IETU, de alguna forma la autoridad tienen que recaudar por estas prestaciones, así que implementan esta limitante.

El nuevo régimen de incorporación fiscal, incentiva formalizar las operaciones de los negocios informales, aplica sólo a personas físicas que realicen actividades empresariales, que enajenen bienes o presten servicios por los que no requiera para su realización título profesional, con ingresos anuales de hasta 2 millones de pesos y con un periodo de permanencia de 10 años. Anteriormente el régimen de REPECO se diseñó como un esquema simplificado, estaban exentos a conservar comprobantes de sus proveedores y llevaban una contabilidad simplificada, ahora los contribuyentes en este nuevo régimen, para poder continuar con la permanencia por 10 años en este régimen, deberán calcular el impuesto al valor agregado de forma bimestral y efectuar el pago del impuesto a más tardar el día 17 del mes siguiente al bimestre que corresponda, mediante declaración que presentarán a través de los sistemas que disponga el SAT en Internet.

Entre otros puntos relevantes, la deducción por consumos en restaurantes será hasta del 8.5% del monto del consumo y las deducciones personales se limitan 4 SMG anuales o al 10% de los ingresos del contribuyente, lo que resulte menor. La deducibilidad en vales de despensa siempre

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