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JURISPRUDENCIA PENAL


Enviado por   •  29 de Enero de 2015  •  363 Palabras (2 Páginas)  •  156 Visitas

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JURISPRUDENCIA PENAL:

Interponen recurso de casación el juez condenado por delito de retraso malicioso en la administración de justicia, el Ministerio Fiscal y la acusación particular. Alega el condenado, en su recurso, aplicación indebida de la agravante de haber cometido el delito por motivos discriminatorios en razón de la orientación sexual de la víctima. Estima el TS este motivo y señala que en el caso de autos, la discriminación frente a homosexuales carece de sustantividad separable de la conducta típica del delito, por ello la acumulación de la penalidad por agravación a la correspondiente al tipo básico implicaría penar doblemente unos mismos elementos fácticos. Por su parte, el Ministerio Público, alega aplicación indebida del art. 449 CP del 95 en vez de los arts. 446.3 y 74 CP delito continuado de prevaricación judicial. Acoge la Sala tal impugnación, que coincide con la que hace en su recurso la acusación particular, al entender que el acusado adoptó en el expediente de jurisdicción voluntaria una pluralidad de acuerdos intencionada e injustamente retardatorios, sin embargo, la pluralidad de actos no lleva a entender que haya varios delitos o un delito continuado sometido a las normas del art. 74 CP, pues desde la perspectiva típica, se trata de un solo hecho, aunque con desarrollo fragmentado.

JURISPRUDENCIA LABORAL

La negativa del trabajador a la reincorporación a su puesto de trabajo supone dimisión.

STS, Sala 4ª, 7/12/2009. Ponente López García de la Serrana, D. José Manuel

Válida retracción empresarial de la decisión de despido durante el período de preaviso.

Recurre en casación para la unificación de doctrina la empresa demandada frente a sentencia que rechazó la existencia de dimisión y consideró improcedente el despido. Para la Sala, es válida la decisión empresarial de retractarse del despido, al producirse durante el plazo de preaviso y, por tanto, cuando el contrato estaba todavía vigente y continuaba la prestación de servicios. Según el Alto Tribunal, como el contrato permanece vivo mientras el despido no se hace efectivo, la retractación produce como efecto principal el que el contrato no llegue a extinguirse, de forma que la negativa del trabajador a reincorporarse tras el aviso de que el contrato seguía vigente a todos los efectos, constituye dimisión y no despido.

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