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LINEAMIENTOS PARA LA VENTA DE ANTIBIOTICOS


Enviado por   •  13 de Septiembre de 2015  •  Informes  •  415 Palabras (2 Páginas)  •  261 Visitas

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LINEAMIENTOS PARA LA VENTA DE ANTIBIOTICOS

En México los antibióticos se encuentran entre los medicamentos que más se consumen, representando el segundo lugar de ventas en farmacias a nivel nacional. Algunos de los problemas que se relacionan con este alto consumo son: la auto prescripción y su dispensación inapropiada en farmacias.

El mayor número de reportes de reacciones adversas a medicamentos 40% en la población mexicana, se atribuyen al consumo de antibióticos; debido a esto es importante que los antibióticos se suministren sólo bajo prescripción médica, a fin de evitar la automedicación y la generación de cepas bacterianas resistentes a la efectividad de los medicamentos.

Por lo anteriormente escrito la venta y dispensación de antibióticos deberá de llevarse a cabo única y exclusivamente contra la exhibición de la receta médica correspondiente, la cual deberá de cumplir con los siguientes requisitos: nombre, domicilio y número de cédula profesional de quien prescribe, así como llevar la fecha y la firma autógrafa del emisor; denominación genérica y/o distintiva del medicamento, dosis, presentación, vía y frecuencia de administración y tiempo de duración del tratamiento. Si a la receta médica le falta alguno de los requisitos mencionados no deberá de venderse el medicamento.

En el establecimiento se cuenta con una bitácora en donde se deberán de registrar los siguientes datos:

1.- Fecha de adquisición del medicamento.

2.- La fecha de venta, dispensación o desechamiento del antibiótico.

3.- La denominación distintiva del antibiótico del que se trate y/o denominación genérica en caso necesario.

4.- La presentación del antibiótico.

5.- La cantidad adquirida, vendida, dispensada o desechada.

6.- Nombre del que prescribe la receta, número de cédula profesional y domicilio, esto aplicará cuando no sea retenida la receta, en caso de retención de la misma, puede prescindirse de estos tres datos pero deberá hacerse referencia a la receta retenida, mediante un número consecutivo que correlacione el registro y la receta respectiva.

Toda receta retenida y su registro correspondiente deberán de conservarse por un período de 365 días naturales.

Cada vez que se surta el antibiótico, deberá sellarse la receta indicando en ella la cantidad vendida y la fecha de la venta. Al momento de agotarse la cantidad de antibióticos prescrita, deberá de retenerse la receta por el establecimiento.

La receta deberá de surtirse únicamente dentro del tiempo de duración del tratamiento indicado

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