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Legislación Comercial Y Tributaria

salamancav1875 de Junio de 2014

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UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA Y A DISTANCIA UNAD

Escuela de Ciencias Básicas Tecnología e Ingeniería

LEGISLACIÓN COMERCIAL Y TRIBUTARIA

JENNIFER EHEVERRÍA HERNÁNDEZ

INTEGRANTE

JENNY-E2005@HOTMAIL.COM

TUTOR

EDGAR QUIROGA

SANTA MARTA MAGDALENA

2012

NOMBRE DEFINICIÓN EJEMPLOS DIFERENCIA

NACIONALES Son aquellos gravámenes dirigidos completamente por el poder ejecutivo en manos del presidente de la República después de haberse sometido en consideración del congreso y su posterior sanción.

Impuesto de Renta y Complementarios.

Ventas

Comercio Exterior

ACPM Son obligatorios

Quien recibe el impuesto es la Nación

DEPARTAMENTALES Son gravámenes establecidos por las asambleas departamentales a través de sus ordenanzas. Soportado sobre la base de una ley de la República Podemos citar algunos

El impuesto e registro y control

venta de licores nacionales y extranjeros

consumo de cerveza nacional y extranjera

premios y loterías Son obligatorios.

Quien recibe el impuesto es el Departamento

MUNICIPALES Son gravámenes establecidos a través de los acuerdos municipales emanadas de los concejos municipales o distritales. El predial unificado

Industria y comercio

El de juegos permitidos

El de venta por sistema de club Son obligatorios.

Quien recibe el impuesto es el municipio o el Distrito

IMPUESTOS Son las prestaciones en dinero o en especie y que son exigidas de forma obligatoria por el Estado, fundamentada en su soberanía. Es el impuesto más importante tributo que percibe el estado y le sirve para cubrir el gasto público El impuesto de Renta

El impuesto del IVA

El impuesto de timbre Nacional Obligatorio

A quien se le imputa el impuesto no puede percibir contraprestación alguna por la cancelación del tributo

TASAS Este tributo es la contraprestación que se paga en dinero por un servicio que un individuo utiliza para su provecho Un bien público No son obligatorias, pues a nadie se le puede imponer que utilice un servicio

CONTRIBUCIONES ESPECIALES Es una compensación pagada y cuyo objetivo principal es generar beneficios de un grupo social por la culminación de una obra pública Cuando se construye una obra pública, estación de transmilenio, de esta forma se revaloriza los terrenos de las personas que conviven en el sector. Quien lo paga no recibe el beneficio de forma individual sino de forma colectiva.

APORTES PARAFISCALES Son los tributos que se pagan a un determinado y único grupo social y económico Las cotizaciones a la seguridad social

ICBF

SENA Son obligatorios

Se destinarán sólo al objeto previsto en ella.

2. Cine Colombia ostenta la calidad de exhibidor de películas como quiera que tiene salas de cine en todo el País por medio de las cuales exhibe las diferentes producciones cinematográficas. Cada vez que Cine Colombia vaya a exhibir una película extranjera deberá aportar al Fondo para el Desarrollo Cinematográfico (FDC), el 8.5% de sus ingresos netos por dicha película, es decir, después de descontar los ingresos sobre las respectivas boletas.

Señale los elementos integrantes del tributo:

Sujeto Activo: Fondo para el Desarrollo Cinematográfico

Sujeto Pasivo: Cine Colombia

Hecho Generador: Películas Extranjeras

Base Gravable: Depuración Normal

Tarifa: 8.5%

Bibliografía

Módulo de Legislación Comercial

Webgrafías

www.maixmail.com

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