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NIF C-5 Pagos Anticipados


Enviado por   •  29 de Noviembre de 2013  •  Exámen  •  664 Palabras (3 Páginas)  •  577 Visitas

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NIF C-5 Pagos Anticipados

La estructura de la NIF C-5 se compone de los párrafos 10.1 al 80.4, los que se encuentran distribuidos en los apartados siguientes: Objetivo; Alcance; Definición de términos; Normas de valuación; Normas de presentación; Normas de revelación; Vigencia y Transitorios. Contiene además las bases para conclusiones. Los primeros son, desde luego, normativos en tanto que las últimas no lo son.

El contenido de la NIF C-5 difiere notablemente con el del antiguo Boletín C-5 (sin efectos a partir del 1 de Enero de 2011). Un cambio destacable es que la NIF, a diferencia del anterior Boletín, contiene además de las reglas de valuación y de presentación, las reglas de revelación. Estas reglas son las que determinan de manera específica la información a revelar acerca de los pagos anticipados: su desglose; las políticas contables para su reconocimiento y las pérdidas por deterioro, así como las reversiones, en su caso, de pérdidas por deterioro.

Una mención aparte requiere la parte normativa acerca de la pérdida por deterioro toda vez que este concepto era privativo, casi exclusivamente, de los activos de larga duración. Hoy la NIF C-5 (así como otras normas) lo incluye en su parte normativa (párrafos 46.3.1 al 46.3.3) para establecer claramente las principales circunstancias que dan lugar al tratamiento contable de una pérdida por deterioro y su reconocimiento en el resultado del periodo en que ocurra. Pero también establece las principales circunstancias que, eventualmente, darían lugar a una reversión del tratamiento de pérdida por deterioro y desde luego, al reconocimiento en el resultado del periodo de dicho reversión; significa por lo tanto, que este caso no admite un reconocimiento retrospectivo sino que debe ser prospectivo.

Es conveniente señalar que la NIF C-5 excluye de su ámbito normativo el tratamiento contable de ciertas partidas que ya se encuentran normadas en otras NIF; estas son: los anticipos de impuestos a la utilidad ya incluidos en la NIF D-4. El activo neto proyectado derivado de un plan de beneficios a los empleados ya incluidos en la NIF D-3 y los intereses pagados por anticipado, cuyo reconocimiento se incluye en las normas relativas a arrendamientos, pasivos e instrumentos financieros.

En relación a la convergencia de la NIF C-5 con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), es necesario hacer mención que en el conjunto de las NIIF no se ha emitido una norma sobre pagos anticipados. Sin embargo, de acuerdo con una cita expresa contenida en el párrafo IN8 “…..el contenido de la NIF C-5 no se contrapone con lo establecido en el Marco Conceptual ni con las normas particulares de la normatividad internacional en la que de alguna forma se trate dicho tema”.

En lo general, los cambios más importantes a la NIF C-5 son el establecimiento de una clasificación para los pagos anticipados,

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