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NORMAS INTERNACIONALES DE CONTABILIDAD

brandhuTrabajo19 de Noviembre de 2012

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NORMAS INTERNACIONALES DE CONTABILIDAD

ANTECEDENTES DE NEGOCIOS

En un mundo en el que los avances tecnológicos están produciendo mejoras asombrosas en las comunicaciones, él publico se esta haciendo mas internacional en cuanto a sus expectativas; por lo que el uso de los Estados Financieros como un medio de comunicación por las compañías se ha incrementado constantemente.

Los inversionistas en los mercados internacionales necesitan asegurarse de que la información en la que ellos basan sus evaluaciones ha sido producida utilizando los principios de contabilidad reconocidos en su propio país y comparables con otros sin considerar el país de origen.

Antecedentes de la comisión de Normas Internacionales de Contabilidad (CNIC)

Fundada en junio de 1973 como resultado de unos convenios entre los organismos contables de Australia, Canadá, Francia, Alemania, Japón México, Holanda, El reino Unido y los EUA.

Publica el texto aprobado de las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC´s)

Son miembros los organismos contables de cerca de 70 países que representan a hombres y mujeres que ejercen actividad en todo el mundo en la contaduría pública como auditores independientes.

En 1981 se estableció que la CNIC tiene total y completa autonomía en el establecimiento de normas internacionales y documentos para comentarios sobre temas internacionales contables.

Función y Objetivos

La función es contribuir al desarrollo y adopción de principios de contabilidad que sean relevantes, balanceados e internacionalmente comparables y fomentar su observación en la presentación de estados financieros.

Objetivos:

a) Formular y publicar normas de contabilidad a ser observadas en la presentación de los estados financieros.

b) Trabajar para el mejoramiento y armonización de las reglamentaciones relativas a la presentación de E.F.

Desarrollo de un enfoque común Internacional

Formas de contribuir al consenso internacional:

a) Para evitar el desarrollo de soluciones incompatibles, la CNIC ha solicitado a los organismos miembros que la inviten a participar siempre que dos o mas países que no comparten una legislación se propongan establecer conversaciones sobre normas de contabilidad.

b) Cuando las normas de contabilidad no han sido previamente establecidas las NIC´s se adoptan como las normas propias de ese país.

c) Los principios establecidos en las NIC´s se adoptan como base para una norma nacional garantizando calidad y compatibilidad.

d) Cuando ya existen las normas nacionales pueden compararse para eliminarse cualquier diferencia importante.

Las NIC´s deben establecer los principios de los temas evitando los detalles que se requieren para una norma nacional.

Estructura Operativa

Existe la necesidad de involucrar en el proceso de establecimiento de normas a tantas partes interesadas como sea práctico; reconoce la necesidad de ser completamente representativo.

Enlace con organismos nacionales emisores de normas

Los organismos nacionales encargados del establecimiento de las normas son visitados por delegaciones de la CNIC para comentar los diversos problemas de implementación y armonización de las normas.

Reconocimiento y apoyo a la CNIC

Ni la CNIC ni la profesión contable tienen la fuerza suficiente para forzar la aceptación internacional ni para requerir el cumplimiento de las NIC´s. El éxito depende del reconocimiento y apoyo de grupos interesados.

Reconocimiento:

• Organismos Internacionales representantes de instituciones financieras

• Las naciones Unidas

Apoyo:

• Federación Internacional de contadores

• Casas de Bolsa Nacionales

• Grupos regionales de contadores

Alcance de las Normas

Cualquier limitación en la aplicabilidad se aclara en los pronunciamientos sobre esas normas. No se propone que se apliquen a partidas de poca importancia y amenos que se indique lo contrario no es retroactiva.

Idioma

El texto aprobado de cualquier proyecto para comentarios o normas es el publicado por la CNIC en el idioma inglés. Los miembros tienen la responsabilidad bajo la autoridad del consejo de preparar traducciones.

NORMAS INTERNACIONALES DE CONTABILIDAD

1. Revelación de políticas contables

2. Valuación y presentación de los inventarios en el contexto del sistema de costos Históricos

3. E.F. Consolidados

4. Contabilización de la depreciación

5. Información que debe revelarse en los E.F.

6. (Cambiada por la NIC 15)

7. Estado de cambio en la situación financiera

8. Partidas no usuales y de periodos anteriores y cambios en políticas de contabilidad

9. Contabilización de las actividades de investigación y desarrollo

10. Contingencias y sucesos que ocurren después de la fecha del balance

11. Contabilización de contratos de construcción

12. Tratamiento contable del ISR

13. Presentación de activos circulantes y pasivos circulantes

14. Información financiera por áreas

15. Información que refleja los efectos de los precios cambiantes

16. Contabilización de propiedad, planta y equipo

17. Contabilización de los arrendatarios

18. Reconocimiento de los ingresos

19. Contabilización de los beneficios por retiro en los E.F. de los patrones

20. Contabilización de las concesiones del Gobierno y revelación de Asistencia Gubernamental

21. Tratamiento de los efectos en las variaciones en tipos de cambio de moneda extranjera

22. Contabilización de las combinaciones de negocios

23. Capitalización de los costos de financiamiento

24. Revelación de las partes relacionadas

25. Tratamiento contable de las inversiones

26. Tratamiento contable e informes de los planes de jubilación

27. E.F. consolidados Contabilización de inversiones subsidiarias

28. Contabilización de inversiones asociadas

29. La información Financiera en Economías Hiperinflacionarias

30. Revelación en los E.F. de Bancos y otras instituciones Financieras similares

Informes financieros de los intereses en Asociaciones en participación.

COMISION DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE AUDITORIA (CONPA)

ORIGEN:

Denomina de así desde octubre de 1971, la cual fue establecida en el año de 1955, con el propósito fundamental de determinar los procedimientos de auditoria recomendables para el examen de los estados financieros que sean sometidos a la opinión del contador publico.

OBJETIVOS:

En agosto de 1971, dicho propósito fue ampliado a cuatro objetivos principales que se conservan a la fecha y que son:

a) Determinar las normas de auditoria a que deberá sujetarse el contador publico independiente que emite dictámenes para terceros, con el fin de confirmar la veracidad, pertinencia o relevancia y suficiencia de información de su competencia.

b) Determinar procedimientos de auditoria para el examen de los estados financieros que sean sometidos a dictamen de contador publico.

c) Determinar procedimientos a seguir en cualquier trabajo de auditoria, en sentido amplio, que lleve a cabo el contador publico cuando actúa en forma independiente

d) Hacer las recomendaciones de índole practica que resulten necesarias como complemento de los pronunciamientos técnicos de carácter general emitidos por la propia Comisión, teniendo en cuenta las situaciones particulares que con mayor frecuencia se presentan a los auditores en la practica de su profesión.

INTEGRACION DE LA COMISION:

Los integrantes de esta Comisión serán propuestos a la membresia por el Comité Ejecutivo Nacional del Instituto, con la indicación de quienes ocuparan los puestos de presidente y secretario, con el objeto de que haga uso de su derecho de veto, conforme a un procedimiento establecido en el reglamento correspondiente.

Una vez satisfecho este requisito, se precederá a hacer la designación oficial de sus miembros, quienes desempeñaran sus cargos durante un periodo de dos años.

Para ser miembro de la Comisión, se deberán reunir ciertos requisitos de calidad, que se señalan a continuación:

• Gozar de prestigio profesional en el desempeño de sus actividades

• Tener cuando menos seis años de desempeño profesional

• Ser el responsable del área técnica o tener una posición destacada en la entidad en que se desarrolle.

• Ser socio de la firma a que pertenezca en el desempeño de la contaduría publica independiente

• Haber actuado como expositor o conferenciante en cursos o seminarios o haber sido profesor en instituciones de enseñanza en donde imparta la carrera de contaduría publica.

No se aplicaran estos requisitos cuando el Comité Ejecutivo Nacional proponga como miembros de la Comisión a personas que no sean Contadores públicos o que no tengan el carácter de socios del Instituto, así como a entidades de cualesquiera índoles que por la especialidad de actividades que lleven a cabo. Los

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