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Proceso De Creación E Inscrpción De Una Sociedad Mediante El Trámite Integral En El Centro Nacional De Registros De El Salvador


Enviado por   •  13 de Octubre de 2012  •  7.349 Palabras (30 Páginas)  •  747 Visitas

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PROCESO DE CREACIÓN E INSCRIPCIÓN DE UNA SOCIEDAD MEDIANTE EL TRÁMITE INTEGRAL EN EL REGISTRO DE COMERCIO

A. TRÁMITES DE INICIO

Paso N° 1: Solicitar información y formularios para la inscripción

Entidad a cargo: Registro de Comercio.

Unidad a cargo: Ventanillas 9, 10 y 11 de Asesoría al cliente.

Dirección: 1° Calle Poniente y 43 Avenida Norte N° 2310, San Salvador.

Este proceso es gratuito y permitirá obtener la siguiente información:

1) Listado de requisitos para inscribir a sociedad.

2) Solicitud de matrícula de empresa y registro de local, sucursal o agencia para persona jurídica.

3) Formulario de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes (RUC).

4) Solicitud de asignación y autorización de correlativo para la emisión de documentos legales.

5) Aviso de inscripción de patrono en el ISSS.

6) Registro de firmas para el ISSS.

7) Formulario de inscripción en el Ministerio de Trabajo.

8) Mandamiento de pago.

Paso N° 2: Verificar disponibilidad del nombre de la sociedad (Opcional)

Entidad a cargo: Registro de Comercio.

Unidad a cargo: Ventanillas 1 y 2.

Dirección: 1° Calle Poniente y 43 Avenida Norte N° 2310, San Salvador.

Este servicio también es gratuito y es necesario indicar que El Registro de Comercio no necesariamente entrega una constancia escrita del resultado de la verificación. Esta consulta no garantiza el derecho para el uso del nombre que identificará a la sociedad. La ley no establece que deba de llevarse a cabo una búsqueda para verificar la disponibilidad de la denominación social, pero establece que la denominación debe de ser distinta a una existente, es por ello que se recomienda hacer esta búsqueda.

Normas que regulan este trámite:

• Artículos 73, 94,101, 191, 297 del Código de Comercio de El Salvador.

Art. 73.- La sociedad colectiva se constituirá siempre bajo razón social la cual se formará con el nombre de uno o más socios, y cuando en ella no figuren los de todos, se le añadirán las palabras "y compañía", u otras equivalentes, por ejemplo: "y hermanos".

Art. 94.- La sociedad en comandita simple se constituye siempre bajo razón social, la cual se formará con el nombre de uno o más comanditados y cuando en ella no figuren los de todos éstos se le añadirán las palabras "y compañía", u otras equivalentes. A la razón social se le agregarán siempre las palabras "Sociedad en Comandita" o su abreviatura "S. en C.". Si se omite este requisito, la sociedad se considerará como colectiva.

Art. 101.- La sociedad de responsabilidad limitada puede constituirse bajo razón social o bajo denominación. La razón social se forma con el nombre de uno o más socios. La denominación se forma libremente, pero debe ser distinta a la de cualquier sociedad existente.

Art. 191.- La sociedad anónima se constituirá bajo denominación, la cual se formará libremente sin más limitación que la de ser distinta de la de cualquiera otra sociedad existente e irá inmediatamente seguida de las palabras: "Sociedad Anónima", o de su abreviatura "S.A.". La omisión de este requisito acarrea responsabilidad ilimitada y solidaria para los accionistas y los administradores.

Art. 297.- La sociedad en comandita por acciones se constituye bajo una razón social que se forma con los nombres de uno o más socios comanditados, seguidos de las palabras "y compañía" u otras equivalentes. A la razón social se agregarán las palabras "sociedad en comandita" o su abreviatura "S. en C".

Paso N° 3: Emitir cheque para el aporte del capital inicial

Entidad a cargo: Bancos autorizados por la Superintendencia del Sistema Financiero.

Unidad a Cargo: Agencias bancarias.

Información y Documentos a suministrar:

1) Cheque a favor de la sociedad (original).

2) Solicitud de certificación o emisión de un cheque de caja (original, solo en caso de que quien emita el cheque no posea una cuenta corriente en un banco local).

Información y Documentos obtenidos:

1) Cheque certificado a favor de la sociedad.

El capital inicial mínimo para constituir las sociedades anónimas, de responsabilidad limitada y en comandita por acciones es de US$2,000.00 y debe pagarse como mínimo:

1. El 5% al constituirse la sociedad y

2. El 95% restante en un plazo máximo de 1 año.

Para la emisión del cheque, el usuario tiene las siguientes opciones:

1. Al tener una cuenta corriente en un banco local, podrá emitir desde esa cuenta un cheque a nombre de la sociedad, el cual deberá ser certificado por el banco.

2. Al no tener una cuenta corriente en un banco local, deberá remesar el dinero al banco de su elección y solicitar la emisión de un cheque de caja, estos no requieren ser certificados.

Normas que regula este trámite:

• Art. 106 del Código de Comercio.

Art. 106.- Al constituirse la sociedad, el capital deberá estar íntegramente suscrito. Podrá exhibirse como mínimo el cincuenta por ciento del valor de cada participación social, pero nunca la suma de los aportes hechos podrá ser inferior a diez mil colones.

El pago en efectivo debe acreditarse ante el Notario que autoriza la escritura social con el resguardo de depósito en una institución bancaria. El Notario relacionará en el instrumento los datos que identifiquen el resguardo.

Los que suscriben el contrato social

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