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Qué es la Retención de ICA


Enviado por   •  24 de Enero de 2014  •  Tesis  •  2.378 Palabras (10 Páginas)  •  351 Visitas

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1. Qué es la Retención de ICA

Es el pago anticipado del impuesto de Industria y Comercio efectuado por el vendedor y descontado por el comprador en el momento de pagar, causar las facturas o cuentas de cobro.

2. Tarifas de RETEICA en Bogotá:

3. Cuentas dónde se registra el RETEICA:

Cuando la empresa retiene: 2368 Impuesto de Industria y Comercio retenido.

Cuando a la empresa le retienen: 1355 Anticipo de impuestos y contribuciones

4. Sistema de valuación de Inventarios:

Con frecuencia, los precios sufren variaciones en cada compra de mercancías que se hace durante el ciclo contable. Esto dificulta al contador el fácil cálculo del costo de las mercancías vendidas y el costo de las mercancías disponibles. Existen varios métodos que ayudan al contador a determinar el costo del inventario final. Se recomienda seleccionar el que brinde a la empresa la mejor forma de medir la utilidad neta del período económico y el que sea más conveniente a los efectos fiscales.

Existen dos buenos sistemas para calcular los inventarios, el sistema periódico y el sistema permanente. En el sistema periódico, cada vez que se hace una venta sólo se registra el ingreso devengado; es decir, no se hace ningún asiento para acreditar la cuenta de inventario o la de compra por el monto de la mercancía que ha sido vendida. Por lo tanto, el inventario sólo puede determinarse a través de un conteo o verificación física de la mercancía existente al cierre del período económico. Cuando los inventarios de mercancías se determinan sólo mediante el chequeo físico a intervalos específicos, se dice que es un inventario periódico. Este sistema de inventario es el más apropiado para las empresas que venden gran variedad de artículos con alto volumen de ventas, y un costo unitario relativamente bajo; tales como supermercados, ferreterías, zapaterías, perfumerías, etc.

El sistema de inventario permanente o continuo, a diferencia del periódico, utiliza registros para reflejar continuamente el valor de los inventarios. Los negocios que venden un número relativamente pequeño de productos que tienen un elevado costo unitario, tales como equipos de computación, vehículos, equipos de oficina y del hogar, etc., son los más inclinados a utilizar un sistema de inventario permanente o continuo.

5. Tarjeta Kárdex:

Es un documento, tarjeta o registro utilizado para mantener el control de la mercadería cuando se utiliza el método de permanencia en inventarios, con este registro podemos controlar las entradas y salidas de las mercaderías y conocer las existencias de todos los artículos que posee la empresa para la venta.

6. Contrato de trabajo:

Contrato de trabajo es aquél por el cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal a otra persona natural o jurídica, bajo la subordinación de la segunda y mediante remuneración. (Art. 22 C.S.T).

7. Clases de contrato de trabajo:

Tiempo indefinido: Las partes desconocen, a priori, cual va a ser la duración de la relación laboral y pactan que sus prestaciones se prolonguen sin límite en su duración. Si la duración del contrato es superior al año, la parte que desee extinguirlo, deberá notificarlo a la otra parte con una antelación mínima de 15 días. Atendiendo a la causa de la extinción del contrato el trabajador tendrá derecho o no a indemnización

Indefinidos o Temporales Bonificados: Están dirigidas fundamentalmente a determinados colectivos de trabajadores con dificultades en su integración en el mercado laboral.

Tiempo parcial: Se celebra cuando se haya acordado la prestación de servicios durante un número de horas al día, a la semana, al mes o al año, inferior a la jornada de trabajo de un trabajador a tiempo completo comparable, o en su defecto, a la jornada a tiempo completo establecida en el Convenio Colectivo de aplicación, o a la jornada ordinaria máxima legal

Fijo Discontinuo: Se concertará para realizar trabajos que tengan el carácter de fijos-discontinuos y no se repitan en fechas ciertas, dentro del volumen normal de actividad de la empresa. Los trabajadores fijos-discontinuos serán llamados en el orden y la forma que se determine en los respectivos Convenios Colectivos, pudiendo el trabajador, en caso de incumplimiento, reclamar en procedimiento de despido ante la jurisdicción competente, iniciándose el plazo para ello desde el momento en que tuviese conocimiento de la falta de convocatoria.

De obra o Servicio Determinado: Tiene por objeto la realización de una obra o servicio con autonomía y sustantividad propias dentro de la actividad de la empresa, y cuya ejecución, aunque limitada en el tiempo, es en principio de duración incierta. Los Convenios Colectivos podrán identificar aquellos trabajos o tareas con sustantividad propia dentro de la actividad normal de la empresa que puedan cubrirse con contratos de esta naturaleza.

Por circunstancias de la producción: Se celebra para atender exigencias circunstanciales del mercado, acumulación de tareas o excesos de pedidos, aún tratándose de la actividad normal de la empresa. En este contrato de trabajo debe constar con precisión y claridad la causa o circunstancia que lo justifique y además el carácter de la contratación, el tiempo de su vigencia y el trabajo a desarrollar. Debe formalizarse por escrito aquél cuya duración sea superior a cuatro semanas y en aquellos casos que se concierte a tiempo parcial. Su duración máxima será de 6 meses dentro de un período de 12 meses.

De Interinidad: Es el que se celebra con el objeto de sustituir a trabajadores con derecho a reserva del puesto de trabajo o para cubrir temporalmente un puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción para su cobertura definitiva. El contrato de trabajo de interinidad debe formalizarse siempre por escrito y debe especificar con precisión y claridad el carácter de la contratación, identificar al trabajador sustituido y la causa de la sustitución y, en su caso, el puesto de trabajo cuya cobertura definitiva se producirá tras el proceso de selección externa o promoción interna, así como especificar suficientemente la circunstancia que determina su duración, la duración del contrato así como el trabajo a desarrollar.

De Relevo: Se concierta con un trabajador inscrito como desempleado en la correspondiente Oficina de Empleo o que tuviese concertado

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