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RESEÑA DE LA LEY DE AVIACIÓN CIVIL


Enviado por   •  7 de Marzo de 2016  •  Reseñas  •  484 Palabras (2 Páginas)  •  437 Visitas

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RESEÑA DE LA LEY DE AVIACIÓN CIVIL

Art. 1: El objeto de este ordenamiento es reglamentar la Ley de Aviación civil.

Art. 2: Terminologías:

RECIPROCIDAD REAL Y EFECTIVA: Asegura un intercambio igualitario y equivalente.

COMERCIALIZACIÓN: Ofrece la posibilidad de contratar un servicio.

CABOTAJE: Transporte aéreo mediante remuneración y contraprestación onerosa.

LEY: Ley de Aviación Civil.

SECRETARIA: Secretaria de Comunicaciones y Transporte.

OPERADOR AÉREO: Propietario ó poseedor de aeronave.

REGLAS DE TRANSITO AÉREO: disposiciones emitidas por la Secretaria para establecer condiciones de funcionamiento y operación de navegación aérea.

Art. 5: El servicio de transporte aéreo no regular es de pasajeros, carga, correos ó combinación de éstos; y se clasifican en : taxi aéreo, de fletamento, ambulancia aérea, servicios no regulares y atención al desarrollo tecnológico. Se deberá de publicar en el Diario Oficial de la Federación las regiones con mayor densidad de pasajeros, ya no que estarán sujetos a permisos, pero no a rutas, itinerarios y frecuencias fijos.

Art. 7: La modalidad de fletamento es aquella en la que el permisionario pone a disposición del fletador la capacidad útil, total ó parcial de una ó más aeronaves con el personal técnico aeronáutico de vuelo.

Art. 9: La modalidad de Ambulancia Aérea  deberá estar destinada al traslado y atención de personas enfermas desde un punto del territorio nacional a otro o varios puntos del territorio nacional y deberá realizarse en aeronaves que cuenten con servicios médicos a bordo.

Art. 10: Habla lo mismo que el Art. 5, pero a nivel manejándose en el extranjero.

Art. 11: La modalidad de taxi aéreo el permisionario mexicano debe prestar el servicio desde uno o diversos del territorio nacional a un punto en el extranjero y desde un punto en el extranjero hacia uno o diversos puntos en territorio nacional, expresamente determinados en el permiso correspondiente.

Art. 18: Son los requisitos para obtener la concesión para prestación de servicio público de transporte aéreo internacional.

Art. 20: Para el inicio de operaciones el concesionario debe de presentar ante la secretaria:

Documentos acreditadores de la legal procedencia de la aeronave.

Certificados de matrícula y aeronavegabilidad, en caso de operar con matricula extranjera.

Documentos acreditadores de cumplimiento de requisitos técnicos  como en materia de protección al ambiente de acuerdo con las normas mexicanas.

Art. 21: El concesionario requiere la autorización de la Secretaria para operar en los  horarios que determinen por escrito los administradores aeroportuarios.

Art. 23: El concesionario requiere autorización de la Secretaria para realizar secciones extras de los vuelos.

Art. 32: El cabotaje no podrá ser realizado por permisionarios extranjeros en territorio nacional.  

Art. 48: Tarifa por el servicio aéreo.

Art. 49: Los concesionarios ó permisionarios deben de establecer tarifas en condiciones igualitarias para los usuarios.

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