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REGLAMENTO DE LA LEY DE AVIACION CIVIL


Enviado por   •  25 de Septiembre de 2014  •  1.976 Palabras (8 Páginas)  •  533 Visitas

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REGLAMENTO DE LA LEY DE AVIACIÓN CIVIL

CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN

Secretaría General

Secretaría de Servicios Parlamentarios

Última Reforma DOF 14-03-2014

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REGLAMENTO DE LA LEY DE AVIACIÓN CIVIL

Nuevo Reglamento publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de diciembre de 1998

TEXTO VIGENTE

Última reforma publicada DOF 14-03-2014

Nota de vigencia: Las reformas a los artículos 44, 47, párrafo segundo y 109, fracción IX, publicadas por

Decreto DOF 14-03-2014, entrarán en vigor de conformidad con lo que dispone el artículo Segundo Transitorio de

dicho Decreto.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la

República.

ERNESTO ZEDILLO PONCE DE LEÓN, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de

la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos, y con fundamento en los artículos 34 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública

Federal, y 1, 3, 5 a 7, 9 a 12, 14 a 30, 32 a 36, 38 a 43, 48 a 52, 55 a 72, 74 a 77, 79 a 81, 83, 84, y 89 de

la Ley de Aviación Civil, he tenido a bien expedir el siguiente

REGLAMENTO DE LA LEY DE AVIACIÓN CIVIL

Título Primero

Disposiciones generales

ARTÍCULO 1. El presente ordenamiento tiene por objeto reglamentar la Ley de Aviación Civil, sin

perjuicio de lo dispuesto en los tratados internacionales de los que los Estados Unidos Mexicanos sea

parte.

ARTÍCULO 2. En adición a lo establecido por el artículo 2 de la Ley de Aviación Civil, para los efectos

de este Reglamento se entenderá por:

I. Reciprocidad real y efectiva: principio que el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos emplea

en las negociaciones internacionales, que permite establecer y asegurar un intercambio

igualitario y equivalente en cuanto a las condiciones de operación de los servicios de transporte

aéreo con otro Estado;

II. Comercialización: acto mediante el cual el concesionario o permisionario ofrece al público usuario

la posibilidad de contratar un servicio de transporte aéreo de pasajeros, carga o correo, a cambio

de una contraprestación;

III. Cabotaje: el transporte aéreo mediante remuneración o cualquier otro tipo de contraprestación

onerosa, de pasajeros, carga, correo o una combinación de éstos, entre dos o más puntos en

territorio nacional;

IV. Ley: la Ley de Aviación Civil;

V. Secretaría: la Secretaría de Comunicaciones y Transportes;

REGLAMENTO DE LA LEY DE AVIACIÓN CIVIL

CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN

Secretaría General

Secretaría de Servicios Parlamentarios

Última Reforma DOF 14-03-2014

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VI. Operador aéreo: el propietario o poseedor de una aeronave de Estado, de las comprendidas en

el artículo 5., fracción II, inciso a) de la Ley, así como de transporte aéreo privado no comercial,

mexicana o extranjera, y

VII. Reglas de tránsito aéreo: aquellas disposiciones emitidas por la Secretaría para establecer las

condiciones de funcionamiento y operación de la navegación aérea, así como las reglas del aire.

Título Segundo

Del transporte aéreo

Capítulo I

De los servicios al público de transporte aéreo

Sección primera

Del servicio público de transporte aéreo nacional regular

ARTÍCULO 3. El servicio público de transporte aéreo nacional regular es de pasajeros, carga, correo o

una combinación de éstos, está sujeto a concesión y a las rutas nacionales, los itinerarios y las

frecuencias fijos, así como a las tarifas registradas y a los horarios autorizados conforme a lo dispuesto

por el artículo 21 de este Reglamento.

Sección segunda

Del servicio de transporte aéreo internacional regular

ARTÍCULO 4. El servicio de transporte aéreo internacional regular es de pasajeros, carga, correo o

una combinación de éstos, está sujeto a permiso y a las rutas internacionales, los itinerarios y las

frecuencias fijos aprobados, así como a las tarifas aprobadas y a los horarios autorizados por la

Secretaría conforme a lo dispuesto por este Reglamento. La entrada o salida de los puntos en territorio

nacional deben ser efectuados en aeródromos internacionales.

Sección tercera

Del servicio de transporte aéreo nacional no regular

ARTÍCULO 5. El servicio

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