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RESOLUCIÓN DE UNA RECLAMACIÓN ANTE LA ADMINISTRACIÓN MECANISMOS DE ACTUACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN


Enviado por   •  29 de Marzo de 2017  •  Apuntes  •  858 Palabras (4 Páginas)  •  144 Visitas

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RESOLUCIÓN DE UNA RECLAMACIÓN ANTE LA ADMINISTRACIÓN

MECANISMOS DE ACTUACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN:

Mediación

Arbitraje

Vía judicial

MEDIACIÓN: Sistema voluntario y gratuito de resolución de conflictos entre las consumidores y empresarios.

- La mediación es un proceso en el cual las partes enfrentadas acuden a un tercero imparcial para que les ayude a dialogar y buscar una solución que, en ningún caso, es impuesta.

- El papel del mediador es el de acercar posiciones con el fin de llegar a un acuerdo gestionado por las partes enfrentadas.

- Una vez que la Administración (Oficina Municipal o Dirección General de Consumo de la Comunidad de Madrid) recibe la reclamación de un consumidor y/o usuario, inicia el procedimiento de mediación al comunicar los hechos reclamados al empresario y solicitar que proponga una solución al problema planteado.

- La empresa propone una solución al conflicto y es aceptado por el consumidor  

- Si la empresa no cumple el acuerdo > Reclamación ante los tribunales (la decisión o solución acordada no es vinculante)

- Si las partes no llegan a un acuerdo, es posible acudir a otra vía: judicial o arbitraje.

SISTEMA ARBITRAL DE CONSUMO

- Vía extrajudicial de resolución de conflictos entre los consumidores y usuarios y los empresario.

- A través de este sistema se resuelven las reclamaciones siempre que el conflicto no verse sobre:

- Lesión > VÍA JUDICIAL

- Intoxicación > VÍA JUDICIAL

- Fallecimiento > VÍA JUDICIAL

- Indicios racionales de delito> VÍA JUDICIAL

PRINCIPIOS DEL SISTEMA ARBITRAL DE CONSUMO

- Gratuidad > No requiere la intervención de abogados ni procuradores. No hay gastos de árbitros. Las partes únicamente abonaran, en determinados supuestos, los gastos derivados de la práctica de las pruebas que hayan propuesto.

- Rapidez > Plazo máximo de resolución de 6 meses desde la admisión a trámite de la solicitud.

- Seguridad > El laudo deberá ser cumplido obligatoriamente por las partes (como si se tratara de una sentencia judicial, tiene efectos de cosa juzgada)

- Sencillez > no es necesario ninguna formalidad, basta con rellenar un sencillo documento.

- Flexibilidad > procedimiento voluntario .

PRINCIPIOS DEL SISTEMA ARBITRAL DE CONSUMO

- Voluntariedad > ambas partes aceptan este mecanismo de resolución de conflictos:

- Las empresas y profesionales pueden adherirse al sistema arbitral de consumo presentando un compromiso a través del cual aceptan someter esta vía todos los conflictos que el futuro puedan plantearse con consumidores.

- La empresa exhibe un distintivo de adhesión para informar al consumidor de que ofrece esta garantía.

- Un establecimiento, que no esté adherido al sistema, puede aceptar el arbitraje en el caso de una reclamación concreta.

VENTAJAS DE LA ADHESIÓN AL SISTEMA ARBITRAL DE CONSUMO

- La adhesión al Sistema supone las siguientes ventajas:

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