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SALARIO BASE DE COTIZACION


Enviado por   •  8 de Noviembre de 2020  •  Documentos de Investigación  •  491 Palabras (2 Páginas)  •  86 Visitas

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SALARIO BASE DE COTIZACION

        

el salario base de cotización también se aplica para todo tipo de cálculos de salarios reales como lo veremos más adelante, por lo tanto, en la base a lo anterior y en función de los salarios mínimos vigentes en las diferentes áreas geográficas, se actualiza la categoría del personal, comenzando por determinar las variantes que participan en forma directa en dichos cálculos:

  1. salario mensual[pic 1]
  2. prima vacacional. - Es el pago por estimulo correspondiente por vacaciones a trabajares con antigüedad de 1 año por lo que de acuerdo al articulo 76 de la ley federal del trabajo para dicha antigüedad, se señalan 6 días laborables por año y de acuerdo al artículo 80 de la misma ley, se deberá pagar una prima vacacional no menor del 25% por lo que esta será:

[pic 2]

  1. Aguinaldo. – De acuerdo al articulo 87 de la ley federal del trabajo, los trabajadores tienen derecho a un aguinaldo anual que corresponde a un mínimo de 15 días de salario, por lo cual:    

[pic 3]

A partir de los salarios base de cotización, se procede a calcular las prestaciones y servicios médicos de que gozaran los trabajadores y en los cuales se determinaran las obligaciones correspondientes a los patrones.

SECUENCI DE CALCULO DE SALARIOS REALES DE LOS TRABAJADORES DE LA CONSTRUCCION

CUOTA PATRONAL IMSS. – La secuencia para el calculo es la siguiente

1.- ENFERMEDADES Y MATERNIDAD:

1.1.- CUOTA FIJA = Salario mínimo de la cuota geográfica respectiva por los dias a cotizar x la prima fijada del año en curso.

1.2.- EXCEDENTE DE 3 SALARIOS MINIMOS DEL AREA GEOGRAFICA RESPECTIVA = salario diario integrado, menos 3 veces el salario mínimo x los días a cotizar x la prima fijada del año em curso.

1.3 PRESTACIONES EN DINERO=  Salario diario integrado x dias a cotizar x la prima fijada del año en curso.  

1.4.- PRESTACIONES EN ESPECIE, PENCIONADOS= Salario diario integrado x dias a cotizar x suma de patrón y asegurado.

2.- RIESGO DE TRABAJO. -  salario diario integrado x días a cotizar x prima de retiro de trabajo.

3.- INVALIDEZ Y VIDA. - Salario diario integrado x días a cotizar x suma de patrón y asegurado.

4.- GUARDERIA Y PRESTACIONES SOCIALES. - Salario diario integrado x días a cotizar x 1% fijado.

5.- CESANTIAS EN EDAD AVANZADA. - Salario diario integrado x días a cotizar x suma de patrón y asegurado

6.- TOTAL DE LAS CUOTAS EN PORCENTAJE. - Suma de porcentaje del patrón y asegurado por separado.

NOTA: E l riesgo e trabajo, es variable para cada empresa en función de su siniestralidad, pero regularmente para el ramo de la construcción se considera al máximo por estar sujeto a accidentes de trabajos mayores.

Es conveniente mencionar, que la tabla será variable año tras año por así definirlo el instituto mexicano del seguro social y será necesario para utilizarla. Que se revise minuciosamente al termino o inicio de cada año.

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