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SOCIEDAD COMERCIAL Y DE SERVICIOS MANQUECURA LIMITADA


Enviado por   •  27 de Septiembre de 2018  •  Trabajos  •  4.457 Palabras (18 Páginas)  •  207 Visitas

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TRABAJO DE INVESTIGACION

CONSTITUCION DE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

SOCIEDAD COMERCIAL Y DE SERVICIOS MANQUECURA LIMITADA

                                                 

                                       Asignatura: Legislación Empresarial

                                       Profesor    : Eduardo León

                                       Carrera      : Ingeniería Civil Industrial  

                                       Alumno      : Luis Emilio Guede Bustamante                                                                                                                                        

                                                                                         

                                                                Chillán, 21 de Abril de 2017

INTRODUCCION

Conforme a lo solicitado en la asignatura Legislación Empresarial, se realiza entrega de la constitución de sociedad de la empresa “SOCIEDAD COMERCIAL Y DE SERVICIOS MANQUECURA LIMITADA”, empresa relacionada e inscrita en el servicio de impuestos internos con los giros de comercializadora de productos de ferretería y obras menores de construcción.

La empresa fue constituida el año 2015, atravez del portal www.tuempresaenundia.cl y fue redactada e inscrita por mi persona.

La empresa sigue activa al día de hoy, realizado obras menores de construcción, los socios son los mismos, y la representación legal continúa siendo ejercida por mi persona teniendo facultad amplia para realizar todo tramite y tomar todas las decisiones en torno a la empresa.

FUENTE DEL TRABAJO

La constitución de la sociedad de responsabilidad limitada de la empresa “SOCIEDAD COMERCIAL Y DE SERVICIOS MANQUECURA LIMITADA” fue obtenida de la página www.tuempresaenundia.cl, con el usuario 13.091.641-4 y la clave que tengo desde el año 2015 y validada en el registro de comercio con la clave única.

CONSTITUCION DE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA SOCIEDAD COMERCIAL Y DE SERVICIOS MANQUECURA LIMITADA

En Chile, a 26 de marzo del 2015, ante el Registro Electrónico de Empresas y Sociedades, comparecen: MARÍA PAZ ARELLANO RIQUELME, Rut 13.602.830-8, domiciliado en Camino San Bernardo N°1145 villa Brisas del Valle, comuna de CHILLAN, Chillán; GLADYS LEONOR RIQUELME RIQUELME, Rut 6.041.136-0, domiciliado en Esmeralda N°13 villa Naval, comuna de CHILLAN, Chillan; los comparecientes exponen que vienen en constituir sociedad de responsabilidad limitada, que se regirá por las disposiciones de la ley número tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones y demás leyes pertinentes, y en especial, por las disposiciones de los siguientes estatutos:

ARTÍCULO PRIMERO DEL NOMBRE O RAZON SOCIAL: El nombre o razón social de la sociedad es "Sociedad Comercial y de Servicios Manquecura Limitada", pudiendo funcionar y actuar, inclusive ante Bancos y Entidades Financieras con el nombre de fantasía de Manquecura Ltda.

ARTÍCULO SEGUNDO OBJETO: La Sociedad tendrá por objeto desarrollar las siguientes actividades: a) La venta al por menor de artículos de ferretería y materiales de la Construcción; b) Comercialización de todo tipo de bienes relacionados con el rubro de ferretería y de la construcción; c) Realización de obras menores en construcción a través de contratistas, albañiles y otro tipo de profesionales; d) Preparación de terrenos inmuebles para la realización de excavaciones, movimientos de tierras y otros trabajos semejantes; e) Obras de Ingeniería mediante personal y maquinaria propia, alquilada o por cualquier otro medio que permita el uso legítimo de las mismas; f) El suministro conforme la normativa legal de personal en modalidad de Servicios Transitorios para otras sociedades; g) El alquiler de Maquinaria y Equipo para Obras de Construcción, Ingeniería Civil, Oficina, y cualquier otro rubro relacionado con el giro de la empresa; h) El alquiler de automóviles, camionetas, y otros equipos de transporte terrestre sin proporcionar al arrendatario ni los operarios ni el servicio administrativo; i) El porte de carga, o transporte terrestre de carga, mediante vehículos propios o de terceros; j) Cualquier otro tipo de servicio de Ingeniería comprendido dentro del giro de la empresa, en la mayor extensión posible;

 

k) Servicios de Contabilidad y Auditoría, incluida asesoría tributaria, incluyendo investigación de mercados nacionales e internacionales, y toda actividad relacionada con la gestión contable y asesoramiento empresarial; l) Servicio de fotocopiado mediante maquinaria propia o de terceros; m) Servicios de corredores de propiedades por cuenta propia; n) Alquiler de mobiliario para eventos, en toda su extensión y especie; o) Venta al por menor de gas licuado en bombonas; p) venga al por menor de alimentos de mascotas y animales en general, carnes y productos similares, bebidas, licores, verduras, frutas, pescados, mariscos y productos conexos, además de productos de panadería y pastelería; q) Venta al por menor de carbón, leña y otro tipo de combustibles de uso doméstico; r) La comercialización al por menor de todos los productos anteriormente mencionados; s) En general, la compra, venta, adquisición y transferencia de toda clase de bienes relacionados con los giros anteriormente mencionados que tengan relación con la actividad de esta sociedad; y, t) La participación en toda clase de sociedades, cualquiera sea su tipo.

ARTÍCULO TERCERO DOMICILIO: El domicilio de la Sociedad es Esmeralda N°13 villa Naval, comuna de CHILLAN, Chillán, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero.

ARTÍCULO CUARTO DURACIÓN: La duración de la Sociedad será a contar de la fecha de la presente escritura La sociedad tendrá una duración indefinida, y no se terminará por la muerte de algún socio.

ARTÍCULO QUINTO DEL CAPITAL SOCIAL: El capital de la Sociedad es la cantidad de $600.000 pesos, que ha sido completamente enterado; que los socios se obligan a aportar y pagar en las proporciones y de la forma siguiente: A) MARÍA PAZ ARELLANO RIQUELME se obliga a enterar el equivalente al 83,33 por ciento del capital social, mediante el aporte de $500.000 pesos que entera y paga a la caja social en efectivo en este acto; B) GLADYS LEONOR RIQUELME RIQUELME se obliga a enterar el equivalente al 16,67 por ciento del capital social, mediante el aporte de $100.000 pesos que entera y paga a la caja social en efectivo en este acto.

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