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CONSTITUCIÓN Y EXTINCIÓN DE UNA SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA – SCRL


Enviado por   •  29 de Octubre de 2015  •  Tutoriales  •  2.012 Palabras (9 Páginas)  •  142 Visitas

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UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA

FACULTAD DE CIENCIAS EMPRESARIALES[pic 1]

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DEDICATORIA:

A nuestros padres, que se esfuerzan por

que seamos mejores profesionales cada día.

CONSTITUCIÓN Y EXTINCIÓN DE UNA SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA – SCRL

  1. INTRODUCCIÓN

El objeto del presente trabajo es constituir ficticiamente una SOCIEDAD, para  lo cual se cumplirá con explicar los diez pasos requeridos por ley, el rubro al que nos dedicaremos, la estructura jerárquica de nuestra empresa y las funciones asumidas por cada uno de los socios. Finalizaremos describiendo cómo se realizó una fusión con otra empresa, y cómo se extinguió finalmente esta.

  1. DESARROLLO

Se ha optado por constituir una SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cuya denominación social es “AJÍ SECO SCRL”.  

Esta empresa ha adquirido una denominación social y no una razón en social en mérito a que el artículo 284 de la LEY GENERAL DE SOCIEDAD establece ello.

El rubro al que se dedica la presente SCRL es la COMERCIALIZACIÓN y EXPORTACIÓN   DE AJI PÁPRIKA.

  1. PASOS PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA SOCIEDAD

Los requisitos para haber constituido esta sociedad son los mismo fijados para la SOCIEDAD ANONIMA en el artículo 57 de la LGS. Dichos pasos son:

  1. DIEZ PASOS:
  1. Los datos de identificación de los fundadores, conforme al inciso 1 del artículo    54;

COMENTARIO:

Este primer requisito consiste en detallar los datos de identidad completa de cada uno de los más de dos socios fundadores.

  1. El proyecto de pacto y estatutos sociales;

COMENTARIO:

Lo segundo que debe realizarse, es elaborar un proyecto de PACTO SOCIAL y ESTATUTO de la SCRL que deberá ser leída por todos los integrantes de la sociedad y aprobada en magna asamblea.

  1. El plazo y las condiciones para la suscripción de las acciones, la facultad de los fundadores para prorrogar el plazo y, en su caso, la empresa o empresas bancarias o financieras donde los suscriptores deben depositar la suma de dinero que estén obligados a entregar al suscribirlas y el término máximo de esta prórroga

COMENTARIO:

Este paso está referido al cumplimiento en plazo de la firma del pacto social a fin de definir los aportes de capital y acciones de cada uno de los socios. La entrega del aporte de capital  debe aportarse necesariamente.

  1. La información de los aportes no dinerarios a que se refiere el artículo 27

COMENTARIO:

Los aportes no dinerarios, como los conformados por los activos fijos, bienes muebles, inmuebles y otros que aporte cada uno de los accionistas deben informarse formalmente.

  1. La indicación del Registro en el que se efectúa el depósito del programa;

COMENTARIO:

Este paso, significa que debe informarse a la asamblea general de socios, la máxima autoridad, el registro dentro del marco del depósito del programa.

  1. Los criterios para reducir las suscripciones de acciones cuando excedan el capital máximo previsto en el programa;

COMENTARIO:

Deberá tenerse en cuenta que las entregas de los aportes de capital a la sociedad no excedan el máximo permitido por ley. Esta observancia es un requisito de ley, un paso ineludible a observar.

  1.  El plazo dentro del cual deberá otorgarse la escritura de constitución

  1. 8. La descripción e información sobre las actividades que desarrollará la sociedad
  1. 9. Los derechos especiales que se concedan a los fundadores, accionistas o terceros
  1. 10. Las demás informaciones que los fundadores estimen convenientes para la organización de la sociedad y la colocación de las acciones.

COMENTARIO:

Otros requisitos indispensables  que deberá de cumplirse es que el otrogamient9o de la ESCRITURA PUBLICA de constitución de la SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPOSNABILIDAD LIMITADA deberá de entregarse dentro del plazo establecido en la ley. En la descripción del  estatuto debe figurar el rubro de actividad al que se dedicará.  Deberá precisarse allí, además,  los derechos especiales de los fundadores , accionistas y terceros.

  1. RUBRO COMERCIAL DE LA SRL

El rubro al que se dedica la presente SCRL es el “AGROINDUSTRIAL”. En especial la COMERCIALIZACIÓN y EXPORTACIÓN   DE AJI PÁPRIKA. Así se ha definido en su estatuto.

  1. ORGANIZACIÓN JERÁRQUICA Y FUNCIONES DE CADA SOCIO.-

  1. ORGANIZACIÓN JERÁRQUICA DE LA SRL

El presente grupo se encuentra integrado por cuatro miembros.

El primer miembro asume la calidad de GERENTE GENERAL y  FUNDADOR de la SCRL. Los demás tres miembros ostentaran la calidad de  SOCIOS- ACCIONISTAS, también fundadores.

  1. FUNCIONES

Las funciones del GERENTE GENERAL, son eminentemente ejecutivadas, estando a cargo además, de la administración de la empresa:. Estas funciones administrativas son:

“Artículo 287 LGS.- Administración: gerentes

La administración de la sociedad se encarga a uno o más gerentes, socios o no, quienes la representan en todos los asuntos relativos a su objeto. Los gerentes no pueden dedicarse por cuenta propia o ajena, al mismo género de negocios que constituye el objeto de la sociedad. Los gerentes o administradores gozan de las facultades generales y especiales de representación procesal por el solo mérito de su nombramiento. Los gerentes pueden ser separados de su cargo según acuerdo adoptado por mayoría simple del capital social, excepto cuando tal nombramiento hubiese sido condición del pacto social, en cuyo caso sólo podrán ser removidos judicialmente y por dolo, culpa o inhabilidad para ejercerlo.”

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