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Sistema turistico nacional LOTUR


Enviado por   •  29 de Junio de 2020  •  Ensayos  •  1.611 Palabras (7 Páginas)  •  203 Visitas

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República Bolivariana de Venezuela

Universidad Nacional Experimental de Guayana

Empresas de Alojamiento Turístico

Legislación I - secc01

SISTEMA TURISTICO NACIONAL; MINTUR, INATUR

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Ciudad Bolívar, 29 de junio 2020

  1. Según LOTur el sistema turístico está conformado por:

El sistema turístico está conformado por un conjunto de organismos, establecimientos y sectores, ligados entre sí para favorecer el progreso sustentable de la actividad turística, por lo establecidos en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica.

  • Los Servicios Turísticos, sus funciones de promoción y progreso turístico y las que se crearon con la misma finalidad; y toda aquella natural o jurídica que preste  servicios turísticos dentro del territorio nacional.

  • Viajantes nacionales e internacionales.
  • Los establecimientos de formación en el área turística inscritas, que funcionan como soporte del desarrollo turístico sustentable.
  • Las comunidades establecidas en instancias del poder popular y demás formas de participación.
  • Los prestadores de servicios que hoy en dia juegan un papel importante como los de radio, televisión y otros medios electrónicos.
  • El Ejecutivo Nacional, por órgano del ministerio del poder popular con competencia en materia de turismo y los órganos o entes de la Administración Pública Nacional, Estadal y Municipal que, en virtud de sus atribuciones participen, bajo la rectoría del ministerio del poder popular con competencia en materia de turismo, en el desarrollo turístico del país.
  1. Órgano rector en materia turística y su función

Según lo establecido en el Artículo 8° a lo que se refiere  en materia de turismo El ministerio del poder popular es el órgano rector y el mayor control administrativo en la actividad turística. Y este se encarga de establecer, proyectar, administrar, ordenar, evaluar y inspeccionar las políticas, técnicas, presentaciones, proyectos y labores estratégicas destinadas a la promoción y progreso sustentable del territorio nacional como via turística distinguida a nivel mundial, orientando al progreso de la calidad de vida de la población y a maximizar la participación y el protagonismo de las comunidades en la actividad turística.

  1. Atribuciones del órgano rector

  • Exponer las políticas, pautas y criterios técnicos destinados al progreso sustentable del territorio nacional como destino turístico.
  • Una de estas atribuciones son los métodos nacionales para el desarrollo del Turismo Nacional que se encargan de confeccionar, certificar, formar y difundir. Estos están constituidos por;
  • Plan Estratégico Nacional de Turismo
  • Plan Nacional de promoción turística,
  • Plan Nacional financiero de promoción e inversión
  • Plan Nacional de fomento, promoción y desarrollo del turismo como actividad comunitaria y social,

Anunciando la participación y consulta de los integrantes del Sistema Turístico nacional.

  • Respecto a la ejecución de los planes estadales y su elaboración estos se deben ordenar, ubicar, supervisar y controlar en municipales, locales y comunales de desarrollo turístico con el Distrito Capital, teniendo en cuenta los Estados, los Municipios, los Territorios Federales e Insulares y las Dependencias Federales, garantizando la participación de las comunidades organizadas en instancias del poder popular y demás formas de participación.

  • Impulsar la creación y promoción de destinos turísticos, en correlación con las políticas de progreso territorial sustentable.
  • Concluir sobre la declaratoria de las zonas turísticas, así como de los monumentos y bienes turísticos, promoviendo el progreso económico sustentable, a través de movimientos turísticos de iniciativa pública, privada y de las organizaciones socio productivas
  • organizar y coordinar el Sistema Turístico Nacional.
  • revisar y concluir sobre los trámites de inscripción, modernización y revocatoria del Registro Turístico Nacional, así como el permiso, innovación, detención o revocatoria de las licencias de turismo, permisos o autorizaciones al igual que certificados requeridos para prestar servicios turísticos, guiándose con lo establecido en el presente decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica, sus reglamentos y demás normativa aplicable.
  • Cuando el contexto social y económico así lo requieran regular las tarifas de los servicios turísticos y impuestos de arrendamiento de los locales, establecimientos de alojamiento turístico, a fin de evitar fisuras en la economía.
  • Gestionar el Sistema Nacional de Calidad Turística, especificando, categorizando y autenticando la calidad de los productos, destinos turísticos, prestadores de servicios turísticos y sus actividades, fomentando así la gestión de eficacia del patrimonio natural y cultural, como parte del producto turístico, con criterios de sustentabilidad, conforme a lo previsto en el presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica.
  • Valorar el cumplimiento de la normativa a través de inspectores órganos y entidades que tengan la licencia para hacerlo, verificando así los prestadores de servicios turísticos, en cuanto a la calidad de los servicios, productos, destinos turísticos y gestión ambiental; al faltar el cumplimiento de dichas normativas se sancionara el incumplimiento de sus disposiciones, pudiendo delegar o encomendar la inspección en otros órganos o entes, nacionales, estatales y municipales.
  • Fomentar, evaluar, aprobar y supervisar los proyectos de inversión turística a desarrollar en el territorio nacional, con especial atención aquéllos dirigidos al desarrollo y fortalecimiento de las comunidades organizadas en instancias del poder popular y demás formas de participación.
  • Elaborar y dirigir con especial atención a los planes y proyectos en materia de estructura dirigidos a las zonas de interés turístico, de acuerdo con los lineamientos que dicte el Ejecutivo Nacional importantes para el crecimiento y desarrollo de la actividad turística
  •  Mantener al día el inventario del Patrimonio Turístico Nacional, el Catálogo Turístico Nacional asi como otra herramienta de expansión para la promoción de la República Bolivariana de Venezuela como destino turístico., conjuntamente con los integrantes del Sistema Turístico Nacional,
  • Dar orientación y dirección a aquellas normativas educativas para el crecimiento de la actividad turística en el país, especialmente aquellas dirigidas a los integrantes del sistema turístico nacional, las comunidades organizadas en instancias del poder popular y demás formas de participación.
  • Desplegar y ordenar un sistema de estadística turística, y el sistema de información turística en coordinación y cooperación con los órganos y entes competentes en la materia.
  • promover estudios e exploraciones turísticas para la evaluación y desarrollo de las políticas económicas y sociales, a corto, mediano y largo plazo.
  • Revisar simultáneamente con los órganos y entes con competencia en materia de transporte terrestre, aéreo o acuático, la calidad de los servicios de transporte turístico nacional e internacional prestados dentro del territorio nacional
  • establecer y disponer políticas de promoción para el posicionamiento de la República Bolivariana de Venezuela como destino turístico
  • Emplear las normativas de sancionamiento según lo establecido en el presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de ley Orgánica.
  • Practicar, efectuar y hacer cumplir las atribuciones señaladas en las leyes y los reglamentos.
  1. Objetivo y distribución de ingresos, INATUR:

Su objetivo en general es Ayudar al crecimiento de Venezuela como un ente turístico mediante elementos promocionales que lo impulsen a ser  altamente competitivo, aprovechando el talento, suministros y potencialidades del país apoyándose en un óptimo servicio de percepción de manera compuesta y sistematizada con todos los representantes afines del sector

Ingresos

Según lo escrito en la ley orgánica del turismo en el Artículo 13. El Instituto Nacional de Turismo (INATUR), recibirá los siguientes ingresos:

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