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Sociedad Cooperativa


Enviado por   •  28 de Mayo de 2015  •  1.520 Palabras (7 Páginas)  •  166 Visitas

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Sociedad Cooperativa

Concepto

Es la forma de organización integrada por personas físicas con base en intereses comunes y en los principios de solidaridad, esfuerzo propio y ayuda mutua, con el propósito de satisfacer necesidades individuales y colectivas a través de la realización de actividades económicas de producción, distribución y consumo de bienes y servicios (artículo 2°, LGSC).

Las sociedades cooperativas pueden dedicarse libremente a cualesquier actividad económica lícita y en su funcionamiento, deben observar los principios de libertad de asociación y retiro voluntario de los socios, la administración democrática, la limitación de intereses a las aportaciones de los socios, la distribución de los rendimientos en proporción a la participación de los socios, el fomento a la educación cooperativa y de la educación en la economía solidaria, la participación en la integración cooperativa; el respeto al derecho individual de los socios a pertenecer a cualquier partido político o asociación religiosa y la promoción de la cultura ecológica.

Requisitos de constitución

• Mínimo cinco socios, correspondiendo un voto por socio, independientemente de sus aportaciones.

• Capital variable y duración indefinida.

• Se otorgará igualdad esencial en derechos y obligaciones de los socios e igualdad en condiciones para las mujeres.

Formalidades para su constitución

• Mediante Asamblea general que celebren los interesados y en la que se levantará un acta que contendrá los datos generales de los fundadores, los nombres de las personas que hayan resultado electas para integrar por primera vez los consejos y comisiones y las bases constitutivas.

• Los socios deben acreditar su identidad; ratificar su voluntad en la constitución de la sociedad cooperativa y reconocer las firmas o las huellas digitales que obren en el acta constitutiva ante notario público, corredor público, juez de distrito, juez de primera instancia, presidente municipal, secretario o delegado municipal del domicilio de la sociedad cooperativa, la que contará con personalidad jurídica a partir del momento de la firma del acta constitutiva, misma que deberá inscribirse en el Registro Público de la Propiedad correspondiente a su ubicación social.

Bases constitutivas

• Denominación y domicilio social de la sociedad.

• Objeto social, expresando concretamente cada una de las actividades que debe desarrollar.

• Los regímenes de responsabilidad limitada o suplementada de los socios.

• Forma de constituir o incrementar el capital social.

• Expresión del valor de los certificados de aportación, la forma de pago y la devolución de su valor.

• Valuación de los bienes y derechos que se aporten.

• Requisitos para la admisión, exclusión y separación voluntaria de socios.

• Forma de constituir los fondos sociales señalando su monto, su objeto y reglas para su aplicación.

• Las áreas de trabajo a crearse y las reglas para su funcionamiento.

• Programas y estrategias relativas a la educación cooperativa y a la economía solidaria.

• La duración del ejercicio social y el tipo de libros de actas y de contabilidad a llevarse.

• La forma de caucionar el manejo de fondos y bienes sociales.

• El procedimiento para convocar y formalizar las asambleas generales ordinarias y extraordinarias, tomando en cuenta que las primeras deberán celebrarse por lo menos una vez al año, en tanto que las segundas podrán celebrarse en cualquier momento a pedimento de la Asamblea general, del Consejo de Administración, del Consejo de Vigilancia o del 20% del total de los socios.

• Los derechos y obligaciones de los socios.

• Los mecanismos de conciliación y arbitraje para la resolución de conflictos entre los socios.

• Las formas de dirección y administración interna, señalando las atribuciones y responsabilidades de los socios que las integren.

• Fondos Sociales.

• Funciones de la Comisión Técnica, en su caso.

Órganos sociales

La dirección, administración y vigilancia interna de las sociedades cooperativas, se encuentra a cargo de los siguientes órganos:

a) La Asamblea general, como autoridad suprema, quien conocerá y resolverá todos los negocios de importancia de la sociedad, a cuyo cargo estarán, además de las facultades concedidas por los estatutos sociales, las siguientes atribuciones:

La aceptación, exclusión y separación voluntaria de socios; la modificación de las bases constitutivas; la aprobación de los sistemas y planes de producción, trabajo, distribución, ventas y financiamiento; el aumento o disminución del patrimonio y capital social; el nombramiento y remoción de los miembros

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