Terminacion Laboral
alonso669 de Septiembre de 2012
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CAUSAS PARA LA TERMINACION LABORAL
1. El mutuo consentimiento de las partes o terminación voluntaria
2. La muerte del trabajador
3. La terminación de la obra o el vencimiento del término o inversión de capital, de conformidad con los artículos 36, 37 y 38 de la misma ley
4. La incapacidad física o mental, o la inhabilidad manifiesta del trabajador, que haga imposible la prestación del trabajo
5. Los casos a los que se refiere el artículo 434 de la propia ley, principalmente causas de terminación colectiva de las relaciones del trabajo
TERMINACION VOLUNTARIA
Esta es la forma más común de dar por terminada una relación laboral entre el patrón y el trabajador, en esta situación, el trabajador manifiesta a la empresa su interés de ya no seguir laborando mediante oficio o carta apuntando los motivos de su separación voluntaria, misma que se hace llegar a su jefe inmediato o al departamento de recursos humanos
El trabajador en estos casos se hace acreedor a los siguientes conceptos
a) Pago de los días de salario devengados al momento de su baja a la empresa
b) Pago de las vacaciones a las que tenga derecho y conforme a la política de prestaciones que esté vigente en la empresa
c) Prima vacacional
d) Aguinaldo en la parte proporcional a los días trabajados
e) Cualquier otra percepción derivada de tiempo extra, comisiones, bonos o incentivos que se tengan establecidos y que no hayan sido pagados
f) Prestaciones, como fondo de ahorro
g) Reparto de utilidades (PTU), una vez que concluya el ejercicio fiscal siempre y cuando proceda, de acuerdo con los resultados financieros de la empresa a la que las leyes respectivas establezcan
TERMINACION POR DESPIDO
Es entendida como el fin de la relación del trabajo entre el patrón y trabajador, la que puede darse por dos causas
a) Por existir un motivo justificado art 47 de la LFT.
b) Cuando se trate de la implantación de maquinaria o procedimientos de trabajos nuevos
INJUSTIFICADO: CONTRATO POR TIEMPO INDETERMINADO
Es aquel que en virtud de que no existan causa imputables a los trabajadores conforme al articulo 47 de la ley federal del trabajo, el patrón decide separar de su cargo al trabajador muchas pueden ser las razones entre las que podemos señalar.
• Ajustes por plantilla
• Reducción del personal
• Problema de liquidez en la nomina
• Eliminaciones de puestos y plazas
• Reestructuraciones de funciones
• Eliminación de procesos
• Falta de compatibilidad entre el trabajador y el patrón o lo s jefes
• Baja productividad de los empleados
En estos casos el trabajador tendrá derecho a una indemnización legal que corresponde a
1. 3 meses de sueldo
2. 20 días por cada año de servicios (siempre que solicite reinstalación el trabajador y le sea negada de acuerdo a los artículos 48, 49 y 50 de la LFT
3. Pago de la prima de antigüedad equivalente a 12 días por cada año de servicio, con un tope legal de 2 veces el salario mínimo
INJUSTIFICADO; CONTRATO POR TIEMPO DETERMINADO MENOR A UN AÑO
En el caso de que el trabajador sea despedido de la empresa sin causa justificada y este sujeto a un contrato determinado menor a un año, la LFT señala en articulo 50 fracción I que se le debe considerar en una cantidad igual al importe de los salarios de la mitad del tiempo de servicios prestados
INJUSTIFICADO; CONTRATO POR TIEMPO DETERMINADO MAYOR A UN AÑO
Si su relación por tiempo determinado es mayor a un año, la LFT señala en la misma fracción I que se le debe considerar en una cantidad igual al importe de los salarios de seis meses por el primer año y de veinte días
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