CASO JENKINS ¿LA PSICOLOGIA IMPORTANTE O NO?
Grecia AtenasEnsayo17 de Mayo de 2017
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CASO JENKINS
¿LA PSICOLOGIA IMPORTANTE O NO?
Grecia Atenas Quispe Soriano.
Alumna de la Facultad de Derecho.
Universidad Nacional de Cajamarca.
El caso Jenkins, es un caso que marcó un acontecimiento importante de la psicología dentro del proceso, en este narra la defensa sobre las que se basó el acusado en su juicio donde se lo acusaba de asalto, agresión con intento de violación y agresión con un arma peligrosa. En la apelación, el demandado sostiene que el tribunal de primera instancia erró al determinar su competencia para comparecer en juicio y se equivocó al dar instrucciones al jurado para ignorar el testimonio de tres psicólogos de defensa que acusado tenía una enfermedad mental o defecto en el momento del juicio sobre la base de que no eran competentes para dar una opinión médica como a una enfermedad o deficiencia mental. El tribunal revocó las convicciones del acusado y devolvió para un nuevo juicio. El tribunal sostuvo que el tribunal de distrito erró en su aponte excluyendo el informe revisado de un psicólogo que testificó en la audiencia de competencias que el acusado era esquizofrénico, sobre la base de su examen de los informes ulteriores.
Para justificar el uso de testimonios de expertos, se requieren dos elementos:
Primero, la cuestión de una inferencia debe ser tan claramente relacionado con alguna ciencia, profesión, negocio o profesión.
Segundo, el testigo debe tener tanta habilidad, conocimientos o experiencia en ese campo como para hacer que parezca que su opinión o inferencia probablemente ayuda en búsqueda de la verdad.
Es claramente evidente que un psicólogo es competente para emitir una opinión de experto sobre la base de sus conclusiones en cuanto a la presencia o ausencia de enfermedad o eficiencia mental, pues esta depende de la naturaleza y el alcance de sus conocimientos.
Cabe señalar que esta opinión emitida por el psicólogo en la audiencia, deben dejarse a la discreción de la corte de primera instancia sujeta a apelación. Cuando el proceso de formación es seguido por la experiencia real en el tratamiento y diagnóstico de enfermedades en asociación con psiquiatras o neurólogos, las opiniones de un psicólogo pueden ser adecuadamente recibida en las pruebas.
Es asi que después de una larga lista de exámenes las cuales empezaron el 4 de septiembre de 1959, por una serie de psicólogos se diagnostica que el acusado tenía esquizofrenia, pero aun así diez días después, el superintendente interino del Hospital notificó al tribunal de distrito que, se ha determinado que él estaba mentalmente capacitado para ser sometido a juicio y a consultar con un abogado y atender correctamente en su propia defensa. Señaló además que el no padece de una enfermedad mental y que solo sólo tiene límite la inteligencia. al apelante objeto a este informe, y la Corte realizó una audiencia el 4 de noviembre de 1960, mediante el cual el recurrente fue encontrado competente y ordenó comparecer.
instruyó al jurado de que no tuviera en cuenta los testimonios de los tres abogados psicólogos que apelante había una enfermedad mental cuando cometió los crímenes que se le imputan.
Hablemos primero de la exclusión del Dr. Schengold del testimonio. Después de interrogarlo durante mucho tiempo sobre la base de su dictamen revisado, el tribunal dictaminó que: "Todo lo que va a permitir es que en su opinión el 10 de junio de 1959 (la fecha de la supuesta infracción, el acusado fue deficientes mentales; se excluyó el Dr. Schaengold después del diagnóstico de enfermedad mental, porque "no hay ningún testimonio aquí que se base en la evidencia apropiada que padecía una enfermedad mental. No voy a permitir sobre la base de un informe de un psicólogo." El tribunal no dio ninguna explicación adicional.
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