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Afectaciones psicológicas


Enviado por   •  9 de Marzo de 2020  •  Prácticas o problemas  •  808 Palabras (4 Páginas)  •  91 Visitas

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La mediación que el estado a través del derecho ha efectuado en relación con los menores, ha sufrido una transformación con el paso de los años, vemos que los  menores fueron sometidos a las mismas normas que los adultos. En el siglo XIX se hace el rompimiento del enjuiciamiento de los menores respecto a los adultos; entonces se empiezan a crear tribunales, el principal inicia en los estados unidos en 1899, creándose así, el primer organismo de esa clase en chicago, destinado a infractores jóvenes predominando la función educativa y correccional, sirviendo de modelo a las posteriores leyes reguladoras de otros tribunales de niños; surgiendo así un Derecho de Menores; con el propósito de separar al menor de la actuación  penal ordinaria, creando programas de tratamiento específicos, pues se tenía la creencia de que no era posible considerarle responsabilidades de la misma manera que al adulto. Este sistema conocía, tanto de los menores infractores (corrección y educación), como de los abandonados (protección y educación), ello con una clara tendencia tutelar.

 En vista de ellos es posible reconocer  los modelos: Tutelar o asistencial,  modelo educativo, tolerante o permisivo, modelo de Justicia o Responsabilidad y el modelo de las 4D. Así,  para dar respuesta, entiendo, que aun cuando quedan muchas influencias del modelo educativo,  actualmente el  que más  se adapta  según mi criterio, a la actualidad social y normativa y que se encuentra en vigencia parcial es el Modelo de Justicia o Responsabilidad, que promueve la idea de que aunque el menor es una persona desprotegida y en cierto modo victima de las circunstancias sociales y familiares que le aquejan, aun así sus acciones responden a un juicio de valor racional que le permitiría en primera instancia discernir el impacto de su accionar y posible perjuicio a la víctima. Por lo tanto se intenta que aun sin violentar sus derechos humanos y como menor en estado de desarrollo, que requiere tener garantías de su presunción de inocencia, legítima defensa, protección de su privacidad, etc. aun así se logre aplicar sanciones que vayan enfocadas más hacia la rehabilitación y reinserción en la sociedad del individuo, en vez del sistema asistencialista de protección del sistema educativo. La implementación de todos estos cambios aun se encuentra incompleta, ya que muchas veces se aprovecha la ignorancia de los jóvenes imputados y sus familias, o sus escasos recursos, para ya sea aplicar sanciones que no van acorde con el nivel de gravedad del acto, o privar al acusado de algunos de sus derechos fundamentales. En el caso de las victimas también tiene fallas, a la hora de dar seguimiento, apoyo o brindar herramientas que garanticen su estabilidad psicológica, y la correcta retribución de acuerdo a los daños y perjuicios sufridos.

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