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Asociacion En Participacion


Enviado por   •  26 de Mayo de 2014  •  523 Palabras (3 Páginas)  •  219 Visitas

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LA ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN (Arts. 252 a 259 LGSM)

Aunque la Asociación en Participación no está contemplada en el artículo 1° de la LGSM como Sociedad Mercantil, dicha ley la regula definiéndola como “...un contrato social por el cual una persona (asociante) concede a otras que le aportan bienes o servicios (asociados), una participación en las utilidades y en las pérdidas de una negociación mercantil o de una o varias operaciones de comercio”

Caraterísticas:

No tiene personalidad jurídica ni razón o denominación.

El contrato debe constar por escrito y no está sujeto a registro.

El asociante obra en nombre propio y no hay relación jurídica entre los terceros y los asociados. Salvo estipulación en contrario, los bienes aportados pertenecen en propiedad al asociante.

Si no se pacta la distribución de las utilidades y pérdidas, se aplicarán las disposiciones que para tal efecto se establecen para las Sociedades Mercantiles.

Las partes en el Contrato de Asociación en Participación.

Asociante. Es la persona física o moral encargada de crear, organizar, dirigir y controlar el negocio objeto del contrato. El es el titular de todos los derechos y obligaciones que se generen frente a terceros y responderá frente a éstos, en caso de incumplimiento.

Obligaciones:

 Realizar el negocio o negocios mercantiles, asumiendo todas las obligaciones que se generen frente a terceros.

 Rendir cuentas a los asociados respecto del desarrollo del negocio en los tiempos pactados.

 Entregar a los asociados la parte que les corresponda en las utilidades o pérdidas de acuerdo a lo contratado.

 Restituir al asociado las aportaciones efectuadas, cuando éstas sean bienes materiales y no se haya pactado que se entregan en propiedad.

 Efectuar retenciones y pago de los impuestos que establezcan la legislación fiscal.

Asociado. Es quien aporta dinero, bienes o servicios al asociante, a cambio de participar en las utilidades o pérdidas del negocio mercantil objeto de la asociación.

Obligaciones:

 Efectuar las aportaciones a que se hubiere comprometido.

 Participar en los riesgos del negocio. Las pérdidas que correspondan a los asociados no podrán ser superiores al valor de su aportación.

 Los asociados deben inscribir la Asociación en Participación en el Registro Federal de Contribuyentes con el fin de hacer la distinción de los ingresos por posibles actividades

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