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CAPACIDAD, LEGITIMACION Y PERSONALIDAD EN EL JUICIO DE AMPARO


Enviado por   •  17 de Agosto de 2014  •  223 Palabras (1 Páginas)  •  586 Visitas

CAPACIDAD, LEGITIMACION Y PERSONALIDAD EN EL JUICIO DE AMPARO

Nociones Generales Sobre Capacidad, Legitimación y Personalidad.

I. CAPACIDAD DE GOCE Y DE EJERCICIO

La capacidad de goce es la facultad de ser titular de derechos y de obligaciones, capacidad que tiene todo sujeto de Derecho (art. 22, Código Civil Federal). Esta capacidad se adquiere incluso antes del nacimiento.

La capacidad de ejercicio es la posibilidad de ejercitar derechos y obligaciones por parte de una persona (art. 24, Código Civil Federal). Legalmente, solo los mayores de edad tienen capacidad de ejercicio.

De lo anterior se desprende que toda persona es titular de derechos y obligaciones (todo ente jurídico tiene un patrimonio); sin embargo, no toda persona física puede ejercitar sus derechos y obligaciones, sino tan solo quien sea mayor de edad y goce de salud mental, según se desprende del artículo 450 del Código Civil Federal, que dispone:

‘Art. 450. Tiene incapacidad natural y legal:

I. Los menores de edad;

II. Los mayores de edad disminuidos o perturbados de su inteligencia, aunque tengan intervalos lucidos; y aquellos que padezcan alguno afección originado por enfermedad o deficiencia persistente de carácter físico, psicológico o sensorial o por la adicción a sustancias tóxicas como el alcohol, los psicotrópicos o los estupefacientes; siempre que debido o lo limitación, o alteración en la inteligencia una lesión que esto les provoque no puedan gobernarse, y

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