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CLASIFICACION DE LAS ADUANAS


Enviado por   •  8 de Febrero de 2015  •  Tesis  •  1.312 Palabras (6 Páginas)  •  367 Visitas

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CLASIFICACION DE LAS ADUANAS

Las aduanas para efectos del comercio internacional se clasifican en:

1.- Marítimas

2.- Fronterizas

3.- Interiores

4.- Aeropuertos internacionales

El objetivo de las aduanas es impedir la operación de importación o exportación (la entrada o salida) cuando se trate de mercancías prohibidas o cuyos requisitos especiales no se hayan cumplido.

Principales Aduanas que operan en México:

En México operan 49 Aduanas distribuidas en puntos estratégicos del territorio nacional, cabe mencionar que una Aduana puede ser de primer, segundo o tercer nivel, dependiendo de la importancia estratégica y del volumen de mercancías que por ella crucen diariamente, las de primer nivel son indudablemente las principales aduanas del país, por donde cruza diariamente mercancía por valor de varios millones de pesos, las de segundo nivel implican mediana importancia con un cruce diario nominal inferior al millón de pesos de valor, y por último las de tercer nivel, donde hay aduanas como lo es la Subtte. López en Quintana Roo que hay la necesidad de dirigir un Oficio con anticipación a la AGA (Administración General de Aduanas) para que ésta disponga de personal para hacer la revisión y el despacho de las mercancías.

En frontera Norte hay 19 Aduanas, de hecho en esta parte del país se concentra más del 90% del intercambio comercial internacional que tenemos – no se puede soslayar que es netamente con los Estados Unidos y el Canadá – dado que

estamos comprometidos con el TLCAN Tratado de libre Comercio de América del Norte; dentro de las Aduanas del Norte del país podemos citar a Nuevo Laredo Tamps como la más importante del país,

En la frontera Sur, la principal (casi única) Aduana que hay es la de Ciudad Hidalgo Chiapas, la cual opera la mayoría de los movimientos de intercambio terrestre de carga con Centroamérica.

Tramites para solicitar patentes aduánales

ARTICULO 159 de La Ley Aduanera.

Agente aduanal es la persona física autorizada por la Secretaría, mediante una patente, para promover por cuenta ajena el despacho de las mercancías, en los diferentes regímenes aduaneros previstos en esta Ley.

ARTICULO 160. El agente aduanal deberá cubrir los siguientes requisitos para operar:

l. Haber efectuado el despacho por cuenta de un mínimo de cinco personas que realicen actividades empresariales, en el mes anterior al de que se trate.

El requisito será exigible en los primeros veinticuatro meses en que opere como agente aduanal.

II. Proporcionar a las autoridades aduaneras, en la forma y periodicidad que éstas determinen, la información estadística de los pedimentos que formule, grabada en un medio magnético.

III. Residir y mantener su oficina principal en el lugar de su adscripción para la atención de los asuntos propios de su actividad, salvo en el caso deI artículo 161, segundo párrafo de esta Ley.

IV. Manifestar a las autoridades aduaneras el domicilio de su oficina para oír y recibir

notificaciones en la circunscripción de la aduana de su adscripción, y las que se realicen en ese lugar surtirán sus efectos en los términos legales; asimismo, dar aviso a las mismas del cambio de domicilio, aun en el caso de suspensión voluntaria de actividades. Igual obligación tendrá en el supuesto del segundo párrafo del artículo 161 de esta Ley, por cada aduana en la que esté autorizado para operar.

V. Ocuparse personal y habitualmente de las actividades propias de su función y no suspenderlas en caso alguno, excepto cuando lo ordene la Secretaría o cuando haya obtenido la autorización a que se refiere el siguiente párrafo. Las autoridades aduaneras podrán autorizar la suspensión voluntaria de actividades de un agente aduanal, previa solicitud que éste presente por escrito y en la que señale las causas que justifiquen la suspensión. Dicha suspensión se podrá autorizar por un plazo de tres meses prorrogables cuando exista causa justificada para ello a juicio de la autoridad aduanera. El agente aduanal podrá reanudar sus actividades en cualquier momento, para lo cual deberá presentar el aviso correspondiente por escrito.

ARTICULO 161. La patente de agente aduanal le da el derecho a la persona física que haya obtenido la autorización a que hace referencia el artículo 159 de esta Ley, a actuar ante la aduana de adscripción para la que se le expidió

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