CODIGO DE ETICO PSICOLOGIA
adrianazav25 de Mayo de 2014
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Código Ético del Psicólogo
Fuente: Sociedad Mexicana de Psicología (2002). Código Ético. México, Trillas
Competencia y honestidad
Art. 1. Los servicios, la enseñanza, y la investigación que realiza el psicólogo se basan necesariamente en un cuerpo de conocimientos válido y confiable, sustentado en la investigación científica, por lo que el trabajo que desempeña debe corresponder directamente con la educación, formación experiencia supervisada o profesional que haya recibido formalmente.
Art 8. El psicólogo es responsable de la conducción ética de la investigación que realiza o la de otras personas bajo su supervisión o control. El psicólogo permite a los investigadores y ayudantes a desempeñar sólo aquellas tareas para las cuales hayan recibido la capacitación y preparación apropiadas. Como parte del proceso de desarrollo e implementación de proyectos de investigación, el psicólogo consulta con expertos respecto a cualquier población especial, como personas perteneciente a culturas distintas a la suya propia.
Art. 12. El psicólogo toma las medidas razonables para evitar dañar a sus pacientes o clientes, participantes en investigación, estudiantes, y otros con quienes trabaje, y para minimizar el daño cuando éste sea previsible e inevitable.
Calidad de la valoración y/o evaluación psicológica
Art. 15. El psicólogo que construye, desarrolla, adapta, administra, o usa técnicas de valoración psicológica, entrevistas, pruebas, cuestionarios, u otros instrumentos, y/o los califica, o interpreta, con fines clínicos, educativos, de selección de personal, organizacionales, forenses, de investigación, u otros, lo hace en forma y con propósitos apropiados a la luz de los datos de investigación o acerca de la utilidad y la aplicación apropiadas de las técnicas. Es decir, las valoraciones, recomendaciones, informes, y diagnósticos psicológicos o enunciados evaluativos del psicólogo se basan estrictamente en información y técnicas (incluyendo entrevistas personales al individuo cuando es apropiado) suficientes y actuales para proporcionar sustento a sus interpretaciones y recomendaciones.
Art. 16. El psicólogo que desarrolla y conduce investigación con pruebas y otras técnicas de valoración utiliza procedimientos científicos y conocimiento profesional actualizados para su diseño, estandarización, validación, reducción o eliminación de sesgos y recomendaciones de uso.
Calidad de la enseñanza/supervisión e investigación
Art. 47. El psicólogo planea y conduce una investigación de manera consistente, tanto con las leyes federales y estatales como con las regulaciones y normas profesionales que gobiernan la conducción de la investigación, particularmente, con aquellas que regulan una investigación donde participen personas y sujetos animales.
Art. 48. El psicólogo diseña, conduce e informa sobre la investigación, de acuerdo con las normas reconocidas de competencia científica e investigación ética. El psicólogo también planea la investigación de tal forma que minimiza la posibilidad de resultados engañosos. Al hacer esto, cuida su aceptación ética de acuerdo con este código ético. Si algún aspecto ético no queda claro, el psicólogo busca resolverlo por medio de las consultas a consejos revisores e institucionales, a comité4s para el uso y cuidado de animales, a colegas, y por medio de otros mecanismos pertinentes.
Art. 49. El psicólogo que conduce una investigación lo hace de manera competente y con el respeto debido a la dignidad y bienestar de los participantes, sean éstos humanos o animales.
Art. 55. El psicólogo no inventa datos ni falsifica los resultados de sus investigaciones publicadas. Si el psicólogo descubre errores significativos en ellas, toma las medidas necesarias para arreglarlos por medio de una corrección, retracción, erratum, u otros medios de comunicación apropiados.
Art. 56. El psicólogo no presenta porciones o elementos del trabajo o datos de otros como suyos. Se hace responsable y se atribuye crédito, incluyendo los de autoría, sólo por el trabajo que haya llevado a cabo realmente o al que haya contribuido. La autoría principal y otros créditos de publicación reflejan con precisión las contribuciones científicas o profesionales relativas de los individuos involucrados, independientemente de su estatus relativo. La mera posesión de un cargo institucional, tal como la jefatura de un departamento, no justifica el crédito de la autoría. Las contribuciones menores a la investigación o la escritura de publicaciones se reconocen apropiadamente, en sitios tales como pies de página o enunciados introductorios.
Art. 57. A un estudiante se le enlista usualmente como autor principal de un artículo con múltiples autores, si dicho artículo está basado principalmente en la tesis o disertación del estudiante, y su participación en la planeación del diseño y conducción del estudio fue sustancial.
Art. 58. El psicólogo no publica, como datos originales, aquellos que ya haya publicado anteriormente. Esto no impide republicar datos siempre y cuando vayan acompañados del reconocimiento apropiado.
Art. 59. Después de publicar los resultados de una investigación, el psicólogo entrega, si así se le solicita, los datos en los que se bases sus conclusiones para facilitar que otros profesionales competentes, verifiquen las afirmaciones sustantivas por medio de un reanálisis, en el entendido que tales datos se utilicen sólo para ese propósito y la confidencialidad de los participantes pueda protegerse, siempre y cuando los derechos legales concernientes a la propiedad de los datos no impidan su entrega.
Art. 60. Al realizar una investigación, el psicólogo se abstiene de sacar conclusiones que no se deriven directa, objetiva y claramente de los resultados obtenidos.
Confidencialidad de los resultados
Art. 65. Si un protocolo de investigación aprobado por un comité institucional o cualquier otro cuerpo colegiado, requiere de la inclusión de identificadores personales, éstos se eliminarán antes de que la información se haga accesible a otros. Si esta eliminación no es posible, antes de hacer la transferencia, o de revisar datos recolectados por otros, el psicólogo toma las medidas razonables para obtener el debido consentimiento de las personas cuyos nombres aparecen.
Art. 68. En sus presentaciones científicas o profesionales y publicaciones, el psicólogo disfraza la información confidencial de personas u organizaciones de que tratan, de modo que otros no puedan identificarlas y que las discusiones resultantes no dañen a sujetos que pudiesen identificarse a sí mismos.
Principios básicos de la investigación ética
Fuente. Salkind, J. N: (1997) Métodos de Investigación. México: Prentice Hall. 37-48
Mantenimiento de la intimidad
El mantenimiento de la intimidad se relaciona con varias inquietudes, pero lo hace de manera más directa con el anonimato. Ser anónimo dentro de un contexto de investigación implica que no hay manera de que nadie, con excepción del investigador principal (por lo regular el director) pueda vincular los resultados de un experimento con el individuos asociado a tales resultados.
La forma más común de mantener el anonimato es utilizar una solo hoja maestra que contenga el nombre de cada participante junto con su número de sujeto. En las hojas de calificación, hojas de codificación y demás materiales de prueba sólo se anotará el número de sujeto. La lista que vincula los números con los nombres se mantiene en un lugar seguro y privado, a menudo bajo llave.
Una segunda preocupación relacionada con la privacía es no invadir los espacios privados de otras personas para observar comportamientos y recabar datos. Por templo, no seria ético grabar subrepticiamente la interacción verbal, entre un psicoterapeuta y sus clientes. Si bien ésta podría ser una fuente de abundante información, no sería legítima a menos que el cliente y el terapeuta estén de acuerdo con ello.
Coacción
Nunca, por ninguna razón, debe obligarse a la gente a participar. Como usted sabe, los estudiantes universitarios y sobre todo los inscritos en cursos de psi8cología de nivel introductorio suelen ser la población más utilizada en muchos estudios de investigación de diferente naturaleza. ¿Es siempre ético pedir a tales estudiantes que participen en un experimento? Probablemente no. A pesar de ello, a muchos estudiantes se les exige participar como requisito del curso. Asimismo, es común que se exija a los empleados de una empresa responder encuestas, llenar
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