CÓDIGO DE ETICA
fredym221125 de Febrero de 2013
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CÓDIGO DE ÉTICA
El objetivo del código de ética es el de establecer los estándares de conducta profesional para sus miembros. Los principios sirven de guía a los profesionales de la salud ocupacional para ejercer su profesión y guiar a las personas, en especial a los trabajadores y trabajadoras y al público en general, en asuntos que afectan su salud, su bienestar y al ambiente.
El honor y la dignidad constituyen para el profesional en salud ocupacional su mayor orgullo; por esta razón se compromete a ejercer su profesión de acuerdo a los siguientes principios éticos:
1. Mantener el más alto nivel de integridad personal y competencia profesional.
2. Aplicar métodos científicos apropiados e interpretar sus hallazgos con neutralidad y buena fe.
3. Comunicar el conocimiento científico para el beneficio de los trabajadores y trabajadoras, la sociedad y la profesión.
4. Proteger la información confidencial.
5. Sólo aceptar proyectos para la cuales estamos calificados por nuestra experiencia y competencia.
6. Respetar los derechos de propiedad intelectual de los clientes, de otros profesionales y organizaciones y no utilizar información o metodologías de propiedad de otros sin su autorización.
7. No hacer publicidad de una manera engañosa y dejar siempre en alto la profesión de seguridad, higiene ocupacional y ambiental.
8. Informar a la Junta Directiva de COLASEH sobre cualquier violación de este código de ética.
RESPONSABILIDADES HACIA LOS EMPLEADORES Y CLIENTES:
1. Asesorar al empleador y/o cliente en forma honesta, responsable y competente de forma que la anticipación, el reconocimiento, evaluación y control de los peligros a la salud y al ambiente se ejerzan sobre la base de principios científicos aceptados y probados.
2. Respetar la confidencialidad del cliente o empleador, pero haciendo responsable a éstos de proteger la salud y bienestar de sus trabajadores, trabajadoras y el ambiente.
3. Asesorar al empleador o cliente sobre estándares aceptados, guías, métodos o requisitos legales aplicables.
4. Reconocer de inmediato cualquier influencia sobre la objetividad hacia nuestros clientes y ofrecer retirarse de un proyecto de consultoría si la objetividad o integridad se ve afectada.
5. Definir de antemano y de manera independiente honorarios y gastos razonables, legítimos y de acuerdo con los servicios que se prestan y la responsabilidad que se acepte.
RESPONSABILIDADES HACIA LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS, EL PÚBLICO EN GENERAL Y EL AMBIENTE:
1. Reconocer que la responsabilidad primaria del profesional en seguridad y/o higiene es proteger la salud y el bienestar de los trabajadores y trabajadoras.
2. Considerar el impacto de sus decisiones y acciones sobre el público y el ambiente.
3. Anticipar, reconocer, evaluar y controlar los peligros a la salud independientemente de las influencias externas, tomando en cuenta que la salud de las personas puede depender de la competencia del profesional y su buen juicio.
4. Aconsejar a todas las partes interesadas en forma imparcial y efectiva sobre los asuntos relacionados con la salud y bienestar de las personas dentro de su área de conocimientos.
5. Aplicar responsablemente los principios de la seguridad ocupacional, la higiene ocupacional y/o la higiene ambiental para mantener un ambiente saludable para todos.
MISIÓN
La misión del profesional de Salud Ocupacional es:
1. Servir de instrumento a la administración en su responsabilidad de proveer a los empleados un lugar de trabajo libre de riesgos reconocidos y de proteger el ambiente.
2. Promover el cumplimiento con las normas y reglamentos de Salud Ocupacional en las organizaciones cumpliendo con los lineamientos establecidos.
3. Servir de apoyo
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