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DECRETO 1


Enviado por   •  22 de Mayo de 2014  •  328 Palabras (2 Páginas)  •  177 Visitas

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ARTÍCULO 4o.- La Coordinación Nacional, sin perjuicio del ejercicio directo por parte del Secretario de Educación Pública, tendrá las siguientes atribuciones:

A) En el ámbito de la Educación Básica:

Participar con el Instituto en la elaboración del programa anual conforme al cual se llevarán a cabo los procesos de evaluación a que se refiere la Ley.

Determinar los Perfiles y los requisitos mínimos que deberán reunirse para el Ingreso, la promoción, el Reconocimiento y la Permanencia en el Servicio Profesional Docente, según el cargo de que se trate.

Aprobar las convocatorias para los concursos de Ingreso y Promoción que prevé la Ley;

Establecer el programa y sus respectivas reglas, para que el personal que realiza funciones de docencia, dirección o supervisión pueda obtener Incentivos adicionales, permanentes o temporales, en términos del artículo 37 de la Ley;

Participar, en coordinación con el Instituto y las Autoridades Educativas Locales, en la elaboración del programa de mediano plazo, conforme al cual se llevarán a cabo los procesos de evaluación a que se refiere la Ley;

Aprobar las propuestas que presenten las Autoridades Educativas Locales de Perfiles, Parámetros e Indicadores de carácter complementario para el Ingreso, Promoción, Permanencia y, en su caso, Reconocimiento en el Servicio Profesional Docente, conforme al artículo 8, fracción I, de la Ley.

Determinar los demás elementos que deberán contener las convocatorias a los concursos públicos para el Ingreso al Servicio Profesional Docente conforme al artículo 21, fracción I, inciso b), de la Ley, así como autorizar, en su caso, los Perfiles complementarios que deberán describirse en las convocatorias a que se refiere esta fracción.

Aprobar la expedición de convocatorias a concursos públicos para la Promoción a cargos con funciones de dirección y de supervisión, así como dar su anuencia para que se expidan convocatorias extraordinarias.

Regular un sistema nacional de formación continua, actualización de conocimientos, capacitación y superación profesional para maestros de educación básica, con sujeción a los lineamientos, medidas, programas, acciones y demás disposiciones generales que resulten de la aplicación de la Ley.

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