Deontológico y Bioético y otras disposiciones.
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MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL
LEY NÚMERO 1090 DE 2006
(Septiembre 06)
por la cual se reglamenta el ejercicio de la profesión de Psicología, se dicta el Código
Deontológico y Bioético y otras disposiciones.
EL CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA:
T Í T U LO I
DE LA PROFESION DE PSICOLOGÍA
Artículo 1º. Definición. La Psicología es una ciencia sustentada en la investigación y
una profesión que estudia los procesos de desarrollo cognoscitivo, emocional y social del
ser humano, desde la perspectiva del paradigma de la complejidad, con la finalidad de
propiciar el desarrollo deltalento y las competencias humanas en los diferentes dominios
y contextos sociales tales como: La educación, la salud, el trabajo, la justicia, la
protección ambiental, el bienestar y la calidad de la vida. Con base en la investigación
científica fundamenta sus conocimientos y los aplica en forma válida, ética y responsable
enfavor de los individuos, los grupos y las organizaciones, en los distintos ámbitos de la
vida individual y social, al aporte de conocimientos, técnicas y procedimientos para crear
condiciones que contribuyan al bienestar de los individuos y al desarrollo de la
comunidad, de los grupos y las organizaciones para una mejor calidad de vida.
Parágrafo. Por lo anterior y teniendo en cuenta: La definición de salud por parte de
OMS; En la que se subraya la naturaleza biopsicosocial del individuo, que el bienestar y
la prevención son parte esencial del sistema de valores que conduce a la sanidad física y
mental, que la Psicología estudia el comportamiento en general de la persona sana o
enferma. Se concluye que, independientemente del área en que se desempeña en el
ejercicio tanto público como privado, pertenece privilegiadamente al ámbito de la salud,
motivo por el cual se considera al psicólogotambién como un profesional de la salud.
T Í T U LO II
DISPOSICIONESGENERALES
Artículo 2º. De los principios generales. Los psicólogos que ejerzan su profesión en
Colombia se regirán por los siguientes principios universales:
1. Responsabilidad. Al ofrecer sus servicios los psicólogos mantendrán los más altos
estándares de su profesión. Aceptarán la responsabilidad de las consecuencias de sus
actos y pondrán todo el empeño para asegurar que sus servicios sean usados de manera
correcta.
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LEY 1090 DE 2006
por la cual se reglamenta el ejercicio de la profesión de Psicología, se dicta el Código
Deontológico y Bioético y otras disposiciones.
2. Competencia. El mantenimiento de altos estándares de competencia será una
responsabilidad compartida por todos los psicólogos interesados en el bienestar social y
en la profesión como un todo. Los psicólogos reconocerán los límites de su competencia
y las limitaciones de sustécnicas. Solamente prestarán sus servicios y utilizarán técnicas
para los cuales se encuentran cualificados.
En aquellas áreas en las que todavía no existan estándares reconocidos, los
psicólogos tomarán las precauciones que sean necesarias para proteger el bienestar de
sus usuarios. Se mantendrán actualizados en los avances científicos y profesionales
relacionados con los servicios que prestan.
3. Estándares morales y legales. Los estándares de conducta moral y ética de los
psicólogos son similares a los de los demás ciudadanos, a excepción de aquello que
puede comprometer el desempeño de sus responsabilidades profesionales o reducir la
confianza pública en la Psicología y en los psicólogos. Con relación a su propia conducta,
los psicólogos estarán atentos para regirse por los estándares de la comunidad y en el
posible impacto que la conformidad o desviación de esos estándares puede tener sobre
la calidad de su desempeño como psicólogos.
4. Anuncios públicos. Los anuncios públicos, los avisos de servicios, las propagandas
y las actividades de promoción de los psicólogos servirán para facilitar un juicio y una
elección bien informados. Los psicólogos publicarán cuidadosa y objetivamente sus
competencias profesionales, sus afiliaciones y funciones, lo mismo que las instituciones u
organizaciones con las cuales ellos o los anuncios pueden estar asociados.
5. Confidencialidad. Los psicólogos tienen una obligación básica respecto a la
confidencialidad
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