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El Contrato de comisión Mercantil


Enviado por   •  11 de Abril de 2014  •  Tesis  •  610 Palabras (3 Páginas)  •  280 Visitas

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INTRODUCCION

El contrato de comisión mercantil es aquel por el cual una de las partes se obliga a pagar una comisión a la otra parte, si ésta ha alcanzado el objetivo pactado.

Al realizar el encargo el comisionista puede actuar: a) En nombre de su comitente, y por lo tanto con poder de representación, en este caso las relaciones o efectos del negocio jurídico (compra, venta, etc.) se producirán entre el comitente y la persona que contrató con el comisionista; b) O en nombre propio, es decir, ocultando el nombre de su comitente, quedando el comisionista obligado con el tercero de un modo directo, como si el negocio fuese propio. Si bien deberá trasladar los efectos o resultados del negocio de ejecución (el precio, la cosa comprada, etc.) a su comitente.

Los contratos de comisión más usados son el de compraventa y el de transporte, el primero se presenta cuando el comisionista compra o vende por cuenta del comitente y, en el de transporte el comisionista se encarga de contratar el transporte de mercancías o de efectos por cuenta del comitente.

El Contrato de comisión Mercantil

DEFINICIONES

Es un mandato en virtud del cual el comisionista se obliga a participar en un acto o contrato mercantil por cuenta de otra persona llamada comitente.

El Contrato de Comisión se basa en la confianza, hecho por el cual no puede cederse a un tercero.

El contrato de comisión es aquel, mediante el cual una persona en nombre propio se encarga de ejecutar uno a varios negocios, pero encomendado por otra persona.

“La comisión es una especie de mandato por el cual se encomienda a una persona que se dedica profesionalmente a ello, la ejecución de uno o varios negocios, en nombre propio, pero por cuenta ajena.”

La comisión es denominada como una especie de mandato, en este tipo de contrato estamos frente a un mandato sin representación debido a que el comisionista actúa en nombre propio aunque haya sido encomendado por otro; el comisionista es el encargado de ejecutar lo que se le ha comisionado personalmente,

CONSIGNATARIO

Una persona, denominada CONSIGNATARIO, contrae la obligación de vender Mercancías de otra, llamada CONSIGNANTE, previa la fijación de un precio que aquel debe entregar a este, El CONSIGNATARIO tendrá derecho a hacer suyo el mayor valor de la venta y deberá pagar al CONSIGNANTE el precio de las mercancías que haya vendido o no haya devuelto al vencimiento del plazo convenido, o en su defecto del que resulte de la costumbre.

ASPECTOS LEGALES

Código

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