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SALUD OCUPACIONAL ACTIVIDAD COLABORATIVA III


Enviado por   •  5 de Septiembre de 2016  •  Tareas  •  1.687 Palabras (7 Páginas)  •  259 Visitas

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SALUD OCUPACIONAL

ACTIVIDAD COLABORATIVA III

Presentado por:

GLORIA AIDÉ VELÁSQUEZ VILLA

 C.C. 43.704.569

LINA MARÍA BARRIOS

C.C 1.056.783.035.

ROGER ESTID BELTRAN ANAYA

C.C 13.278.186

Tutor:

MAURY JAVIER RUEDA

Grupo:

102505_152

UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA Y A DISTANCIA UNAD

ESCUELA DE CIENCIAS SOCIALES, ARTES Y HUMANIDADES

COLOMBIA

NOVIEMBRE DE 2015

INTRODUCCION.

En el desarrollo de esta actividad diseñaremos un programa de higiene y seguridad industrial, donde dichos programas es una de las actividades que se necesita para asegurar la disponibilidad de las habilidades y aptitudes de la fuerza de trabajo.

Es muy importante para el mantenimiento de las condiciones físicas y psicológicas del personal. Higiene y seguridad del trabajo constituye dos actividades íntimamente relacionadas, orientadas a garantizar condiciones personales y materiales de trabajo capaces de mantener nivel de salud de los empleados.

Este programa contemplara el análisis de riesgo para espacios confinados, trabajo en alturas y soldadura; y una charla sobre cada trabajo donde grupalmente se realizara una matriz que especifique los elementos de protección personal que se deben utilizar a realizar cada uno de estos trabajos.

Charla de seguridad para trabajo en alturas.

Definición: está  definida como cualquier actividad o desplazamiento que realice un trabajador mientras este expuesto a un riesgo de caída de distinto nivel, cuya diferencia de cota sea aproximadamente igual o mayor a 1.5 metros con respecto del plano horizontal inferior más próximo. Se considerará también trabajo en altura cualquier tipo de trabajo que se desarrolle bajo nivel cero, como son: pozos, ingreso a tanques enterrados, excavaciones de profundidad mayor a 1.5 metros y situaciones similares; en estos casos se comienzan a compartir conceptos de trabajo en espacios confinados.

Marco Legal:

RESOLUCIÓN 3673 DE 2008.

ART 5: Deben realizarse evaluaciones médicas pre– ocupacionales para realizar trabajos en alturas:

• Determinar la aptitud del trabajador para desempeñar su labor sin causar perjuicio a su salud o la de terceros.

• Establecer la existencia de restricciones que estando presentes en el trabajador, puedan agravarse en desarrollo del trabajo.

RESOLUCIÓN 3673 DE 2008.

• ART 6:“Ningún trabajador podrá trabajar en alturas sin contar con la certificación respectiva que acredite las competencias.

Incidentes que pueden presentarse y sus Factores de Riesgo

Lesiones serias que pueden llegar a causar la muerte en caso de que hubiese contacto con una línea eléctrica, accidentes tales como: Caídas de  altura cuando realizan procedimientos en poste; contusiones por árboles o ramas, heridas, picaduras de insectos, mordeduras, caídas a nivel, caídas a distinto nivel, cuerpos extraños en los ojos y rostro, alergias, caídas de objetos (Herramientas de trabajo, ramas), quemaduras de primer grado por calor, electrocución, rayos, amputaciones, atropellamientos, politraumatismos, muerte. Otros animales que pueden generar sustos. Plantas venenosas o urticantes.

Elementos de Protección personal requeridos:

Casco dieléctrico con barboquejo, guantes de vaqueta o ingeniero, gafas negras con filtro ultravioleta, arnés de cuerpo completo, pretales de 3 cinchos (Línea de seguridad), eslinga de posicionamiento, eslinga tipo "Y", línea de vida, zapatos dieléctricos.

Pasos para prevención y mitigación del riesgo.

  • Alistamiento y traslado de máquinas, equipos, herramientas y materiales desde el almacén al camión.

Antes de salir para planear como se realizara el trabajo de alturas.

Garantizar que los trabajadores llevan los elementos de protección personal y su dotación de trabajo.

Procurar para que ningún trabajador suba a un poste o árbol si ha tomado medicamentos o bebidas alcohólicas.

Capacitaciones para conocer y manejar todas las medidas de seguridad y los elementos de protección personal necesarios para desempeñar la labor (La empresa debe cumplir con lo establecido en la resolución 1409 de 2012).

  • Planeación del trabajo en alturas estando en el lugar.

Reunión previa de trabajo para determinar sitios de realización de tareas y condiciones de seguridad del personal.

  • Durante el trabajo en alturas.

Instalación de equipos, manipulación de herramientas, movimientos y desplazamientos en alturas superiores a la propia.

Verificar que el área y vías de circulación se encuentren libres de obstáculos.

Utilizar los elementos de protección personal de acuerdo a la labor a desempeñar, como son guantes de vaqueta y la dotación entregada por la empresa.

Utilizar ayudas ya sean mecánicas o de una carreta para el transporte de los equipos, maquinas, equipos, herramientas o materiales, desde la bodega al camión y viceversa. Al utilizar las carretas se debe verificar que la carga transportada no obstruya la visión y no corra con el riesgo de volcarse o tropezar con obstáculos.

En caso de hacer el transporte de máquinas, equipos, herramientas o materiales manualmente, tener en cuenta el peso máximo de carga 50 Kg. Hombre y 25 Kg mujeres, desde mesa y la mitad desde el piso (11,5 Kg para mujeres).  Al levantar cargas doblar las rodillas, mantener la espalda recta, agarrar firmemente la carga, llevarla al pecho u hombro, hacer la fuerza con  las piernas

Use los elementos de protección personal para trabajos en alturas, como son el casco con barboquejo, gafas negras con filtro ultra violeta, guantes de vaqueta, guayos dieléctricos, arnés dieléctrico, líneas de vida y pretales con 3 cinchos.

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