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Dios es saber


Enviado por   •  20 de Noviembre de 2013  •  866 Palabras (4 Páginas)  •  200 Visitas

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Dios es saber

Dios es saber y no les alcanzaría la vida para saberlo todo

Artículo 93: Mecanismo de control posterior

El control posterior ambiental se ejercerá a través de los siguientes mecanismos

1. Guardería ambiental

2. Auditoría Ambiental

3. Supervisión ambiental

4. Policía ambiental

Artículo 100: Guardería Ambiental

En este articulo se expresa que la guardería ambiental estarán conformados por todos los organismo competentes en esta materia, para realizar la requerida vigilancia en todo el territorio nacional a los fines de prevenir la realización de actividades capaces de degradar el ambiente, será ejercida por funcionarios competentes de los ministerios en materia de: ambiente, industrias básicas y minería y petróleo incluyendo a los demás organismos estadal y municipal los consejos comunales, comunidades organizadas y comunidades indígenas como organismos auxiliares y la guardia nacional pero en calidad de policía especial.

Artículo 130: De los delitos ambientales

Todas las leyes penales dictadas en esta ley tendrán como consecuencia la privatización de libertad, disolución de la persona jurídica entre otros aplicadas según el caso, a personas naturales y jurídicas independientemente de la responsabilidad de estas, incluyendo a administradores y propietarios de empresas que vallan en contra del bien común del medio ambiente serán penalizados por su participación.

Artículo 131: Responsabilidad penal por los delitos

Este artículo hace referencia que ya siendo realizada la violación de las normativas de esta ley bastara la sola demostración de la comprobación de la violación, no siendo necesario demostrar la culpabilidad.

Artículo 132: Responsabilidad de las personas jurídicas

Nos atribuye que las personas jurídicas también serán sancionadas al no seguir con las normas dictadas por esta ley a causa de actividades que vallan en contra del medio ambiente o como representantes de ellas.

Artículo 77: Control ambiental

Se dice de forma clara que es el Estado a través de la autoridad ambiental realizara el respectivo control de las actividades y los efectos capaces de degradar el ambiente sin restarle importancia a las competencias de las autoridades estatales o municipales.

Artículo 78: Control Preventivo

El estado implantara planes, mecanismos e instrumentos de control preventivo para evitar ilícitos ambientales

Artículo 79:

El estado a través de organismos competente deberá desarrollo y promover programas, planes y proyectos para el control de la calidad del ambiente.

Artículo 80: Actividades capaz de degradar el ambiente

1. Las que directa o indirectamente contaminen la atmosfera, suelo, subsuelo agua, comunidades biológicas

2. Las que produzcan alteraciones sobre el flujo natural de las aguas

3. Las que generen sedimentación en los cursos y depósitos de agua.

4. Las que modifiquen el clima

5. La introducción de especie exóticas

6. Las que contribuyan con la degradación de la capa de ozono.

Artículo 82: Instrumentos de control

En este artículo se pone de manifiesto los instrumentos que utilizaran las autoridades competentes para controlar

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