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Dogmas Marianos


Enviado por   •  26 de Noviembre de 2013  •  2.204 Palabras (9 Páginas)  •  708 Visitas

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DOGMAS MARIANOS

Con relación a la Virgen, los dogmas[1] de FE definidos por la Iglesia a lo largo de la historia son cuatro:

1. LA MATERNIDAD DIVINA DE MARÍA

Se definió del dogma en el Concilio de Éfeso, celebrado el 22 de junio del 431, bajo el pontificado del Papa Celestino I.

2. LA VIRGINIDAD PERPETUA DE LA MADRE DE DIOS

Se definió el dogma en el Concilio de Letrán, celebrado en el 649, bajo el pontificado del Papa San Martín I.

3. LA INMACULADA CONCEPCIÓN

Lo proclamó el Papa Pío IX en la plaza de San Pedro 8 de diciembre de 1854.

4. LA ASUNCIÓN A LOS CIELOS

Lo proclamó el Papa Pío XII en la plaza de San Pedro el 15 de agosto de 1950.

1. LA MATERNIDAD DIVINA DE MARÍA

Instalado el Concilio de Éfeso el primer día de reuniones (22 de junio 431) se leyó la carta doctrinal escrita por San Cirilo de Alejandría, dirigida a Nestorio, que aprobada unánimemente definió a la Theotókos. La parte principal de la declaración fue dada en estos términos:

“No decimos que la naturaleza del Verbo, transformada se hizo carne; ni tampoco que se transmutó en el hombre entero, compuesto de alma y cuerpo; afirmamos, más bien, que el Verbo, habiendo unido consigo, según hipóstasis o persona, la carne animada del alma racional, se hizo hombre de modo inefable e incomprensible y fue llamado Hijo del hombre, no por sola voluntad o por la sola asunción de persona. Y aunque las naturalezas sean diversas, juntándose en verdadera unión, hicieron un sólo Cristo e hijo, no porque la diferencia de naturalezas fuese suprimida por la unión, sino porque la divinidad y humanidad, por misteriosa e inefable unión en una sola persona, constituyeron un solo Jesucristo e Hijo. Porque no nació primeramente un hombre cualquiera de la Virgen María, sobre el cual descendiera después el Verbo, sino que, unido a la carne en el mismo seno materno, se dice engendrado según la carne, en cuanto que vindicó para sí como propia la generación de su carne... Por eso (los santos Padres) no dudaron en llamar Madre de Dios a la Santísima Virgen”.

(Theotókos D III a)

El Papa Pío XI, en 1931, al conmemorarse el XV Centenario del Concilio de Éfeso instituyó en su honor la fiesta de María, Madre de Dios y determinó que su celebración sea el 11 de octubre [2].

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2. LA VIRGINIDAD PERPETUA DE LA MADRE DE DIOS

En el Concilio de Letrán celebrado en el año 649 se efectuó la solemne definición dogmática de la VIRGINIDAD PERPETUA DE LA MADRE DE DIOS. Los Padres del Concilio inspirados por el Espíritu Santo compusieron el canon tercero que declaraba este dogma:

“Si alguno, de acuerdo con los Santos Padres, no confiesa que María Inmaculada es real y verdaderamente Madre de Dios y siempre Virgen, en cuanto concibió al que es Dios único y verdadero -el Verbo engendrado por Dios Padre desde toda la eternidad- en estos últimos tiempos, sin semilla humana y nacido sin corrupción de su virginidad, que permaneció intacta después de su nacimiento, sea anatema”.

Hay un personaje que resaltar y hacer justicia respecto a esta definición. Se trata de Máximo de Turín, obispo de Turín ya en el año 398, (se cree que murió entre el 408 y el 423). Fue uno de los que prácticamente se anticipó a la definición del dogma de la Perpetua Virginidad. En uno de sus sermones (5: PL 57, 235) se expresó en estos términos:

“La Virgen concibe sin la intervención de varón; el vientre se llena sin el contacto de ningún abrazo; y el casto seno se acogió al Espíritu Santo, que los miembros puros custodiaron y el cuerpo inocente albergó. Contemplad el milagro de la Madre del Señor: es virgen cuando concibe, virgen cuando da a luz, virgen después del parto. ¡Gloriosa virginidad y preclara fecundidad!”.

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3. LA INMACULADA CONCEPCIÓN

Es uno de los excelsos privilegios que Dios ha concedido a la Virgen Santísima.

El 8 de diciembre de 1854, el Papa Pío IX, en la Bula Ineffabilis Deus, proclamó el dogma de la Inmaculada Concepción de María. En su parte medular manifiesta lo siguiente:

“... Para honor de la santa e indivisa Trinidad, para gloria y ornamento de la Virgen Madre de Dios, para exaltación de la fe católica y acrecentamiento de la religión cristiana, con la autoridad de nuestro Señor Jesucristo, de los bienaventurados Apóstoles Pedro y Pablo y con la nuestra declaramos, proclamamos y definimos que la doctrina que sostiene que la beatísima Virgen María fue preservada inmune de toda mancha de la culpa original en el primer instante de su concepción por singular gracia y privilegio de Dios omnipotente, en atención a los méritos de Cristo Jesús Salvador del género humano, está revelada por Dios y debe ser por tanto firme y constantemente creída por todos los fieles”.

Anteriormente el Papa Alejandro VII en la Bula Sollicitudo omnium Eccl., del 8 de diciembre de 1661, dejó consignado lo siguiente:

(§ 1) Existe un antiguo y piadoso sentir de los fieles de Cristo hacia su madre beatísima, la Virgen María, según el cual el alma de ella fue preservada inmune de la mancha del pecado original en el primer instante de su creación e infusión en el cuerpo, por especial gracia y privilegio de Dios, en vista de los méritos de Jesucristo Hijo suyo, Redentor del género humano, y en este sentido dan culto y celebran con solemne rito la festividad de su concepción; y el número de ellos ha crecido [siguen las Constituciones de Sixto V, renovadas por el Concilio de Trento 734 s y 792] … de suerte que… ya casi todos los católicos la abrazan...

(§ 4) Renovamos las constituciones y decretos… publicados

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