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Enciclopedia jurídica opus


Enviado por   •  30 de Noviembre de 2012  •  Documentos de Investigación  •  1.034 Palabras (5 Páginas)  •  495 Visitas

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- ENCICLOPEDIA JURÍDICA OPUS.

Tomo III. Ediciones Libra. Caracas - Venezuela.

- RIVAS, Haylee. Tramitación Aduanera.ario que hará el reconocimiento.

b) El funcionario seleccionado para hacer el reconocimiento, recibe la Declaración y la confronta, es decir, verifica que los documentos estén completos y conformes.

c) El Tránsito Aduanero no está sometido a reconocimiento físico, salvo que existan indicios de alguna irregularidad. El reconocimiento documentario se efectúa para verificar que cumpla con las condiciones y requisitos legalmente establecidos y que la garantía cubre el monto de los tributos aduaneros correspondientes a la Importación.

d) El funcionario designado para hacer el reconocimiento, una vez confrontada la documentación, debe hacer el reconocimiento documentario:

* Verifica las operaciones matemáticas; en la factura, Documento de Embarque, Declaración, Permisos, etc.

* Examina la información técnica y comercial relativa al valor de las mercancías: condición de entrega, flete, seguro, origen, cantidad, nivel comercial, forma de pago, vinculación, descuentos, calidad, marcas, modelos, concordancia con los demás documentos, proporcionalidad con el peso y dimensiones del embalaje, tipo de cambio, informaciones sobre el precio normal de que disponga en servicio.

* Examina que los sellos, marcas y precintos de los embalajes identificados en los documentos estén intactos.

* Si no existen inconsistencias, y por consiguiente, no hay objeciones fiscales, se conforma la declaración con la firma y el sello de reconocedor.

4- Conformación de Garantía:

a) Si la garantía presentada es un Depósito Bancario, la División de Operaciones debe verificar que cubra suficientemente los tributos aduaneros que causaría la importación, en cuyo caso se aprueba o conforma, para que el procedimiento siga su curso.

b) Si la garantía presentada es una fianza se remite al Área de Apoyo Jurídico.

c) El Área de Apoyo Jurídico recibe la fianza y verifica si cumple con los requisitos legalmente establecidos.

d) Seguidamente devuelve la fianza a la División de Operaciones, con los resultados de verificación.

5- Retiro del Tránsito:

a) La División de Operaciones remite la Declaración de Tránsito con sus anexos al Gerente de la Aduana para su autorización.

b) El Despacho del Gerente recibe la Declaración de Tránsito y verifica y autoriza el Tránsito. El Gerente además evalúa la necesidad de habilitación de custodia del Tránsito hasta la Aduana de destino, por parte del Resguardo Nacional, para luego remitir la Declaración de Tránsito a la División de Operaciones.

c) En la División de Operaciones reciben la Declaración de Tránsito y entrega 2 ejemplares (copias) de la Declaración de Tránsito autorizada al Agente de Aduanas.

d) Luego remite a la División de Recaudación una copia de la Declaración de Tránsito autorizada con la garantía original. El original del la Declaración de Tránsito es archivada.

e) La División de Recaudación recibe, registra y archiva la Declaración de Tránsito con el original de la Garantía.

f) El Agente de Aduanas recibe la Declaración de Tránsito autorizada, y entrega un ejemplar de la Declaración de Tránsito autorizada al Almacén o Depósito Aduanero y solicita el despacho de la mercancía en tránsito.

g) El Almacén verifica la representación del Agente de Aduanas y la Declaración. Además expide Factura por sus servicios, exige su pago, emite un Pase de Salida y entrega la mercancía al Porteador.

h) El Resguardo Nacional verifica que la mercancía que se embarca esté debidamente autorizada por la Aduana. De observase alguna irregularidad calificable como infracción aduanera,

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