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Enviado por   •  25 de Marzo de 2014  •  1.694 Palabras (7 Páginas)  •  247 Visitas

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INTRODUCCIÓN

El Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC), antes conocido como Cuerpo Técnico de Policía Judicial (CTPJ) y en sus orígenes como Policía Técnica Judicial (PTJ), es el principal organismo de investigaciones penales de Venezuela. Se encarga del esclarecimiento científico de los delitos con miras a la posterior aplicación de la justicia por los órganos competentes.

La historia de este organismo se remonta a mediados del siglo XX. El 20 de febrero de 1958 el presidente de la Junta Cívico-Militar de Gobierno, Contralmirante Wolfgang Larrazábal, decidió la creación de un cuerpo policial dedicado a la investigación de los diversos crímenes mediante el decreto N° 48 de la Junta, además de establecer su función como auxiliar del Poder Judicial, con el nombre de Policía Técnica Judicial. La Ley de Policía Judicial del 8 de julio de 1975 estableció su estructura y organización institucional, pero fue posteriormente sustituida por la Ley de Policía de Investigaciones Penales del 11 de septiembre de 1998.

Eventualmente se promulgó de la constitución de 1999, que estableció en su Artículo 332 la necesidad de crear un cuerpo de investigaciones científicas, penales y criminalísticas. Tal denominación pasó a sustituir a la de Policía Técnica Judical. En 2001 comenzó una reforma a la estructura y organización del organismo, el cual se delimitó finalmente en 2003. 

Misión

El Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas es una institución que garantiza la eficiencia en la Investigación del delito, mediante su determinación científica, asegurando el ejercicio de la acción penal que conduzca a una sana administración de justicia.

Visión

Ser la Institución indispensable, por su reconocida capacidad científica y máxima excelencia de sus recursos, con la finalidad de alcanzar el más alto nivel de credibilidad nacional e internacional en la investigación del fenómeno delictivo organizado y criminalidad violenta.

LINEA DE MANDO

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Nicolás Maduro Moros

MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ

M/G Miguel Rodríguez Torres

VICEMINISTRA DEL SISTEMA INTEGRADO DE INVESTIGACIÓN PENAL

MSc. María Wandolay Martinez.

DIRECTOR GENERAL NACIONAL

Com. Gral. José Gregorio Sierralta R.

SUB-DIRECTOR GENERAL NACIONAL

Com. Gral Douglas A. Rico.

SECRETARIO GENERAL NACIONAL

Com. Gral. Domingo R. Chávez A.

ASESOR JURÍDICO NACIONAL

MSc. Jhonny R. Méndez D.

INSPECTOR GENERAL NACIONAL

Com. Gral. Bladimir Flores

VALORES INSTITUCIONALES

• Respeto

• Honestidad

• Ética

• Moral

• Disciplina

• Vocación de servicio

FUNCIONES

El Decreto con fuerza de Ley de los Órganos de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, establece las competencias del CICPC, como "órgano principal en materia de investigaciones penales", que estará "al servicio exclusivo de los intereses del Estado".

Artículo 11. Corresponde al órgano principal de investigaciones penales:

Practicar las diligencias que le ordene el Ministerio Público, encaminadas a investigar y hacer constar la perpetración de un hecho punible, con todas las circunstancias que puedan influir en su calificación y la responsabilidad de los autores y demás partícipes, identificación de las víctimas, de las personas que tengan conocimiento de los hechos, así como el aseguramiento de los objetos activos y pasivos relacionados con el delito.

• Colaborar con los demás órganos de seguridad ciudadana en la creación de centros de prevención del delito y en la organización de los sistemas de control o bases de datos criminalísticos para compartir la información de los servicios de inteligencia, en cuanto a narcotráfico, terrorismo internacional, desaparición de personas, movimiento de capitales ilícitos, delincuencia organizada y otros tipos delictivos.

• Elaborar, analizar en coordinación con el Instituto Nacional de Estadística y presentar al Ministerio del Interior y Justicia las estadísticas de criminalidad, cuando sean requeridas, con el objeto de adoptar las políticas de prevención y se apliquen las medidas necesarias para garantizar el fin del Estado en materia de seguridad.

• Desarrollar políticas de prevención, orientación, publicidad, colaboración e información a fin de aplicar medidas técnicas que permitan reducir y evitar la actividad delictiva.

• Auxiliar en caso de necesidad a la Dirección Nacional de Identificación y Extranjería, y colaborar en la identificación, localización y aprehensión de ciudadanos extranjeros solicitados por otros países.

• Las demás actuaciones o funciones que le sean atribuidas de conformidad con la ley.

OBJETIVOS

• Optimizar las acciones de Investigación Criminal tendentes a lograr el esclarecimiento de los hechos delictivos.

• Capacitar el capital humano integrado a la Institución, con el fin de alcanzar un alto nivel de eficacia y eficiencia.

• Elevar el sentido de pertenencia institucional, vinculado a la dinámica científica y tecnológica, a través de la práctica de los valores del CICPC.

• Garantizar las acciones y medios tendentes a mejorar la calidad de vida de sus miembros, en el aspecto educativo,

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