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LEY, SOBERANIA Y EXCEPCIONALIDAD


Enviado por   •  18 de Noviembre de 2013  •  484 Palabras (2 Páginas)  •  710 Visitas

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LEY, SOBERANIA Y EXCEPCIONALIDAD

Los seres humanos para poder vivir en sociedad debemos someternos a normas, leyes, reglamentos, estatutos que debemos cumplir para desempeñar un buen papel en la sociedad y no lesionar tanto los derechos propios como los ajenos. Por lo tanto, el bien común y general debe primar sobre el particular, y como consecuencia de ello, tenemos que someternos a los que nos exige vivir en comunidad.

La Ley es una norma jurídica dictada por una autoridad pública competente, en general, es una función que recae sobre los legisladores de los congresos nacionales de los países, previo debate de los alcances y el texto que impulsa la misma y que deberá observar un incumplimiento obligatorio por parte de los ciudadanos, sin excepción de una nación porque de la observación de estas dependerá que un país no termine convertido en una anarquía o caos.

La Ley es la fuente primera y fundamental del derecho; su preponderancia es especialmente notable en el derecho civil. Desde un punto de vista material ley es toda regla social obligatoria, emanada de autoridad competente. Por lo cual no solo son leyes los que dicta el poder legislativo sino también la constitución, los decretos, las ordenanzas municipales.

Desde el punto de vista formal se llama ley a toda disposición sancionada por el poder legislativo, de acuerdo con el mecanismo constitucional.

desde su concepto, su objetivo, clasificación, clases, características, vigencia, derogación, caducidad, los procesos legislativos de las Leyes Comunes, Orgánicas, Estatutarias y el Tramite Especial del Plan Nacional de Desarrollo; que desarrollaremos posteriormente.

Las Leyes son únicamente expedidas por el Congreso, deben llevar la denominación “Ley” seguida del número de orden que les corresponden, en forma indefinida y por año. Seguidamente debe llevar un título, el cual, según el artículo 169 de la constitución política, debe corresponder precisamente al contenido del proyecto, y a su proceder esta forma: ‘’el congreso de Colombia, decreta’’; luego debe seguir el articulado como guía para facilitar el orden de la redacción de los proyectos de ley, y el presidente de la respectiva comisión (Senado-Cámara) darle curso para su trámite.

El contenido del proyecto debe ser todo proyecto de ley debe referirse a una misma materia, y son inadmisibles las disposiciones o modificaciones que no se relacionan con ella, esto con el fin de impedir los llamados “micos” que en el argo parlamentario significa incluir una norma que no tiene nada que ver con el proyecto principal.

Procedimiento del proyecto:

Todo proyecto debe seguir de los siguientes requisitos antes de convertirse en Ley de la República.

Debe ser publicado oficialmente por el Congreso antes de dárselo a la comisión respectiva, Haber sido aprobado

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