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CRÉDITO FISCAL

DANIELA808017 de Diciembre de 2014

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7.- ¿Qué es el embargo Fiscal?

CRÉDITO FISCAL

2.1.- CONCEPTO DE CRÉDITO FISCAL.

La obligación contributiva o tributaria, o cuantificada en cantidad líquida, es decir, que se haya precisado su monto, surge entonces lo que se denomina Crédito Fiscal.

Se puede decir que los Créditos Fiscales están más identificados explícitamente con la determinación en cantidad líquida de una contribución, multa, recargo etcétera que con el nacimiento o causación de la obligación contributiva o tributaria, ya que estos se dan en diferentes momentos.

El nacimiento o causación de la obligación contributiva o tributaria comienza en el momento en que se realizan las situaciones jurídicas o de hecho, previstas por la ley y que generan la obligación.

En cambio, la determinación de la obligación contributiva o tributaria es un acto posterior a su nacimiento o causación, que consiste en precisar si el acto realizado encuadra en el supuesto previsto por la ley y que genere la citada obligación contributiva, que posteriormente será cuantificada en cantidad liquida, ya sea realizada por el contribuyente o por la autoridad fiscal, aplicando los procedimientos establecidos en la ley fiscal para obtener el importe del Crédito Fiscal a pagar.

Es importante señalar que actualmente el Código Fiscal de la Federación (CFF), no define propiamente lo que debe entenderse por Crédito Fiscal, sino que se limita a dar un listado de conceptos que por disposición del citado Código se consideran Créditos Fiscales.

Siendo definido por el artículo 4. Del Código Fiscal de la Federación, tenemos que el Crédito Fiscal es:

“Artículo 4º. Son Créditos Fiscales los que tenga derecho a percibir el Estado o sus organismos descentralizados que provengan de contribuciones, de aprovechamientos o de sus accesorios, incluyendo los que deriven de responsabilidades que el Estado tenga derecho a exigir de sus servidores públicos o de los particulares, así como aquellos a los que las leyes les den ese carácter y el Estado tenga derecho a percibir por cuenta ajena."

Los Créditos Fiscales son, como cita la ley, los derechos de cobro a favor del Estado o de sus organismos descentralizados (IMSS, INFONAVIT, etcétera), los cuales se integran por:

• Contribuciones

• Recargos

• Sanciones (multas)

• Gastos de ejecución

• Indemnizaciones por cheques devueltos.

La relación directa entre cada uno de los anteriores conceptos es muy obvia, si la autoridad detecta algún impuesto o contribución aún vigente, omitido por el contribuyente, entonces procederá a cuantificar los recargos, las multas aplicables y, por tanto, a determinar el Crédito Fiscal, asignándole un número de control y exigiendo al contribuyente el pago de dicho crédito.

2.2.- FORMAS DE DETERMINAR EL CRÉDITO FISCAL.

El Derecho Fiscal es una rama del Derecho Administrativo y éste, a su vez, del Derecho Público. Tiene que ver con el establecimiento de contribuciones, derechos, contribuciones de mejoras, aprovechamientos ( y en sí con cualquier concepto por el cual la autoridad tiene derecho a percibir un ingreso para solventar el gasto público), así como la relación jurídica con el contribuyente, en referencia a su correcto cumplimiento, incumplimiento, procedimientos contenciosos y aplicación de sanciones, en su caso.

Podemos identificar que el Derecho Fiscal se distingue de las demás ramas del Derecho por las siguientes características:

• La naturaleza de la obligación tributaria. A diferencia de las otras ramas del Derecho, en el derecho fiscal la obligación de cobrar recae en la hacienda pública y la obligación de pagar queda a cargo del contribuyente, es decir,

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