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Crítica a la reforma educativa en México: Precarización laboral y riesgos para la escuela pública

belenspc20 de Mayo de 2013

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¡DEFENDAMOS LA ESCUELA PÚBLICA Y NUESTRO EMPLEO!

Con la presentación del anteproyecto de reformas a la ley General de Educación así como las iniciativas para establecer el Servicio Profesional Docente y el Instituto Nacional para la Evaluación Educativa queda al descubierto la verdadera intención de la reforma. Es evidente que lo que pretenden es terminar con las conquistas históricas de los trabajadores y poner en riesgo la escuela pública.

¿Qué se establece en la iniciativa para darle forma al Servicio Profesional Docente?

El documento presentado el pasado 9 de abril y que en las próximas semanas será “discutido” en el Congreso Federal incluye determinaciones como las siguientes:

• Contempla la evaluación obligatoria para el Ingreso, Promoción y PERMANENCIA en el empleo.

• Al evaluarse para el ingreso el docente recibirá un nombramiento inicial por tres años. Cada año se evaluará y en la tercera evaluación se determina si se le da nombramiento definitivo o se da de BAJA del servicio público sin responsabilidad para el gobierno (CAPÍTULO III)

• La evaluación de la permanencia se realizará cada cuatro años; aquellos que logren calificación de “INSUFICIENTE” tendrán dos oportunidades, para superar esa calificación en un plazo máximo de dos años. Obtendrán “capacitación y regularización pero si continúan con bajos resultados serán separados del servicio público.

• Las promociones a cargos de dirección o supervisión serán por examen. Los “nuevos” directores y supervisores ingresarán a programas de formación de líderes y si no acreditan sus “conocimientos” en los exámenes siguientes serán regresados a su función de docentes.

• En las evaluaciones para el reconocimiento se premiará el “desempeño” (ENLACE) individual o colectivo con estímulos personales o por escuela que pueden ser temporales o por única vez.

• Limita las solicitudes de cambio de escuela y quien lo haga “sin autorización” será despedido del empleo sin responsabilidad para el gobierno.

• A más tardar el 15 de mayo del 2015 deberá iniciar un programa que sustituya el programa de Carrera Magisterial.

• A quienes no asistan a sus labores por más de tres días consecutivos o discontinuos en un periodo de 30 días naturales, sin causa justificada serán separados del servicio sin la posibilidad de recurrir al Tribunal de Conciliación y Arbitraje.

• Y esto dice el transitorio octavo para los trabajadores que ya estamos en servicio con nombramiento de “base”. (textual) “El personal que a la entrada en vigor de la presente Ley se encuentre en servicio y cuente con Nombramiento Definitivo, con funciones de docencia, de dirección o de supervisión en la Educación Básica o Media Superior impartida por el Estado y sus Organismos Descentralizados, se ajustará a los procedimientos evaluatorios y actividades de regularización a que se refiere el Título Segundo, Capítulo VII de esta Ley. El personal que no alcance un resultado suficiente en la tercera evaluación a que se refiere el artículo 48 de la Ley, no será separado del servicio público y será readscrito para continuar en otras tareas dentro de dicho servicio, conforme a lo que determine la Autoridad Educativa, o bien, se le ofrecerá incorporarse a los programas de retiro que se autoricen. El personal que no se sujete a las evaluaciones o no se incorpore a los programas de regularización del artículo 48 de la Ley, será separado del servicio público sin responsabilidad para la Autoridad Educativa”

Es una iniciativa que atenta contra los derechos de los trabajadores de la educación presentes y futuros; no podemos permitir que en el Congreso de la Unión se concreten estas reformas laborales disfrazadas de educativas.

En el caso de Zacatecas debemos exigir se promulgue la iniciativa

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